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El equivalente a cuatro meses del haber y del sobrehaber (4 H+SH+AA), más cuatro meses de asignaciones o cuatro meses del haber de retiro (4 HR), para atender los gastos de sepelio
Pagas de defunción
Es equivalente a veinte días de haber o haber de
retiro (20d H o HR), más asignaciones, en caso de defunción del cónyuge, concubina, concubinario, del padre, de la madre o de algún hijo.
Ayuda para los gastos de sepelio
Es el equivalente al 11% de sus haberes, a partir de la fecha en que causa alta o sea reenganchado hasta que obtenga licencia ilimitada, o bien quede separado del activo o ascienda a oficial
El fondo de trabajo
Se constituye con las aportaciones de una cuota
quincenal equivalente al 6% de sus haberes
El fondo de ahorro
Es el equivalente a cuarenta meses de haberes y sobrehaberes (40m H+SH o SBSP) para las Fuerzas Armadas o del sueldo base de servidor público
SEVIMI (EN ACTIVO)
Es el equivalente a cuarenta meses de su haber de retiro (40m HR)
SEVIMI (RETIRADOS)
Equivalente a 40 meses de haber y el sobrehaber mínimo vigente para las Fuerzas Armadas en la República que corresponda a un Sargento Primero en servicio activo
SEVIMI (personal militar que estudie en planteles militares)
Equivalente a 40 meses de haber y sobrehaber mínimo
vigente para las Fuerzas Armadas en la República Mexicana que corresponda a un soldado
SEVIMI (Defensas Rurales y soldados o marineros del Servicio Militar Nacional obligatorio)
El importe de la prima de éste estará a cargo del Gobierno Federal y será del 2.0% de los haberes y el sobrehaber o del sueldo base de servidor público
Seguro de vida de los militares en servicio

SE CUBRIRÁ POR TRIMESTRES ADELANTADOS
Todas las acciones de cobro de este beneficio prescribirán en dos años para los beneficiarios designados por el asegurado y en tres años para los familiares
Seguro de vida militar
Dictará las disposiciones administrativas internas que estime convenientes para mejorar y regular el servicio del seguro de vida militar
La Junta Directiva
Su cuantía será equivalente a lo que resulte de la suma del haber y sobrehaber mensual mínimo vigente a que tengan derecho los militares conforme a la última jerarquía en que hayan aportado la prima, multiplicado por el factor que corresponda, según los años de servicios efectivos prestados
SECORE
FÓRMULA DEL SECORE
[20-29] --> n-4
[30-35] --> n-3
[36-39] --> n-2
[40-50+] --> n
El importe de la prima mensual de este beneficio se integrará de la siguiente forma:

I. El 3.0% del total de los haberes mensuales de todos los militares en activo;

II. El 3.0% del total de los haberes y sobrehaber mínimo vigente mensual de todos los militares en activo;
SECORE
Las aportaciones de la prima mensual hechas por estos militares, les otorgarán el derecho de que el tiempo en que estén en dichas situaciones les sea considerado como tiempo de servicios efectivos prestados
-Procesados o sentenciados
-Con licencia especial y licencia ilimitada
El derecho del militar a reclamar éstas prescribirá en dos años
el SECORE o la devolución de aportaciones
El pago de la suma asegurada de este beneficio no estará sujeto al impuesto sobre la renta
SECORE
Dictará las disposiciones administrativas internas que mejoren y regulen la administración del seguro colectivo de retiro
La Junta Directiva del Instituto
Vigilará el funcionamiento del SECORE
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público
FÓRMULA DE LA TABLA DE COMPENSACIÓN
[5-7] ---> n+1
[8-19] ---> 2n-6
FÓRMULA DE TABLA DE HABER DE RETIRO POR EDAD LÍMITE
[20] ---> 3n
[21-24] ---> 3n-1
[25] ---> 3n
26 ---> 80%
27 ---> 85%
28 ---> 90%
29 ---> 95%
TABLA DE HABER DE RETIRO PARA INCAPACITADOS EN 2a CATEGORÍA CON MENOS DE 14 AÑOS DE SERVICIOS
>10 ---> 80%
>11 ---> 85%
>12 ---> 90%
>13 ---> 95%
TABLA DE PORCENTAJES QUE SE AUMENTAN AL HABER DE RETIRO
[20-30] ---> n+30
[31-45+] ---> 2n
TABLA DE AÑOS SERVICIOS EN RELACIÓN CON AÑOS CON EL GRADO
[20] ---> 10
[22,24,26,28,30] ---> 20-(n/2)
[35] ---> 4
[40] ---> 3