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Art 77 de la Constitución Nacional
De la enseñanza en la lengua materna |
La enseñanza de los comienzos del proceso escolar se realizará en la lengua oficial materna del educando. Se instruirá asimismo en el conocimiento y en el empleo de ambos idiomas oficiales de la República. En el caso de las minorías étnicas cuya lengua materna no sea el guaraní, se podrá elegir uno de los idiomas oficiales.
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Art. 140 de la Constitución Nacional
De los idiomas |
El Paraguay es un país pluricultural y bilingüe. Son idiomas oficiales el castellano y el guaraní. La ley establecerá las modalidades de utilización de uno y otro. Las lenguas indígenas, así como los de otras minorías, forman parte del patrimonio cultural de la nación.
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100 reglas de Brasilia
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Las 100 Reglas de Brasilia constituyen una declaración efectiva en toda Latinoamérica de una política judicial con perspectiva garantista de los derechos humanos. Por ende, en el marco de los trabajos realizados por la Cumbre Iberoamericana en su edición XIV, consideraron necesaria la elaboración de las mismas. Sin embargo, no se limitan a establecer solo las bases de reflexión sobre los problemas de acceso a la justicia de las personas en situación de vulnerabilidad, sino que también recogen recomendaciones para los órganos públicos y para quienes prestan servicios en el sistema judicial.
Estas Reglas fueron elaboradas en el 2008 durante la Cumbre Judicial Iberoamericana realizada en Brasilia, de la que participaron países como Costa Rica, Andorra, España, Cuba, Portugal, República Dominicana, Guatemala, México, Honduras, Nicaragua, Panamá, Puerto Rico, El Salvador, Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Chile, Ecuador, Perú, Uruguay, Venezuela y Paraguay, que es el primer país en implementarlas internamente, a través de la Acordada Nº 633/10, en el ámbito de la justicia. |
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ACORDADA Nº 838
POR LA CUAL SE FUNDAMENTA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA LEY DE LENGUAS EN EL PODER JUDICIAL DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY |
DIJERON:
Que, el Paraguay es una nación pluricultural y pluriétnica, con varias familias lingüísticas, que han coexistido a lo largo de la prehistoria americana, es imperativo reconocer a los idiomas castellano y guaraní como parte fundamental de desarrollo de la vida y la cultura del hombre paraguayo. Que, por Ley Nº 1/89, el Estado Paraguayo ha ratificado el Pacto de San José de Costarrica, |
Art. 1º.- ORGANIZAR a través de la Dirección de Políticas Lingüísticas Judiciales, todo lo concerniente a la formación de ciudadanos que recurran a la administración de justicia y de sus auxiliares, en cuanto a la educación y la capacitación de los mismos según la Constitución Nacional y la Ley Nº 4251/2010 “De Lenguas” y otras normativas que fundamentan la aplicación del bilingüismo paraguayo.
Art. 2º.- ESTABLECER el estilo y la modalidad de la formación, educación y capacitación de todos los agentes involucrados en la administración de justicia, con competencia comunicativa oral y escrita, en ambas lenguas oficiales, de modo a dictar las resoluciones, sean ellas definitivas o no, en castellano y en guaraní, de conformidad a la Ley. Art. 3º.- DISPONER la obligatoriedad del uso de los idiomas oficiales castellano y guaraní dentro del Poder Judicial, en todas las Circunscripciones de la República, afectando a todos los Ministros de la Corte Suprema de Justicia, Miembros de Tribunales de Apelación, Jueces de Primera Instancia, Jueces de Paz y demás funcionarios de todos los rangos de la Administración de Justicia. Art. 4º.- APROBAR a partir de la fecha, la implementación y el uso de la variante del Guaraní Paraguayo para la comunicación popular en el ámbito jurídico, tanto oral como escrita y los contenidos de su universo cultural, basados en fundamentos antropológicos, sociológicos, históricos, lingüísticos y jurídicos, así como la utilización de todos los materiales de apoyo, diccionarios, textos y trabajos de investigación lingüísticos y culturales, que publicare la Dirección de Políticas Lingüísticas Judiciales, a instancias de la Corte Suprema de Justicia. Art. 5º.- ANOTAR, registrar y notificar. |
Ley N° 4251 | Establece modalidades y uso de las lenguas oficiales del Paraguay
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Objeto de la ley, la pluriculturalidad, de las lenguas oficiales, el guaraní en las organizaciones supranacionales, y eso...
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