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QUÉ ES DERECHO CONSTITUCIONAL
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- rama Derecho Público<br />
Rama derecho publico que trata de: - temas de interés constitucional tales como - organización del estado - establece y garantiza derechos fundamentales personas - organización del poder publico, facultades y limites |
TCP, TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL
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Art. 196 al 204
9 magistrados VOTO POPULAR - control constitucionalidad (Art. 202 CPE)<br /> - constitucionalidad leyes. <br /> - atribuciones conflictos entre órganos, gobiernos<br /> - recursos contra tributos derechos creados modificados suprimidos<br /> - revisión acciones<br /> - constitucionalidad tratados internacionales<br /> - constitucionalidad reforma constitución |
ÓRGANO LEGISLATIVO<br />
COMPOSICIÓN |
Art. 145 164
ALP: <br /> - preside vicepresidente<br /> a) Cámara diputados <br /> - 130 miembros<br /> - 50% plurinominales<br /> - voto universal directo secreta<br /> - escaños departamentos según último censo.<br /> b) cámara senadores <br /> - 36 miembros<br /> - 4 por departamento<br /> <br /> Directiva comisiones comités brigadas bancada |
ÓRGANO EJECUTIVO COMPOSICIÓN
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Art. 165 al 177 presidente vicepresidente ministros
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ÓRGANO JUDICIAL COMPOSICIÓN
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a) Art. 180 al 185
JURISDICCIÓN ORDINARIA<br /> - TSJ, nacional supremo de justicia <br /> - salas especializadas<br /> - 9 magistrados voto popular<br /> b) Art 186 al 189 JURISDICCIÓN AGROAMBIENTAL<br /> - 7 magistrados <br /> c) Art. 190 al 192 JURISDICCIÓN INDÍGENA ORIGINARIA CAMPESINO<br /> <br /> - Art. 193 al 195 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA <br /> - 3 Consejeros |
ÓRGANO ELECTORAL COMPOSICIÓN
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Art. 205 .a 208
TSE electoral 6 miembros 2/3 ALP 1 Presidente Republica 7 miembros, 6 años, 2 indígenas 3 mujeres 2) Tribunales electorales departamentales<br /> 4 miembros AD / Diputados 1 miembro Presidente republica Total 5 3) juzgados electorales 4) jurados mesa de sufragio 5) notarios electorales |
CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO
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Art. 213 a 217
- control administración entidades públicas <br /> - indicios de responsabilidad administrativa ejecutiva civil penal <br /> - contralor 2/3 de votos ALP<br /> - 6 años - FUNCION DE CONTROL - INSTITUCION TECNICA - autonomia funcional adm fin organizativa |
DEFENSORÍA DEL PUEBLO
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Art. 218 a 224
- defensa derechos humanos individuales y colectivos actividad pública privada que preste servicios públicos <br /> - defensor del pueblo 2/3 ALP. <br /> - 6 años<br /> - FUNCION DE DEFENSA DE LA SOCIEDAD - INSTITUCION AUTONOMIA funcional administrativa financiera |
MINISTERIO PÚBLICO
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Art. 225 a 228
- defiende intereses generales de la sociedad <br /> - ejerce acción penal <br /> - fiscal general <br /> - dos tercios ALP<br /> - 6 años <br /> - fiscales departamentales fiscales de materia y otros - FUNCION DEFENSA DE LA SOCIEDAD - autonomía funcional administrativa y financiera |
PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO
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Art. 229 a 231
- representación jurídica del estado <br /> - defensa intereses del estado <br /> - designa presidente - FUNCION DEFENSA DEL ESTADO |
SERVIDORES PÚBLICOS
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Art. 232 a 240
- Personas que desempeñan funciona publicas - no electivo, no designado no libre nombramiento<br /> - forma parte de carrera administrativa <br /> - |
PARTICIPACIÓN Y CONTROL SOCIAL
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241. a 242
la sociedad civil se organizará para definir la estructura y composición de la participación y control social |
FUERZAS ARMADAS
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243 a 250 <br />
comando en jefe, ejército fuerza aérea, armada boliviana. <br /> - defender y conservar la independencia seguridad y estabilidad del Estado su honor y la soberanía del país <br /> - asegurar el imperio de la constitución <br /> - garantizar la estabilidad al gobierno |
POLICÍA BOLIVIANA
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Art. 251 a 254
- comandante general de la policía - defensa de la sociedad conservación del orden público cumplimiento de leyes en todo el territorio <br /> - depende del presidente por medio del ministro de gobierno |
INICIATIVA LEGISLATIVA
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Art. 162.I
iniciativa ciudadana, asambleístas órgano ejecutivo TSJ gobiernos autónomos |
QUÉ ES LA CPE
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norma suprema del Estado Plurinacional de Bolivia, Que establece su organización, funcionamiento y estructura política así como también establece los derechos y garantías constitucionales de la población.
