• Barajar
    Activar
    Desactivar
  • Alphabetizar
    Activar
    Desactivar
  • Frente Primero
    Activar
    Desactivar
  • Ambos lados
    Activar
    Desactivar
  • Leer
    Activar
    Desactivar
Leyendo...
Frente

Cómo estudiar sus tarjetas

Teclas de Derecha/Izquierda: Navegar entre tarjetas.tecla derechatecla izquierda

Teclas Arriba/Abajo: Colvea la carta entre frente y dorso.tecla abajotecla arriba

Tecla H: Muestra pista (3er lado).tecla h

Tecla N: Lea el texto en voz.tecla n

image

Boton play

image

Boton play

image

Progreso

1/18

Click para voltear

18 Cartas en este set

  • Frente
  • Atrás
D° a la vida e integridad física y psíquica ART. 19 N°1
"Derecho a la vida es un derecho humano fundamental, cuyo goce es un prerrequisito para el disfrute de todos los demás derechos humanos." (Corte interamericana de DD.HH).

Integridad física implica la preservación y cuidado de todas las partes del cuerpo, lo que conlleva a el estado de salud de las personas.

Integridad psíquica es la conservación de todas las habilidades motrices, emocionales, psicológicas e intelectuales. (José miguel Guzmán)
D° a la igualdad y no discriminación art 19n°2
-Igualdad Formal:
Trato igual para iguales.
Debate sobre tratamiento diferente en casos distintos.
Desafío: Definir lo igual y lo diferente.
-Igualdad Material:
Acciones contra desigualdad económica.
Debate sobre si incluye aspectos no económicos.}

No Discriminación: “Cualquier distinción, exclusión, restricción o preferencia, en cualquier ámbito público o privado, que tenga el objetivo o el efecto de anular o limitar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de uno o más derechos humanos o libertades fundamentales…” (Art. 1 C. Inter. Contra toda forma de disc. e intolerancia)
D° a la igual protección de la ley n°3
Sergio García lo define como:
“Un límite a la actividad estatal y conformado por un conjunto de requisitos que deben observarse en las
instancias procesales con el fin de que las personas estén en condiciones de defender adecuadamente sus derechos ante cualquier acto del Estado que pueda afectarlos.”
D° al respeto y protección a la vida privada y a la honra de la persona y su familia. art19n4
“Aquel derecho que emana de forma directa de la dignidad humana, el cual se enfoca al resguardo tanto de los asuntos y actividades íntimas de un individuo y su grupo familiar, como de la buena fama e imagen pública del individuo y de la mencionada institución, como núcleo fundamental de la
sociedad”.(def. de los que hicieron el trabajo).

TITULARES: PERSONAS MORALES, PERSONAS FALLECIDAS.
D. La inviolabilidad del hogar y toda forma de comunicación privada n5
La inviolabilidad de las comunicaciones y documentos privados constituye un derecho fundamental, estrechamente vinculado al derecho a la vida privada, ya que en el último término este es el bien jurídico tutelado. Por su intermedio, se pretende proteger a las personas de cualquier intromisión proveniente de particulares como de funcionarios o autoridades en sus comunicaciones y documentos privados.
D° Libertad de conciencia n°6
Facultad de toda persona para formarse su propio juicio, sin ningún tipo de interferencias.
(Nogueira Alcalá).
D. a la seguridad individual n7
“La libertad de toda persona de organizar en cualquier momento y lugar, dentro del territorio nacional, su vida individual y social con arreglo a sus propias opciones y convicciones”. (Banacloche, 1996).

CARACTERISTICAS:
-D. subjetivo de 1era generación
-protegido x recurso amparo art. 21
-Compuesto x dos elementos,lib perso. y seg. individual (se complementan)
Problemas asociados: migración, detenciones ciudadadanas. (ciudadanos detienen a otro)
n°8
El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación incluiría la preservación de la naturaleza, la protección del patrimonio ambiental y la conservación del patrimonio cultural. (GONZALO AGUILAR).
art. 19n9 salud
(de Leenen)
Una distribución equitativa de los recursos médicos y de salud disponibles para todos los individuos y comprende, además, la protección y promoción de la salud.
d. a la educación 19n10
-d. individual
-d. 2da gen
-objetivo, el pleno desarrollo de la persona en distintas etapas de su vida.
-protegido por el ministerio de educación.
d. lib enseñanza n11
En su sentido formal: “Facultad de participar en la transmisión metódica de información y conocimiento de manera gratuita o remunerada a alumnos o estudiantes del sector público o privado en cualquiera de sus niveles” y en su sentido informal “Proceso de transmisión sistemática de información y conocimiento en la familia, los medios de comunicación y otras instancias, como las ya aludidas”. Cea Egaña (2004) pp. 365
D° LIB . de opinión e información. n12
Derecho a la libertad de expresión (John Stuart Mill, 2014) es un derecho fundamental que protege la capacidad de los individuos para expresar sus opiniones y participar en el debate público sin temor a represalias por parte del gobierno o de
otros actores.
Según el jurista y filósofo político Thomas Emerson, el derecho a la libertad de
prensa es una extensión del derecho a la libertad de expresión y es esencial para el
control y la fiscalización de los poderes públicos.
D. a reunirse pacíficamente sin permiso previo y sin armas art. 19n13
"La facultad de toda persona para agruparse voluntaria, tranquila y transitoriamente con otras, en un lugar y con un fin determinado". (Manuel Núñez).
art 19n25
Luis Claro Solar (1930) quien lo define como "todas las manifestaciones, obras,
producciones del talento o del ingenio y, por lo tanto, es una expresión genérica para
designar las cuatro especies o formas de propiedad en que ellas se manifiestan: propiedad
literaria, propiedad dramática, propiedad artística y propiedad industrial”.
art. 19n15
Robert Dahl define al derecho de asociación como: “la facultad de las personas para unirse voluntariamente con otras personas en organizaciones para la defensa y promoción de intereses y valores compartidos”. (Polyarchy: Participation and Opposition, 1971).

-derecho y no deber
-limitado por el orden publico y las buenas costumbres.
-para gozar de p. jurídica las asociaciones deben constituirse en conformidad a la ley.
art. 19n24
“Derecho Constitucional que asegura la facultad de usar, gozar y disponer de cosas corporales e incorporales, de acuerdo a lo límites que establezca la Constitución y las leyes”
19n16 lib de trabajo
A nadie le será impuesto un trabajo o un trabajador, que a nadie le será negado un trabajo por razones arbitrarias y que quien trabaje lo haga con una justa retribución. (Evans, E. Derecho Constitucional, Editorial Jurídica, pg. 232).
19n21 d a desarrollar cualquier actividad económica
Facultad que tienen los particulares para participar activa y libremente en la producción de bienes y servicios, con plena autonomía de tomar decisiones en las áreas de interés, siempre que no contravengan las normas vigentes.