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41 Cartas en este set
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Legislación local que fundamente la presentación de la iniciativa de Ley de Ingresos Municipal
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Constitución Política del Estado
Ley Organica o equivalente |
Legislación Federal a considerar para la presentación de la iniciativa de la Ley de Ingresos
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Presupuesto de Egresos de la Federación
Ley de Disciplina Financiera |
Ejercicio para cálculo del impuesto Predial
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Metros de Terreno y construcción por su Valor
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Conceptos generales previstos en la Ley de Ingresos de los Municipios
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Impuestos
Contribuciones de Mejoras Derechos Productos Aprovechamientos Participaciones y Aportaciones Federales Ingresos de Financiamiento |
Fondos de aportaciones y participaciones que corresponde a los municipios
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Fondo de fomento municipal<br />
Fondo de aportaciones para el fortalecimiento de los municipios y de las demarcaciones territoriales del DF<br /> Fondo de aportaciones para la Infraestructura Social |
Orden de los momentos contables del ingreso de acuerdo con la normatividad emitida por el CONAC
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Presupuestado<br />
Modificado<br /> Devengado<br /> Recaudado |
Padrones de ingresos
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De impuesto predial (catastral)
De licencias para la venta de bebidas con contenido alcohólico De mercados y tianguis |
Estatus de los contribuyentes
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Contribuyente omiso: Paga su impuesto predial diez días después de la fecha establecida<br />
Contribuyente cumplido: Contribuyente que cumple en tiempo y forma con el pago de sus contribuciones municipales<br /> Contribuyente rezagado: Contribuyente que ha dejado de pagar su impuesto predial por mas de 3 años |
Requisitos básicos para el pago en parcialidades
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Solicitud por escrito
Garantia |
Orden de la diligencia del requerimiento de pago cuando se localiza el contribuyente
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Constitución en el domicilio
Se requiere la presencia del contribuyente con identificación Se identifica el ejecutor Se le informa el motivo de la diligencia requiriendo el pago Se apercibe que en caso de no realizarlo se embargarán bienes de su propiedad Se cierra el acta y se firma por el contribuyente y el ejecutor Se entrega una copia al contribuyente |
Requisitos que deben reunir los facturas por internet (CFDI)
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RFC de quien lo expida<br />
Número de folio y sello digital del SAT<br /> Sello digital del contribuyente que lo expide<br /> RFC de la persona a favor de quien se expida<br /> CURP |
Ejercicios de presupuestación
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Promedios
Automático Directo |
Destino y ejercicio de recursos federales
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FISMDF
Programa de desarrollo institucional municipal Infraestructura básica del sector salud y educativo Mejoramiento de vivienda FORTAMUNDF Pago de obligaciones financieras Pago de derechos y aprovechamientos por concepto de agua Nómina de policía SUBSEMUN Profesionalización y equipamiento Mejora de infraestructura de corporaciones Prevención del delito |
Secuencia de los momentos contables del egreso de acuerdo con la Normatividad emitida por el CONAC
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Aprobado<br />
Modificado<br /> Comprometido<br /> Devengado<br /> Ejercido<br /> Pagado |
Elementos del árbol de problemas
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definición del problema
Causas Efectos |
Elementos del árbol de soluciones
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Situación deseada
Medios Fines |
Procedimiento de contratación de obra pública con base en la normatividad vigente aplicable
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Adjudicación directa
Invitación a cuando menos tres personas Licitación pública |
Fondos de aplicación municipal de acuerdo con el art. 25 de la Ley de Coordinación Fiscal
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Fondo de aportaciones para la infraestructura social
Fondo de aportaciones para el fortalecimiento de los municipios y de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal |
Ingresos excedentes
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Con base en la Ley de Disciplina Financiera para Entidades Federativas y Municipios cuando menos el 50% se deberá destinar a pago de pasivos y hasta 50% a inversiones públicas productivas
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Normatividad para aplicación de los fondos federales municipales del ramo 33
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Ley de coordinación fiscal
Presupuesto de egresos de la federación Lineamientos generales para la operación de FAIS Catálogo de FAIS Ley general de contabilidad gubernamental |
Sanciones de tipo penal y administrativo- Ley de responsabilidades de los servidores públicos del Estado y Municipios
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Sanciones de tipo administrativo: amonestación, multa administrativa,suspensión temporal, destitución del empleo y destitución con inhabilitación
Sanciones de tipo penal: Reparación del daño y prisión |
Pagaré, letra de cambio y cheque
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Título de crédito que sirve para formalizar la contratación de pasivos a corto plazo
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Obligaciones fiscales del municipio en materia de impuesto sobre la renta
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Retener y enterar el impuesto y exigir comprobantes fiscales cuando hagan pagos a terceros y estén obligados a ello en términos de ley
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Expedición y entrega de comprobantes fiscales
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El municipio esta obligado a expedir y entregar comprobantes fiscales cuando pagan salarios o por la prestación de un servicio personal subordinado
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Retención de impuestos