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CÓMO SE DIVIDE LA CPE
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1ra PARTE.- Bases fundamentales del Estado (Garantías Constitucionales).<br />
<br /> 2da PARTE.- Estructura y organización funcional del estado (La división de los poderes que hoy son llamados órganos).<br /> <br /> 3ra PARTE.- Estructura y organización territorial del estado. (Autonomía Departamental, Municipal, Regional, IOC)<br /> <br /> 4ta PARTE.- Estructura y organización económica del Estado. (Basa su modelo de desarrollo en la utilización sustentable de los recursos naturales).<br /> <br /> 5ta PARTE.- Jerarquía normativa y reforma de la constitución. (Establece la supremacía Constitucional y el procedimiento de reforma parcial o total de la constitución Política del Estado).<br /> <br /> |
QUÉ ES REFERÉNDUM
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es una de las forma de participación del ciudadano en las decisiones publicas fundamentales.
- aprobar rechazar leyes - ratificar revocar autoridades - algunos tratados internacionales - aprobación de autonomías - reformar la constitución - otros aspectos municipales departamentales |
FUENTES DEL DERECHO CONSTITUCIONAL
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La Historia<br />
Ley,<br /> Doctrina,<br /> Derecho Comparado,<br /> Costumbre, <br /> Jurisprudencia <br /> MISMA CPE |
QUÉ ES ASAMBLEA CONSTITUYENTE
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Reunión de Representantes o Asambleístas constituyentes, elegidos por el voto universal directo y secreto de los ciudadanos; cuyo objetivo es elaborar un nuevo texto Constitucional (Una Nueva CPE). La Asamblea Constituyente Se regula por sus normas y se disuelve concluido su propósito.<br />
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FORMA DE GOBIERNO QUE ADOPTA BOLIVIA
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art.11<br /><br />
forma democrática<br /> a) participativa <br /> crea espacios de participación ciudadana como el control social, voto, derecho a ser elegido<br /> b) representativa <br /> el poder no es ejercito directamente por el pueblo<br /> c) comunitaria <br /> garantiza participación de comunidades<br /> d) equivalencia<br /> con equivalencia de condiciones entre hombres y mujeres. <br /> |
EN QUÉ CONSISTE EL PLURALISMO JURÍDICO
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a) Monismo jurídico
un único administrador justicia un único productor leyes b) pluralismo jurídico muchos sistemas administración muchos productores de leyes |
QUÉ ES AUTONOMÍA
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Es una característica del Estado que permite que determinados territorios puedan autogobernarse eligiendo a sus autoridades
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CLASES DE AUTONOMÍA
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- departamental <br />
- regional <br /> - municipal <br /> - indígena originaria campesina |
AUTONOMÍA DEPARTAMENTAL
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Art. 277 a 279
a) Autonomía Departamental - órgano ejecutivo, Gobernador, Vicegobernador, Secretarias Departamentales, - órgano legislativo Asamblea Legislativa Departamental 28 asambleístas 15 uninominales/provincia 5 indígenas 8 población |
AUTONOMÍA REGIONAL
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Art. 280 a 282
Municipios provincia Asamblea Regional No poder ejecutivo Autonomía Regional de GRAN CHACO. (Yacuiba, Villa Montes, Cara parí y los pueblos indígenas Guaraní, Wenayek, tapiete. |
AUTONOMÍA MUNICIPAL
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Art 283 a 284
a) órgano ejecutivo ALCALDE MUNICIPAL b) órgano legislativo CONCEJO MUNICIPAL, 11 concejales Cartas Orgánicas Ley de Municipalidades 2028 |
AUTONOMÍA INDÍGENA ORIGINARIA CAMPESINA
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Art. 289 a 296
Reconocimiento a naciones originarias indígenas propio gobierno, leyes, cultura, lengua en su territorio ancestral |
QUÉ ES REPÚBLICA
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Forma gobierno
Forma organización Estado Características principales: a) Separación y equilibrio de poderes b) Existencia de constitución y leyes c) Poder ejecutivo electivo y tiempo limitado 168 de la CPE. cosa pública |
CORRIENTES DEL CONSTITUCIONALISMO
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1) CONSTITUCIONALISMO LIBERAL.- El Constitucionalismo Liberal surge otorgando derechos de Primera generación y nace con la Revolución Francesa y la primer CPE en el mundo la constitución Norte Americana, otorgando derechos individuales a las personas por ejemplo: Derecho a la vida, Derecho a la Libertad, Derecho a la propiedad privada, etc.<br />
2) CONSTITUCIONALISMO SOCIAL.- El Constitucionalismo Social surge con la Revolución Industrial, otorgando derechos de 2da Generación ante la inequidad que origino el Constitucionalismo Liberal y surgen derechos como: Derecho a la huelga, Derecho al trabajo, el Derecho a la Salud, a la Educación etc.DESC<br /> 3) NEO CONSTITUCIONALISMO.- El Neo Constitucionalismo otorga Derechos Colectivos es decir derechos de 3ra Generación como los Derechos de los Pueblos Indígenas, el Derecho al Medio Ambiente sano, el Derecho a la Paz, etc. |