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QUÉ ES LA JORNADA DE TRABAJO
Es el tiempo que el trabajador pasa a las órdenes del patrono para prestar su trabajo.

Es el límite máximo de tiempo de trabajo efectivo que establece la ley.
QUÉ ES EL TIEMPO DE TRABAJO EFECTIVO
Es el tiempo en que el trabajador permanece a las órdenes del patrono, ninguna jornada de trabajo puede exceder de 12 horas diarias
CUÁL ES EL PROPÓSITO DE REGULAR LA JORNADA DE TRABAJO
El propósito es fijar los límites de la jornada de trabajo y en base a esto establecer un adecuado salario
CUÁLES SON LAS JORNADAS DE TRABAJO ORDINARIAS
a. Diurna
b. Nocturna
c. Mixta
CUÁL ES LA JORNADA DE TRABAJO EFECTIVO DIURNA
Es la que se ejecuta entre las 6 y las 18 horas de un mismo día, no puede ser mayor de 8 horas diarias ni mayor de 48 horas semanales
Art. 116 CT
CUÁL ES LA JORNADA DE TRABAJO EFECTIVO NOCTURNA
Es la que se ejecuta entre las 18 hora de un día a las 6 horas del día siguiente, no puede exceder de 6 horas al día ni 36 horas semanales
Art. 116 CT
CUÁL ES LA JORNADA DE TRABAJO EFECTIVO MIXTO
Es aquel que abarca parte del período diurno y parte del período nocturno; si durante la jornada mixta se trabaja 4 o más horas en el período nocturno, se entenderá que esta es jornada nocturna
Art. 117 CT
SÉ PUEDE AUMENTAR LA JORNADA DE TRABAJO
Si se puede llenando los siguientes requisitos:
1. Las condiciones del trabajo no sean insalubres o peligrosas,
2. Hasta en 2 horas diarias,
3. Que no exceda los limites de 48 hrs diurnas, 36 hrs nocturnas y 42 hrs. mixtas
Art. 118 CT
CUÁL ES EL MÁXIMO DE HORAS QUE DEBE DURAR LA JORNADA DE TRABAJO
No debe exceder de 12 horas
diurna: 8 ordinarias 4 extraordinarias
nocturna: 6 ordinarias 6 extraordinarias
mixta: 7 ordinarias 5 extraordinarias
Puede extenderse salvo casos de siniestro o riesgo, que peligren las personas, establecimientos, maquinas, instalaciones, plantaciones, Etc.
Art. 122 CT
CÓMO PUEDEN SER LA JORNADA DE TRABAJO
a. continua
b. dividida
- Jornada continua se le da al trabajador un descanso de media hora mínimo
- Dividida en períodos con intervalos de descanso que se adapten a la naturaleza del trabajo
Art. 119 CT
QUÉ PASA SI UN TRABAJADOR LABORA MENOS DE LOS LIMITES ESTABLECIDOS (48, 42, 36 HRS SEMANALES)
Tiene derecho a percibir integro su salario como que hubiera trabajado las 48 horas
Art. 120 CT
CUÁLES SON LOS CASOS DE EXCEPCIÓN PARA DISMINUIR LOS LIMITES DE LA JORNADA DE TRABAJO
(PREGUNTA DE EXAMEN PRIVADO)
La jornada de trabajo diurna se debe disminuir para los menores de edad, como sigue:
a. 1 hora diaria y 6 a la semana para los mayores de 14 años
b. 2 horas diaria y 12 a la semana para los tenga 14 años o menos, siempre que el trabajo este autorizado por la Inspección Geenral de Trabajo
Art. 149 CT
QUÉ ES TRABAJO EFECTIVO
(PREGUNTA DE EXAMEN PRIVADO)
Es cuando el tiempo del trabajador sobrepasa los limites establecidos lo que constituye jornada extraordinaria la cual debe ser remunerada con el 50% más del salario ordinario
Art. 121 CT
QUE TIEMPO NO SE CONSIDERA QUE ES JORNADA EXTRAORDINARIO
Es el tiempo que el trabajador utilice en subsanar sus errores o a consecuencia de falta de actividad duranre la jornada ordinaria
Art. 121 CT
EN QUE CASOS LA JORNADA EXTRAORDINARIA NO SE TOMA COMO ORDINARIA
Cuando el trabajo extraordinario sea para atenuar:
a. siniestro ocurrido
b. Cuando el trabajo extraordinario sea para atenuar:
a. siniestro ocurrido
b. Riesgo eminente
c. Calamidad pública o riesgo eminente
c. Calamidad pública
Art. 122 CT
QUIENES NO ESTÁN SUJETOS A JORNADAS DE TRABAJO
a. Representantes del patrono
b. Los que laboren sin fiscalización superior inmediata como vendedores de ruta, cobradores, etc,
c. Puestos de vigilancia como guardianes, médicos, enfermeros, auditores, etc.
