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Artí**** 40. Compromisos de gasto de carácter plurianual.
1. Podrán adquirirse compromisos de gastos que hayan de extenderse a ejercicios posteriores a aquel en que se autoricen,
siempre que su ejecución se inicie en el propio ejercicio y no se superen los límites y anualidades fijados en este artí**** y que se acredite su coherencia con los escenarios presupuestarios y programas plurianuales
Artí**** 40. Compromisos de gasto de carácter plurianual.
3. El número de ejercicios a que pueden aplicarse los gastos no será superior a........
El gasto que se impute a cada uno de los ejercicios posteriores no podrá exceder de la cantidad que resulte de aplicar al crédito inicial a que corresponda la operación los siguientes porcentajes: ....

En los contratos de obra de carácter plurianual, con excepción de los realizados bajo la modalidad de abono total del precio, ...
........ cuatro
.............en el ejercicio inmediato siguiente, el 70 %, en el segundo ejercicio, el 60 %, y en los ejercicios tercero y cuarto, el 50 %.

se efectuará una retención adicional de crédito del 10 % del importe de adjudicación, en el momento en que ésta se realice.
Esta retención se aplicará al ejercicio en que finalice el plazo fijado en el contrato para la terminación de la obra o al siguiente, según el momento en que se prevea realizar el pago de la certificación final. Estas retenciones computarán dentro de los porcentajes establecidos
Artí**** 40. Compromisos de gasto de carácter plurianual.
4. El Consell, en casos especialmente justificados, podrá acordar la .....
A estos efectos, la Conselleria competente en materia de hacienda, a iniciativa de la Conselleria correspondiente, elevará al Consell la oportuna propuesta, previo informe del centro directivo competente en materia de presupuestos.

Los acuerdos de modificación de los porcentajes y los de incremento del número de anualidades se publicarán en el “Diari Oficial de la Generalitat Valenciana” en un mes desde su aprobación.
modificación de los porcentajes anteriores, incrementar el número de anualidades del apartado anterior o autorizar la adquisición de compromisos de gastos que hayan de atenderse en ejercicios posteriores en el caso de que no exista crédito inicial.
.....el “Diari Oficial de la Generalitat Valenciana” en un mes desde su aprobación.
Artí**** 40. Compromisos de gasto de carácter plurianual.
7. No podrán adquirirse compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros cuando se trate de subvenciones a las que resulte de aplicación lo previsto en el artí**** ......

No será aplicable a lo dispuesto en este párrafo, a los convenios en materia de vivienda que se deriven de los planes estatales de viviendas y que tendrán la vigencia de estos, incluidas .....
168.1A de esta ley. (SUBVENCIÓN DIRECTA NOMINATIVA)
.....sus adicciones y prórrogas.
Artí**** 40. Compromisos de gasto de carácter plurianual.
8. Cuando por causas justificadas se pusieran de manifiesto desajustes entre
las anualidades previstas en el contrato,
o en el convenio de colaboración,
o en la resolución de concesión,
y la realidad económica que su ejecución exigiese, se podrán reajustar las ......

En cualquier caso, y en lo que afecta al pago del precio de los contratos según la normativa vigente en materia de contratación pública, las anualidades originales tendrán cobertura mediante créditos ampliables de acuerdo con lo establecido en el artí**** 48.1 de presente ley.
.....anualidades, siempre que los remanentes crediticios lo permitan. Los reajustes se acordarán por el Consell, a propuesta del titular del órgano que tenga atribuidas las competencias en materia de hacienda.
ARTICULO 40
9. El procedimiento descrito en los apartados anteriores será de aplicación en el caso de los contratos de obras que se efectúen bajo la modalidad de abono ....
......total de los mismos, de acuerdo con lo previsto en la normativa de contratación del sector público
Artí**** 41. Gastos de tramitación anticipada.
1. La tramitación de expedientes de gastos podrá iniciarse en el ejercicio inmediato anterior siempre que se cumpla alguna de las siguientes circunstancias:
a) Que exista previsión reiterada en ejercicios anteriores, asociada en el programa presupuestario, de crédito adecuado y suficiente
b) Que exista crédito adecuado y suficiente en el proyecto de ley de Presupuestos en caso de que haya sido presentado para su aprobación por las Cortes
Artí**** 41. Gastos de tramitación anticipada.
3. La tramitación anticipada podrá llegar, como máximo, ...............
al momento inmediato anterior a la adquisición del compromiso de gasto
Artí**** 41. Gastos de tramitación anticipada.
4. En el expediente de gasto se tendrá que incluir una cláusula suspensiva indicando .....
que su resolución queda condicionada en la efectiva existencia de crédito adecuado y suficiente una vez se apruebe el presupuesto
Artí**** 42. Adquisiciones de inmuebles con pago diferido.
Podrá ser diferido el vencimiento de la obligación de pago del precio ................... de bienes inmuebles adquiridos directamente cuyo importe exceda
......................... siguientes dentro de las limitaciones porcentuales contenidas en el artí**** 40 de esta ley, y de acuerdo con lo previsto en la normativa en materia de patrimonio.
...............de compra
....................de 2millones de euros, sin que, en ningún caso, el desembolso inicial a la firma de la escritura pueda ser inferior al 25 por ciento del precio, pudiendo distribuirse el resto en los cuatro ej.ercicios
Artí**** 43. El Fondo de Contingencia.
2. En ningún caso podrá utilizarse el fondo de contingencia para financiar modificaciones destinadas a la cobertura de gastos o actuaciones que deriven.........

