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La Representación, ¿Qué es y su naturaleza jurídica?
Existe cuando un acto jurídico es celebrado por una persona en nombre y por cuenta de otra, en condiciones tales que los efectos se producen directa e inmediatamente para el representado como si éste mismo hubiera celebrado el acto

Naturaleza jurídica
1. Teoría de la Representación ficción.
Se reputa que quien actúa y concurre con su voluntad a la celebración del acto jurídico es el representado por los efectos de una ficción, siendo el representante sólo un vehí**** de la voluntad de aquel

2. Teoría del nuncio o emisario
El representante es un mensajero, transmite más o menos mecánicamente la voluntad del representado por lo que el contrato se celebra real y efectivamente por el representado

3. Teoría de la cooperación de voluntades
En la Representación ocurre una concurrencia de voluntades que posibilita que los efectos del acto celebrado por el representante se apliquen al representado

4. Teoría de la Representación modalidad
Es una modalidad en virtud del cual los efectos del acto celebrado con la manifestación de voluntad del representante pasan a radicarse inmediata y directamente en el patrimonio del representado
Clasificaciones del Representación
1. Legal
caso del art 43,
del juez en la venta forzada y,
el padre o madre como representante legal de los hijos matrimoniales

2. Voluntaria o convencional,
caso del mandato,
agencia oficiosa cuando se ratifica lo obrado o cuando ha sido bien administrado
Requisitos de la Representación
1. Que el representante manifieste su voluntad

2. Que el representante tiene que obrar en nombre del representado

3. Que representante actue con poder suficiente (hay que fijarse en la fuente, ley o contrato)

La Representación no es exclusiva para los actos patrimoniales sino también en actos del derecho de familia como contraer matrimonio. Hay casos en que se exige que la voluntad se manifieste de manera personal como el testamento (indelegable)