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Los bienes que por su naturaleza, son del uso de todos, los bienes que
están afectos al servicio de las dependencias del poder público los bienes destinados a un servicio público, los bienes que en general están afectos o destinados a una causa de utilidad pública. |
BIENES DE DOMINIO PÚBLICO:
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B.d.D.P
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Accesión, Conquista, Prescripción,
Cesión. |
FORMAS DE ADQUISICIÓN DE LA SOBERANÍA TERRITORIAL
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F.d.A.d.l.S.T
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Acto jurídico de Derecho Público por medio del cual el Estado en uso de su potestad soberana o autoridad, exige obligatoriamente a un particular le trasfiera temporalmente para usar,
disponer o prestar un servicio público, bienes de su propiedad, asi como la prestación de servicios de interés social, por causas de orden público y por una demanda de la sociedad. |
REQUISICIÓN
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R
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Son aprovechamientos que hace el Estado de los desperdicios, desechos, sobrantes,
chatarra, bienes muebles no utilizados o que en cierta forma pueden ser abandonados por los particulares, y utilizados por el sector público para atender necesidades sociales. |
ESQUILMOS
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E
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Es el fundamento constitucional de los Servicios Públicos que presta el Estado.
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ARTÍCILO 115 CPEUM:
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A.1.C
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Bienes del dominio del poder público susceptibles de ser aprovechables por todos los habitantes del lugar en que se encuentren, con las restricciones establecidas por la ley y para
cuyo aprovechamiento especial se necesita concesión otorgada. |
BIENES DE USO COMÚN
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B.D.U.C
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Actividad de carácter técnico integrada por un conjunto de
actividades del Municipio o de los particulares encaminadas a satisfacer actividades de la colectividad en general. |
SERVICIO PÚBLICO MUNICIPAL
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S.P.M
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Es la sanción judicial o administrativa que consiste en la perdida de los objetos o
instrumentos que constituyen una causa por la que se infringió una norma jurídica, o que son el soporte de la configuración de un delito de conformidad con la legislación respectiva. |
DECOMISO
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D
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Es el apoderamiento o adjudicación de los bienes muebles o inmuebles propiedad de un particular, que hace el Estado, sin un respaldo en preceptos jurídicos y en partículas porque la CPEUM lo prohíbe.
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CONFISCACIÓN
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C
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Apropiación de bienes que hace el Estado para atender una necesidad del pueblo y
mediante indemnización, es una compra forzosa que hace el Gobierno cuando los particulares se resisten a no venderle, el Estado hace uso de su autoridad cuando es necesario adquirir el bien o los bienes que demanda la sociedad para cubrir una causa de utilidad pública. |
EXPROPIACIÓN
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E
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Aquellos bienes que están destinados a un servicio
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BIENES DESTINADOS A UN SERVICIO PÚBLICO
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B.D.a.u.S.P
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