4. El remanente del crédito a final de cada ejercicio en el fondo de contingencia..................
.............de decisiones discrecionales de la administración, que carezcan de cobertura presupuestaria

..............no podrá ser objeto de incorporación a ejercicios posteriores
Artí**** 44. Modificación de los créditos iniciales.
2.CUANDO , la ley de presupuestos establecerá los órganos competentes, en el ámbito del sector público de la Generalitat, para la aprobación de las diferentes modificaciones de crédito
Anualmente
Artí**** 44. Modificación de los créditos iniciales.
3........................ establecerá el procedimiento a seguir en la tramitación de los expedientes de modificación de crédito.

En todo caso, y siempre que afecten al presupuesto de
la Administración de la Generalitat o de sus organismos autónomos,
las modificaciones de crédito deberán ser informadas ...............
..................... La persona titular de la conselleria con competencias en materia de hacienda

.................por las intervenciones delegadas o por la Intervención General de la Generalitat
Artí**** 44. Modificación de los créditos iniciales.
5. Las modificaciones de crédito se publicarán en el
Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
Artí**** 45. Incorporaciones de crédito.
1. Los créditos para gastos que, en el último día del ejercicio presupuestario a que se refiere el apartado 1.b del artí**** 25 no estén vinculados al cumplimiento de las obligaciones ya reconocidas se considerarán
anulados.
Artí**** 45. Incorporaciones de crédito.
se podrán incorporar los créditos en los siguientes supuestos
a) Cuando así lo autorice una norma de rango legal.

b) Créditos financiados con ingresos afectados a la realización de actuaciones determinadas.

c) Créditos derivados de retenciones efectuadas para la financiación de créditos extraordinarios o suplementos de crédito, cuando haya sido anticipado su pago de acuerdo con el procedimiento previsto en esta ley y las leyes de concesión hayan quedado pendientes de aprobación por Les Corts al final del ejercicio presupuestario.
Artí**** 45. Incorporaciones de crédito.
2. Las incorporaciones que afecten a los presupuestos de la Administración de la Generalitat se financiarán, con cargo

Las incorporaciones de crédito en el presupuesto de organismos autónomos u otras entidades que conforman el sector público administrativo podrán realizarse con cargo ......
......a remanente de tesorería afectado, mediante
baja en el Fondo de Contingencia
o con baja en otros créditos de operaciones no financieras.

......a la parte del remanente de tesorería afectado.
Artí**** 46. Créditos extraordinarios y suplementos de crédito.
Cuando haya de realizarse algún gasto que no pueda demorarse hasta el ejercicio siguiente y no existiera crédito en el presupuesto de la Generalitat, o el consignado fuera insuficiente, la persona titular de la conselleria con competencias en materia de hacienda podrá ordenar
la incoación de un expediente de concesión de crédito extraordinario o de suplemento de crédito, respectivamente,
Artí**** 46.La persona titular de la conselleria con competencias en materia de hacienda someterá al
Consell el acuerdo de enviar a Les Corts
el correspondiente proyecto de ley,
en el que deberán quedar especificados los recursos que deben financiarlos.
Artí**** 47. Créditos extraordinarios y suplementos de créditos
1. Cuando la necesidad de concesión de créditos extraordinarios o suplementos de crédito se produjese en los organismos autónomos u otras entidades con presupuesto limitativo de la Generalitat y ello significase un aumento en sus créditos, la concesión corresponderá
a la persona titular de la conselleria con competencias en materia de hacienda
___cuando su importe no exceda del 5 por ciento de los créditos consignados en sus presupuestos,
y al Consell en los casos en que, excedido el citado porcentaje, _____no alcance el 15 por ciento.
Los citados porcentajes se aplicarán de forma acumulada en cada ejercicio presupuestario

