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¿Que es el comodato?
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Hay comodato si una parte se obliga a entregar a otra una cosa no fungible, mueble o inmueble, para que se sirva gratuitamente de ella y restituya la misma cosa recibida.
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¿Cuales son los caracteres del comodato?
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Nominado; Gratuito; bilateral; no formal; intransferible en principio; de ejecución continuada;
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¿Que es el comodato de plazo determinado?
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Es el que tiene plazo expreso cierto o incierto; o plazo tácito que surge de la finalidad para la cual se presta la cosa.
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¿Que es el comodato precario?
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El que carece de plazo determinado. En este caso el comodante puede reclamar la restitución en cualquier momento. No se sujeta a la fijación del juez como la regla general de las obligaciones con plazo indeterminado. Pero tampoco puede ser ejercido de manera abusiva.
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¿Que pasa si lo que se presta es cosas fungibles?
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El préstamo de cosas fungibles sólo se rige por las normas del comodato si el comodatario se obliga a restituir las mismas cosas recibidas
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¿Quienes tienen prohibido celebrar un comodato?
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a) los tutores, curadores, respecto de los bienes de las personas incapaces o con capacidad restringida, bajo su representación;
b) los administradores de bienes ajenos, públicos o privados, respecto de los confiados a su gestión, excepto que tengan facultades expresas para ello. |
¿Cuales son las obligaciones del comodatario?
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Usar la cosa conforme a su destino; pagar los gastos ordinarios de la cosa; conservar la cosa con prudencia; responder por la perdida, incluso por caso fortuito, de la cosa, a menos que pruebe que habría perecido igual en guarda del comodante; restituir la cosa con frutos y accesorios.
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¿Puede el comodatario negarse a restituir la cosa?
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El comodatario no puede negarse a restituir la cosa alegando que ella no pertenece al comodante, excepto que se trate de una cosa perdida por el dueño o hurtada a éste. Si el comodatario sabe que la cosa que se le ha entregado es hurtada o perdida, debe denunciarlo al dueño para que éste la reclame judicialmente en un plazo razonable.
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¿Que pasa si al cosa es hurtada y el comodatario omite hacer la denuncia?
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El comodatario es responsable de los daños que cause al dueño en caso de omitir la denuncia o si, pese a hacerla, restituye la cosa al comodante. El dueño no puede pretender del comodatario la devolución de la cosa sin consentimiento del comodante o sin resolución del juez.
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¿Con que gastos carga el comodatario? ¿Tiene derecho de retención?
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El comodatario no puede solicitar el reembolso de los gastos ordinarios realizados para servirse de la cosa; tampoco puede retenerla por lo que le deba el comodante, aunque sea en razón de gastos extraordinarios de conservación.
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¿Cuando el comodante puede exigir la restitución de la cosa antes del vencimiento del plazo?
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a) si la necesita en razón de una circunstancia imprevista y urgente;
b) si el comodatario la usa para un destino distinto al pactado, aunque no la deteriore. |
¿Que obligaciones tiene el comodante?
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Entregar la cosa en tiempo y lugar; permitir el uso de la cosa durante el tiempo convenido; responder por los daños causados por los vicios de la cosa que ocultó al comodatario; reembolsar los gastos de conservación extraordinarios, si fueron notificados.
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¿Cuando se extingue el comodato?
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Por destrucción de la cosa; por vencimiento del plazo pactado; por voluntad unilateral del comodatario; por muerte del comodatario, excepto pacto en contrario.
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