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¿Qué es la ineficacia, en sentido amplio y en sentido estricto?
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En sentido amplio es cuando el acto jurídico no produce efectos jurídicos o deja de producirlos, ya sea en virtud de causas intrínsecas o de causas extrínsecas. Existe la invalidez y la ineficacia en sentido estricto
Ineficacia en sentido estricto Supone un acto existente y válido, pero que no va a producir sus efectos o que va a dejar de producirlos por causas extrínsecas, esto es, por un hecho posterior y ajeno al acto mismo Se encuentra la 1. Resolución 2. Terminación 3. Revocación 4. Resciliacion o mutuo disenso 5. Desistimiento unilateral 6. Caducidad 7. Suspensión 8. Inoponibilidad |
La resolución, terminación, revocación y resciliación
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Resolución
Es el término de una relación contractual por sobrevenir un hecho futuro e incierto que puede consistir o no en el incumplimiento de las obligaciones de una de las partes. Una vez declarada extingue las obligaciones de las partes y el incumplidor debe indemnizar perjuicios Se relaciona con la condición resolutoria, con cierto efecto retroactivo Terminación Es la condición resolutoria aplicada a los contratos de tracto sucesivo y opera siempre hacia el futuro Revocación Declaración unilateral de la voluntad que consiste en la retractación de un acto jurídico ya celebrado, aún bilateral consentida por la ley al autor de dicha retractación Se aplica a actos jurídicos unilaterales y a algunos Bilaterales por ejemplo en el mandato (confianza) Existen actos que son irrevocable Resciliación o mutuo disenso Convención por la cual las partes acuerdan dejar sin efecto un contrato, siempre que no se hayan cumplido las obligaciones recíprocas, sino será un nuevo contrato |
El desistimiento unilateral, la caducidad, la suspensión y la Inoponibilidad
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Desistimiento unilateral
Es el término de la relación contractual por decisión de una parte comunicada a la otra. Es excepcional y requiere pacto expreso de las partes y que una ley expresa lo permita Se diferencia con la revocación en: 1. ámbito, pues la revocación cabe en actos jurídicos unilaterales y Bilaterales y el desistimiento solo en los Bilaterales y 2. Afectación, pues la revocación afecta la fuente y el desistimiento unilateral a las obligaciones Caducidad Pérdida de un derecho por no haberse ejercido por su titular durante el término fijado para su ejercicio por la ley o por las partes Suspensión Ocurre cuando los efectos del acto jurídico para que tengan lugar están subordinados a la ocurrencia de un hecho y éste aún no se ha verificado (una condición suspensiva fijada por las partes o una condición legal) Inoponibilidad Es de doble carácter, como causal de ineficacia en sentido estricto y como sanción civil - Es la ineficacia respecto de terceros de un derecho nacido, ya sea a consecuencia de la celebración o de la nulidad de un acto jurídico - Es la sanción legal que consiste en el impedimento de hacer valer frente a terceros, un derecho nacido de un acto jurídico válido o nulo, revocado o resuelto Causales: 1. Omisión de formalidades vía publicidad (ejemplo en la cesión de crédito) 2. falta de fecha cierta en instrumentos privados 3. Falta de consentimiento de una de las partes (caso de venta ajena) 4. Limite a marido en sociedad conyugal en la cesión de la tenencia de inmuebles ( a la mujer le es inoponible el exceso sobre 5 u 8 años) 5. Casos en que nulidad no es oponible a terceros y 6. acto simulado no es oponible contra terceros |