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Los municipios deben enterar las retenciones de impuesto a más tardar el día 17 de cada uno de los meses del año calendario
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Participaciones y recursos de las Entidades y Municipios utilizados como fuente de pago de obligaciones contraídas
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Fondo general de participaciones
Fondo de fomento municipal |
Estado analítico de la deuda y otros pasivos
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Documento que muestra de manera detallada la información relacionada con las obligaciones insolutas de los municipios derivados del endeudamiento interno, así como sus variaciones
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Calificaciones crediticias
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Categoría especulativa: standar and ppors, fitch y dbrs bb, c, ccc, cc, c
Categoría de inversión: standar and poors, fitch y dbrs aaa, aa, a, b |
Secuencia para obtener la calificación crediticia
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Contratación de la empresa calificadora
Entrega de información financiera/ estados financieros, deuda pública, presupuesto, créditos contratados, garantías que se otorgan para los créditos. Visita de cotejo de información por parte de la empresa calificadora. validación de información ante comité interno de la empresa calificadora Generación de la calificación crediticia |
Articulo 2 de la Ley de disciplina financiera de las Entidades Federativas y los Municipios
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La inversión Pública Productiva es toda erogación por la cual se genere, directa o indirectamente, un beneficio social y adicionalmente, cuya finalidad específica sea: i. La construcción, mejoramiento, rehabilitación y/o reposición de bienes de dominio público
La inversión pública productiva es toda erogación por la cual se genere, directa o indirectamente, un beneficio social y adicionalmente, cuya finalidad especifica sea: ii. La adquisición de bienes asociados al equipamiento de bienes de dicho dominio público, comprendiéndose de manera limitativa en los conceptos de mobiliario y equipo de administración, mobiliario y equipo educacional, equipo medico e instrumental médico y d laboratorio, equipo de defensa y seguridad, y maquinaria, de acuerdo al clasificador por objeto de gasto emitido por el Consejo Nacional de Armonización contable. |
Legislatura Local
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De conformidad con el art. 23 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios autoriza los montos máximos para la contratación de financiamientos y obligaciones.
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Fracción VIII Art. 117 Constitucional
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Los municipios no pueden contratar deuda en moneda extranjera
Los municipios pueden contratar deuda para reestructurar deuda anterior Los municipios no pueden destinar empréstitos para cubrir gasto corriente |
Determinación del déficit o superávit presupuestal, déficit o superávit en cuenta corriente, déficit o superávit de capital y aumento o disminución neta de la deuda
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Determinación del déficit o superávit presupuestal, déficit o superávit en cuenta corriente, déficit o superávit de capital y aumento o disminución neta de la deuda
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Entes a quienes se debe rendir cuenta por parte de la tesorería municipal
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AS
SHCP SFP Entidades Superiores de Fiscalización Sedesol |
Normatividad a considerar para la elaboración de la cuenta pública municipal
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Ley General de contabilidad Gubernamental
Ley Orgánica Municipal o equivalente Ley de Fiscalización Ley de Presupuesto |
Ley General de Contabilidad Gubernamental. De la Transparencia y difusión de la información financiera Art. 57
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En su respectiva página de internet y en el caso de las secretarías de finanzas o sus equivalentes, podrán incluir, previo convenio administrativo, la información financiera de los municipios de la entidad federativa
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Ley General de Transparencia y acceso a la información pública
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Su objeto es establecer los principios, bases generales y procedimientos para garantizar el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos,así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad de la Federación , las Entidades Federativas y los municipios.
La información pública no solamente se podrá difundir en el informe de gobierno municipal Los municipios, con excepción de los menos de 70,000 habitantes, deberán contar con una página web en la que publicará la información La información se podrá dar a conocer por teléfono La información pública se difundirá en revistas, folletos, boletines o cualquier medio a que tenga acceso a la población |
Recursos fiscalizados por la Auditoria superior de la Federación
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Fondo General de Participaciones
FISM FORTAMUNDF Convenios Federales |
Ley de Coordinación Fiscal Arts 3 y 33
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La Secretaría de Hacienda y Crédito Público tiene la obligación de publicar en el Diario Oficial de la Federación el calendario de entrega, porcentaje, fórmulas y variables utilizadas, así como el monto, estimados que recibirá cada Entidad Federativa del fondo general y del fondo de fomento municipal, para cada ejercicio fiscal a mas tardar el 31 de enero del ejercicio de que se trate.
Es obligación de los municipios publicar en su página oficial de internet las obras financiadas con los recursos del FAISM, dichas publicaciones deberán contener, entre otros datos, la información del contrato bajo el cual se celebra, informes trimestrales de los avances y, en su caso, evidencias de conclusión. |
Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Art. 110
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CONEVAL instancia es la encargada de coordinar las evaluaciones en materia de desarrollo social
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Fases en un procedimiento de auditoría
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Solventación de pliego de observaciones
Entrega del Plan Municipal de Desarrollo Informe de gobierno municipal |