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5.- MALTRATO FAMILIAR POR ATESTIGUAMIENTO DE VIOLENCIA
ES LA FORMA DE VIOLENCIA MAS COMUN Y LA QUE, NORMALMENTE, SE DESCUIDA EN MAYOR NIVEL. SIN EMBARGO, ESTA DEMOSTRADO QUE PRESENCIAR SITUACIONES CRONICAS DE VIOLENCIA ENTRE LOS MIEMBROS DEL GRUPO FAMILIAR O TERCEROS GENERA ANSIEDAD Y DESORDENES GRAVES DE LA CONDUCTA, SOBRE TODO EN AQUELLAS PERSONAS QUE SE ENCUENTRAN EN SU ETAPA DE FORMACION
LOS INSTRUMENTOS INTERNACIONALES DE DERECHOS HUMANOS QUE PROTEGEN A LA MUJER, ESPECIALMENTE, Y QUE PREVEN DIRECTA O INDIRECTAMENTE EL PROBLEMA DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER, ENTRE LAS QUE SE UBICA COMO MODALIDAD LA VIOLENCIA FAMILIAR, SON LA DECLARACION SOBRE LA ELIMINACION DE TODAS LAS FORMAS DE DESCRIMINACION CONTRA LA MUJER,
LA CONVENCION SOBRE LA ELLIMINACION DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACION CONTRA LA MUJER, LA RECOMENDACION #19 DEL COMITE PARA LA ELIMINACION DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER.
DE FORMA PARALELA SE TRATA EL TEMA ENFOCADO A LA NIÑEZ A TRAVES DE LA DECLARACION DE LOS DERECHOS DEL NIÑO Y LA CONVENCION SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO
EN PRINCIPIO, EL PROBLEMA SE TRATA A PARTIR DE ESTOS 2 GRUPOS, EN VIRTUD DE QUE SE HA COMPROBADO QUE SON LAS PRINCIPALES Y MAS FRECUENTES VICTIMAS DE LA VIOLENCIA FAMILIAR, SIN PERJUICIO DE LA ATENCIÓN QUE SE PUEDA PRESTAR A OTRA VICTIMA.
LA AFIRMACION QUE RESULTA DE LOS COMPROMISOS Y OBLIGACIONES DERIVADAS DE TODA ESTA ACTIVIDAD INTERNACIONAL ES QUE LA VIOLENCIA FAMILIAR ESTA CONSIDERADA COMO UNA PRACTICA SOCIOCULTURAL VIOLATORIA DE DERECHOS HUMANOS
ELLO DEBIDO A QUE ATENTA CONTRA LA DIGNIDAD Y EL VALOR DE LA PERSONA HUMANA, ELLO DEBIDO A QUE ATENTA CONTRA LA DIGNIDAD Y EL VALOR DE LA PERSONA HUMANA, ASI COMO CONTRA EL DERECHO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA Y AL DESARROLLO DE LAS VICTIMAS.
EL 30 DE MAYO DE 1995, LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL
A TRAVES DE LA COMISION DE ATENCION ESPECIAL AGRUPOS VULNERABLES, convocó tanto a organismos gubernamentales como no gubernamentales, a la instalación de la mesa legislativa sobre violencia familiar.
A PARTIR DE LOS TEMAS TRATADOS Y DE LAS PROPUESTAS REALIZADAS SE INICIARON LOS TRBAJOS PARA LA ELABORACION DE UNA LEY DE VIOLENCIA FAMILIAR DEL DISTRITO FEDERAL.
EL RESULTADO DE LO ANTERIOR SE MATERIALIZO EN LA INICIATIVA DE LEYL SOBRE VIOLENCIA FAMILIAR, PRESENTADA POR LA COMISION DE ATENCION A GRUOS VULNERABLES AL PLENO DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA.
DE TAL MODO QUE EL 26 DE ABRIL DE 1996
SE APROBO LEY DE ASISTENCIA Y PREVENCION DE LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, que después fuera reformada para llamarse como actualmente lo es: LEY DE ASISTENCIA Y PREVENCION DE LA VIOLENCIA FAMILIAR PARA EL DISTRITO FEDERAL.
LEY DE ASISTENCIA Y PREVENCION DE LA VIOLENCIA FAMILIAR PARA EL DISGTRITO FEDERAL
CABE ACLARAR QU ESTA LEY ES DE CARACTER ADMINISTRATIVO, SU FUNCION, como lo dice su nombre, es ESTABLECER LOS MECANISMOOS DE ASISTENCIA A VICTIMAS Y AGRESORES, ASI COMO LOS RELATIVOS A LA PREVENCION DEL FENOMENO DE LA VIOLENCIA EN EL HOGAR, SIN LLEGAR A LOS MEDIOS JURISDICCIONALES DE SOLUCION, SALVO MENORES