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DERECHOS DE PROTECCIÓN ORDINARIA
1. PROPIEDAD PRIVADA [expropiación forzosa por causa justificada de utilidad pública y con derecho a recibir una indemnización]
2. DERECHO DE FUNDACIÓN
3. LIBERTAD DE EMPRESA
4. DEBER DE TRABAJAR Y DERECHO AL TRABAJO. [deber cívico, no siendo jurídicamente exigible]
5. DERECHO A NEGOCIACIÓN COLECTIVA LABORAL Y ADOPCIÓN DE MEDIDAS EN CONFLICTO COLECTIVO
6. DERECHO A CONTRAER MATRIMONIO
PRINCIPIOS RECTORES DE LA POLÍTICA SOCIAL Y ECONÓMICA
Derecho a la protección de la salud
Fomento del deporte
Derecho a medio ambiente digno
Protección de la familia, la mujer y los hijos
Protección de colectivos de disminuidos, juventud, inmigrantes
DEBERES CONSTITUCIONALES
Defensa del Estado
Sostenimiento de gastos públicos
GARANTÍAS DE DERECHOS Y LIBERTADES
* GARANTÍAS OBJETIVAS O INSTITUCIONALES

- Garantías Generales
Derechos del capítulo II y alegables ante Tribunales
Control de Constitucionalidad del TC
Principio de legalidad
Competencia exclusiva del Estado [españoles iguales en derechos y obligaciones]

- Garantías subjetivas o jurisdiccionales
Instrumentos del ciudadano frente a vulneraciones :
Protección judicial general (tutela)
Protección especial (Tribunales ordinarios)
Recurso de amparo ante el TC

- Garantías orgánicas. El Defensor del Pueblo
Institución independiente sin mandato imperativo que desempeña las funciones con autonomía
Puede imponer recurso ante el TC
Legitimado para interponer recurso de amparo
Obligado a presentar un informe anual de su actividad
SUSPENSIÓN DE LOS DERECHOS: LOS ESTADOS DE ALARMA, EXCEPCIÓN Y SITIO
El Congreso no podrá ser disuelto en los siguientes escenarios

- Estado de alarma (catástrofes naturales, no generados por voluntad humana. No se suspende ningún derecho sino se limita la libertad de circulación)
- Estado de excepción (alteraciones de orden publico por causas políticas)
- Estado de sitio (situaciones prebélicas, generadas por potencia extranjera o insurrección interior. En este caso hay un aumento del poder civil otorgando más competencias a la Administración militar)