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Se decidirán en juicio ordinario, cualquiera que sea su cuantía:
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- Las demandas relativas a derechos honoríficos de la persona
-Las demandas que pretendan la tutela del derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen, y las que pidan la tutela judicial civil de cualquier otro derecho fundamental, salvo las que se refieran al derecho de rectificación, que se tramitará por el juicio verbal - Las demandas sobre impugnación de acuerdos sociales adoptados por juntas o asambleas generales o especiales de socios o de obligacionistas o por órganos colegiados de administración en entidades mercantiles. - Las las demandas en materia de competencia desleal y defensa de la competencia siempre que no versen exclusivamente sobre reclamaciones de cantidad, en cuyo caso 3 se tramitarán por el procedimiento que nos corresponda en función de la cuantía que se reclamé. - Las demandas en que se ejerciten acciones relativas a condiciones generales de contratación en los casos previstos en la legislación sobre esta materia. - Las que versan sobre cualquier asunto relativo a arrendamientos urbanos o rústicos de bienes inmuebles, salvo que se trate de reclamaciones de renta o cantidades debidas por el arrendatario o del desahucio por falta de pago o por extinción del plazo de la relación arrendaticia que se tramitarán por el juicio verbal. -Las qué ejercita una acción de retracto de cualquier tipo. - Cuando se ejercitan las acciones que otorga a las juntas de propietarios y a estos la Ley de Propiedad horizontal, siempre que no versen exclusivamente sobre reclamaciones de cantidad, en cuyo caso se tramitarán por el procedimiento que corresponda. |
Se decidirán en juicio ordinario por razón de la cuantía
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Aquellas demandas cuya cuantía exceda de 6000 € y aquellos cuyo interés económico resulta imposible de calcular, ni siquiera de modo relativo.
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En las demandas que pretendan la tutela del derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen y las que tiran la tutela judicial civil de cualquier otro derecho fundamental será siempre parte
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El Ministerio Fiscal y su tramitación tendrá carácter preferente
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