d. Trabajadores domésticos
Art. 124 CT
QUÉ OBJETO TIENE LOS DESCANSOS
(PREGUNTA DE EXAMEN PRIVADO)
Que el trabajador recupere sus energías físicas y mentales, el descanso es la interrupción remunerada dela realización del trabajo
CÓMO SE CLASIFICAN LOS DESCANSOS REMUNERADOS
(PREGUNTA DE EXAMEN PRIVADO)
a. Descanso diario: se da entre una jornada de trabajo y otra
b. Descanso semanal: derecho de disfrutar un día de descanso remunerado después de cada semana de trabajo Art. 126 CT
c. Descanso anual o vacaciones: derecho a un descanso mínimo de 15 días hábiles, las vacaciones no son compensables en dinero
Art. 130 CT
QUÉ SON DÍAS DE ASUETO
Es un descanso remunerado para conmemorar eventos importantes de la sociedad
CUÁLES SON LOS DÍAS DE ASUETO ESTABLECIDOS EN LA LEY
1°. de enero; jueves, viernes, sábado de Semana Santa; 1°. de Mayo; 30 de junio (día de la revolución liberal); 15 de septiembre; 20 de octubre; 1°. de noviembre; 24 de diciembre medio día; 25 de diciembre; 31 de diciembre y 10 de mayo para las madres
Art. 127 CT
LAS PERSONAS QUE POR LA NATURALEZA ESPECIAL TIENE QUE LABORAR LOS 7°. DÍA Y LOS DÍAS DE ASUETO COMO SE LES PAGA SU SALARIO
Se le cancele el tiempo de trabajo como tiempo extraordinario
Art. 128 CT
CÓMO SE CALCULA EL PAGO DEL 7°. DIA Y AZUETO
(PREGUNTA DE EXAMEN PRIVADO)
Es el promedio diario del salario ordinario y extraordinario que haya devengado el trabajador durante la semana inmediata anterior
Art. 129 CT
CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA GOZAR DE VACACIONES
Deberá tener mínimo 150 días trabajados en el año incluyendo los días no laborados con licencia retribuida, por enfermedad profesional, enfermedad común o por accidente
Art. 131 CT
CUÁLES SON LAS GARANTÍAS O PRINCIPIOS PROTECTORES DE LAS VACACIONES
(PREGUNTA DE EXAMEN PRIVADO)
a. no son compensables en dinero Art. 133
b. son indivisibles Art. 136 1°. párrafo
c. son ininterrumpibles Art. 136 2°. párrafo
d. no son acumulables Art. 136 2°. párrafo
e. su pago es anticipado Art. 134 ultima linea
f. se prohibe al trabajador prestar sus servicios durante el período de vacaciones Art. 133
EN QUÉ ACTIVIDAD SE PERMITE ACUMULAR HASTA 2 PERÍODOS DE VACACIONES
(PREGUNTA DE EXAMEN PRIVADO)
Las personas que prestan servicio diplomático, regulado en la Ley de Servicio Diplomático Guatemalteco
INDICE DE LA LEY
Capítulo Tercero: Jornadas de Trabajo
Arts. 116 al 125
Capítulo Cuarto: Descansos
Arts. 126 al 137 bis