3. En los supuestos no contemplados en el apartado primero, la aprobación será mediante ley de Les Corts
Artí**** 47. Créditos extraordinarios y suplementos de créditos
2. El Consell dará cuenta............................ , a la Comisión de Economía, Presupuestos y Hacienda de Les Corts, de los créditos extraordinarios y suplementos de crédito, cuya información contendrá, como mínimo, el mismo detalle documental que el presupuesto respectivo
trimestralmente
Artí**** 48. Ampliaciones de crédito.
1. Tendrán la condición de ampliables los créditos destinados a atender obligaciones específicas del ejercicio que, de modo........
taxativo, se relacionen en ley anual de presupuestos de la Generalitat. La cuantía de dichos créditos podrá ser incrementada hasta el importe que alcancen las respectivas obligaciones.
2. Las ampliaciones de crédito podrán financiarse con cargo a
bajas en otros créditos del presupuesto no financiero, con mayores ingresos,
con cargo al Fondo de Contingencia,
o, en su caso, con cargo a la previsión del resultado del ejercicio corriente, en los términos previstos en la ley anual de presupuestos.
Artí**** 44. Modificación de los créditos iniciales. tipos
a) Incorporaciones de crédito. 45

b) Créditos extraordinarios y suplementos de crédito.- 46

c) Ampliaciones de crédito. - 48

d) Transferencias de crédito. - 49

e) Generaciones y anulaciones de crédito. - 50
Artí**** 49. Transferencias de crédito.
1. Las transferencias son,
traspasos de dotaciones entre créditos. Podrán realizarse transferencias entre los diferentes créditos del presupuesto, incluso con la habilitación de créditos nuevos
Artí**** 49. Transferencias de crédito.con las siguientes limitaciones:
a) No podrán realizarse con cargo a los créditos para gastos de personal, a menos que se justifique que la cantidad cuya transferencia se propone no está afectada a obligación alguna de pago, ni va a estarlo durante lo que reste de ejercicio, ni se ve afectado el régimen retributivo fijado en la correspondiente ley de Presupuestos.

b) No podrán realizarse desde créditos para pasivos financieros al resto de los créditos.

c) No podrán realizarse desde créditos para operaciones de capital a créditos para operaciones corrientes
excepto cuando el objeto de la modificación sea dotar crédito para el funcionamiento de nuevas inversiones o para operaciones corrientes que afecten a servicios públicos fundamentales.

d) No minorarán créditos extraordinarios o créditos que se hayan suplementado en el ejercicio. Esta restricción no afectará a créditos de la sección deuda pública.
Artí**** 49.
2. No podrán realizarse transferencias de crédito que minoren los créditos para gastos destinados a subvenciones
de carácter nominativo, a menos que, por cualquier causa, haya decaído el derecho a su percepción
crédito destinado a subvenciones de carácter nominativo _podrán realizarse transferencias para dotar o incrementar
podra o no podra?
no podrán
4. Las limitaciones a que se refieren los apartados 2 y 3 del presente artí**** no serán aplicables a las aportaciones dinerarias a que se refiere el artí**** 2.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

5. Las limitaciones previstas en el apartado 1 del presente artí**** no serán aplicables a aquellas .....
.......modificaciones que tengan por objeto la correcta imputación contable de los créditos contemplados en el presupuesto.
Artí**** 50. Generaciones de crédito y anulaciones.
a) Aportaciones del Estado o de cualquiera de los sujetos que conforman su sector público, de la Unión Europea o de otras personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, para financiar total o conjuntamente
b) Aportaciones de la Administración de la Generalitat a los organismos autónomos o a las entidades con presupuesto limitativo, así como de los distintos sujetos que conforman su sector publico instrumental a la Administración de la Generalitat
Artí**** 50. Generaciones de crédito y anulaciones.
c) Préstamos concedidos a la Administración de la Generalitat por otras administraciones públicas, sus organismos o instituciones para financiar total o conjuntamente
Artí**** 50. Generaciones de crédito y anulaciones.
Artí**** 50. Generaciones de crédito y anulaciones.
d) Recursos legalmente afectados a la realización de actuaciones determinadas.

