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Ámbito de Aplicación.
Aplica para todas las personas servidoras públicas que en ella laboran, tanto personal militar como personal civil
Art. 1
Valores
Honor, deber,lealtad y patriotismo
Honor
Es la cualidad moral que lleva a la persona al estricto cumplimiento de los compromisos establecidos con su nación, la institución, sus conciudadanos y con ella misma.
Art. 2
Deber
Es la vocación que muestra el personal naval para cumplir cabalmente con las obligaciones que la sociedad y el servicio exigen.
Art. 3
Lealtad
Es la convicción de fidelidad hacia la nación, la institución, la superioridad y subalternos.
Art. 4
Patriotismo
Es el amor, devoción y compromiso que se tiene por México y sus símbolos, anteponiéndola siempre a cualquier interés personal y de grupo.
Art. 5
Eficiencia
Los servidores públicos actúan conforme a una cultura de servicio orientada al logro de resultados, procurando en todo momento un mejor desempeño de sus funciones a fin de alcanzar las metas indebida en su aplicación.
Art. 6
Interés Público
Los servidores públicos actúan buscando en todo momento la máxima atención de las necesidades y demandas de la sociedad por encima de intereses y beneficios particulares, ajenos a la satisfacción colectiva.
Art. 7
Respeto
Los servidores públicos se conducen con austeridad y sin ostentación, y otorgan un trato digno y cordial a las personas en general y a sus compañeros de trabajo, superiores y subordinados, considerando sus derechos.
Art. 8
Respeto a los Derechos Humanos
Los servidores públicos respetan los derechos humanos, y en el ámbito de sus competencias y atribuciones, los garantizan, promueven y protegen de conformidad.
Art. 9
Universalidad
Establece que los derechos humanos corresponden a toda persona por el simple hecho de serlo;
Art. 9
Interdependencia
Implica que los derechos humanos se encuentran vinculados íntimamente entre sí
Art. 9
Indivisibilidad
Refiere que los derechos humanos conforman una totalidad de tal forma que son complementarios e inseparables.
Art. 9
Progresividad
Prevé que los derechos humanos están en constante evolución y bajo ninguna circunstancia se justifica un retroceso en su protección.
Art. 9
Igualdad y No discriminación
Los servidores públicos prestan sus servicios a todas las personas sin distinción
Art. 10
Equidad de género
Los servidores públicos, garantizan que tanto mujeres como hombres accedan con las mismas condiciones, posibilidades y oportunidades a los bienes y servicios público
Art. 11
Entorno cultural y ecológico.
Los servidores públicos evitan la afectación del patrimonio cultural de cualquier nación y de los ecosistemas del planeta; asumen una férrea voluntad de respeto, defensa y preservación de la cultura y del medio ambiente
Art. 12
Integridad
Los SP actúan siempre de manera congruente con los principios que se deben observar en el desempeño de un empleo.
Art. 13
Cooperación
Servidores públicos colaboran entre sí y propician el trabajo en equipo para alcanzar los objetivos comunes previstos en los planes y programas gubernamentales
Art. 14
Liderazgo
Los servidores públicos son guía, ejemplo y promotores del Código de Ética y las Reglas de Integridad; fomentan y aplican en el desempeño de sus funciones los principios que la Constitución y la ley les impone, así como aquellos valores adicionales que por su importancia son intrínsecos a la función pública.
Art. 15
Transparencia.
Los servidores públicos protegen los datos personales que estén bajo su custodia; privilegian el principio de máxima publicidad de la información pública.
Art. 16
Rendición de Cuentas
Asumen plenamente la responsabilidad que deriva del ejercicio de su empleo,por lo que informan, explican y justifican sus decisiones y acciones.
Art. 17
derechos humanos
son el conjunto de prerrogativas sustentadas en la dignidad humana, cuya realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral de la persona. este conjunto de prerrogativas se encuentra establecido dentro del orden jurídico nacional, en nuestra Constitución Política, tratados internacionales y las leyes.
Derecho a la vida
Es el principal derecho humano que tienen las personas por el hecho de existir
Igualdad entre mujeres y hombres
Es el derecho que menciona que todas las personas gozan los mismos derechos sin importar su sexo o género.
igualdad ante la ley
Es el derecho que señala que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Constitución
libertad de la persona
En nuestro país se prohíbe la esclavitud en cualquiera de sus formas y toda persona extranjera que llegue a nuestro territorio con esa condición y gozará de la protección de las leyes mexicanas
libertad de imprenta
Es la libertad de las personas para difundir, escribir y publicar opiniones, información e ideas o cualquier contenido, suceso o materia, siempre y cuando no se afecte la estabilidad social, la dignidad o vida de terceros.
libertad de expresión
Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas, ya sea oralmente, por escrito, o a través de las nuevas tecnologías de la información; además, no puede estar sujeto a censura previa sino a responsabilidades ulteriores expresamente fijadas por la ley.
derecho a la libertad de tránsito
Es un derecho de las personas para entrar y salir del país, viajar de un lugar a otro dentro del territorio mexicano o mudar su residencia, sin que se requiera algún permiso o documento legal para hacerlo, con las limitaciones establecidas en la ley.
derecho a la libertad de culto
Toda persona tiene libertad para adoptar, profesar, divulgar o seguir, inclusive de cambiar, la creencia religiosa o filosófica que más le agrade o desee, y de practicar libremente las ceremonias religiosas, devociones, ritos, enseñanzas o demás actos del culto de su religión, ya sea en forma individual o colectiva, tanto en público como en privado, siempre que no afecte la dignidad de la persona o constituya o induzca a cometer algún delito o falta administrativa prevista en la ley.
libertad de conciencia
Toda persona tiene derecho a creer y pensar libremente según sus ideas y convicciones.
Libertad de trabajo
Toda persona tiene derecho a dedicarse a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos. El ejercicio de esta libertad sólo podrá limitarse por determinación de autoridad competente y dentro de los términos que marque la ley.