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Esta Ley se aplicará a todos los bienes nacionales, excepto a
los bienes regulados por leyes específicas. |
LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES
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L.G.D.B.N
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Es equivalente a el término “Dominio Público”, es definido el derecho de propiedad que el
Estado tiene sobre determinados bienes |
Demanío
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D
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Inembargables, indescriptibles e inalienables.
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CARACTERISTICAS DE LOS BIENES DEL ESTADO
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C.D.L.B.D.E
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Es una propiedad absoluta de la Nacion que sirve para subordinar políticamente a las comunidades que recibieron tierras sin tener su propiedad plena sino un derecho de usar y disfrutar en común, subordinado al propietario principal, la Nación, representada por el Gobierno Federal, con fundamento en el Artí**** 27 CPEUM.
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PROPIEDAD ORIGINARIA DEL ESTADO
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P.O.D.E
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Aquellos bienes que siendo titularidad de las Administraciones
Públicas no tengan el carácter de demaniales y puedan ser adquiridos, gravados Nacionales y transmitidos por las mismas, como si de un particular se tratase. |
Bienes de dominio privado
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B.D.D.P
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Está constituido por el mar territorial, la zona contigua y la zona económica
exclusiva. |
Mar patrimonial
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M.P
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Es aquella que se dedica preponderantemente a la práctica, propagación o instrucción de una doctrina religiosa o de un cuerpo de creencias religiosas, así como a la realización de actos de culto público religioso, inclusive los celebrados en locales cerrados
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ASOCIACIÓN RELIGIOSA
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A.R
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Es el otorgamiento administrativo, ante la oferta privada o por
ofrecimiento público, que se hace a particulares o empresas, para la apropiación o aprovechamiento de bienes de dominio público, como aguas, minas y montes; para construir obras de interés público, para explotar servicios generales o locales. |
CONCESIÓN ADMINISTRATIVA:
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C.A
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Figura jurídica que más genérica y extensa que la expropiación, en virtud de que
la expropiación tiene diversos usos o aplicaciones, y no siempre se lleva a la práctica por que el Estado adquiere bienes, por el contrario la nacionalización siempre conduce a adquirir algo. |
NACIONALIZACIÓN
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N
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