e) Ventas de bienes y prestación de servicios.

f) Enajenaciones de inmovilizado.

g) Reembolsos de préstamos.

h) Los excesos de recaudación o de ingresos por otros conceptos respecto de la estimación inicial prevista en el estado de ingresos.

i) Ingresos obtenidos por reintegros de pagos indebidos de presupuestos cerrados.
2. La generación sólo podrá realizarse cuando se hayan efectuado los correspondientes ..................... No obstante, la generación como consecuencia de los supuestos previstos en las letras a, b y c del apartado anterior podrá realizarse una vez efectuado el reconocimiento del derecho o cuando exista un compromiso firme de aportación
ingresos que la justifican
4. ................................ podrá aprobar las correspondientes anulaciones de crédito, en el caso de créditos financiados con recursos finalistas cuya cuantía efectiva resulte
...............La conselleria con competencias en materia de hacienda
.........................inferior a la prevista en los presupuestos
Artí**** 51. Anticipos de tesorería.
1. ...............................................podrá conceder anticipos de Tesorería para atender gastos inaplazables,
con el límite máximo en cada ejercicio.................................... en los siguientes casos:
Con carácter excepcional, el Consell, a propuesta de la persona titular de la conselleria con competencias en materia de hacienda,

.........................del 1por ciento de los créditos autorizados a la Administración de la Generalitat por la ley de presupuestos,
Artí**** 51. Anticipos de tesorería.
a) Una vez aprobado por el Consell el proyecto de concesión de créditos extraordinarios o de suplementos de crédito.

b) Cuando se hubiera promulgado una norma con rango de ley por la que se establezcan obligaciones cuyo cumplimiento exija la concesión de crédito extraordinario o suplemento de crédito.
con el límite máximo en cada ejercicio.................................... en los siguientes casos
Artí**** 51. Anticipos de tesorería.2. Si el crédito extraordinario o el suplemento de crédito a conceder se destinase a financiar necesidades planteadas en el presupuesto de los organismos autónomos, la concesión del anticipo de tesorería comportará
la autorización para atender en el organismo el pago de las mencionadas necesidades mediante operaciones de tesorería
Artí**** 51. Anticipos de tesorería.3. Si Les Corts no aprobasen el proyecto de ley de concesión del crédito extraordinario o del suplemento de crédito el Consell, a propuesta de la persona titular de la conselleria con competencias en materia de hacienda,
dispondrá la cancelación del anticipo de tesorería con cargo a los créditos de la respectiva conselleria u organismo autónomo, en su caso, cuya minoración ocasione menos trastornos para el servicio público
Artí**** 52. Presupuesto.
1. Las entidades integradas en el sector público empresarial y fundacional,.....
Asimismo, formularán una propuesta de presupuesto de capital con el mismo detalle.
Los presupuestos de explotación y de capital se integrarán en los presupuestos ...................de la Generalitat.

Los fondos a que se refiere el artí**** 2.4 de esta ley elaborarán, igualmente, presupuestos de .................
.................., elaborarán una propuesta de presupuesto de explotación que detallará los recursos y dotaciones anuales correspondientes.

.....consolidados
................explotación y capital.
Artí**** 52. Presupuesto.
2. Los presupuestos de explotación y de capital estarán constituidos por una previsión de la cuenta de
resultados y del estado de recursos y dotaciones del correspondiente ejercicio
Artí**** 53. Programa de actuación plurianual.
2. El programa de actuación plurianual estará integrado por los estados financieros determinados en el artí**** anterior de esta ley y, junto con la documentación indicada en el apartado siguiente, reflejará los datos económico-financieros previstos para
el ejercicio relativo al Proyecto de Ley de Presupuestos de la Generalitat y a los tres ejercicios inmediatamente siguientes, según las líneas estratégicas y objetivos definidos para la entidad
Artí**** 53. Programa de actuación plurianual.

3. Los programas de actuación plurianual se acompañarán de la información de carácter complementario siguiente:
a) Líneas estratégicas de la entidad y, en su caso, las previstas en los contratos plurianuales de gestión, o en los contratos-programas.

b) Previsiones plurianuales de los objetivos a alcanzar.

c) Memoria de las principales actuaciones de la entidad.

d) Programa de inversiones territorializado.

e) La restante documentación que determine la conselleria con competencias en materia de hacienda.