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LITIGIO
es el conflicto de intereses calificado por la pretensión de uno de los interesados y la resistencia del otro.
PRINCIPIOS DEL PROCESO:
1. Todos los procesos tienen como contenido un litigio.
2. La finalidad es la solución del conflicto o litigio
3. Estructura triangular
4. Poder judicial jerárquicamente organizado
5. Plazo de tiempo razonable
6. Principio de impugnación, poder inconformarse con la sentencia emitida por el juez
7. Cargas procesales, propuestas por Goldschmidt
Fases del proceso
Instrucción y juicio, en la instrucción se fija la litis, se divide en tres fases
Postulatoria:
Probatoria:
Pre conclusiva: Se exponen los alegatos
FORMAS DE SOLUCIÓN DE CONLFICTOS
1. Autotutela o autodefensa: El más fuerte o hábil impone la solución, es la imposición de la pretensión propia en perjuicio del interés ajeno. Tiene dos elementos, la ausencia de un juez y la imposición de una decisión.

2. Autocomposición: Sumisión total o parcial de las pretensiones
En cuántas opciones se divide la autocomposición
En tres.
Desistimiento
Desistimiento: Autocomposición unilateral, es la renuncia procesal de los derechos o pretensiones, se subdivide en:
1. Desistimiento de la demanda
2. Instancia, cuando la demanda ya había sido emplazada
3. De la acción: Renuncia al derecho de demandar para siempre, único que se considera como una forma autocompositiva
Allanamiento
Autocomposición unilateral, sometimiento por parte del demandado a las pretensiones de quien acciona. Existe parcial y liso y llano

Parcial: Sigue el proceso por las que no se aceptan
Liso y llano: Se aceptan todas las pretensiones y se soluciona el litigio
Transacción
Autocomposición bilateral, acuerdo de voluntades, las partes solucionan la controversia, se da por mediación o conciliación
Medicación:
Participa un tercero imparcial que fomenta la convivencia y dialogo, para que lleguen a una solución voluntaria
Conciliación
Participa un tercero que propone estrategias para la solución del conflicto
Heterocomposición
Implica la intervención de un tercero. Existen dos formas hetero compositivas. Arbitraje y Proceso jurisdiccional
Arbitraje
Procedimiento jurisdiccional, en el cual las partes pueden disponer de sus derechos, pactan que se sujetarán a la resolución de un arbitro, emite una resolución denominada laudo. Puede ser de estricto derecho y de equidad.

1) Clausula arbitral: Clausula localizada casi al final de un contrato
2) Compromiso arbitral: Se firma con el surgimiento de un litigio, las partes acuerdan someterse a un arbitraje y renuncian a la jurisdicción estatal
Proceso jurisdiccional
El Estado a través de su poder judicial, mediante la emisión de una sentencia resolverá la controversia
Excluyentes de jurisdicción
Fuero constitucional e inmunidad.
Teoría del proceso
Esfuerzo mental para estudiar y analizar las mejores soluciones para la resolución de controversias.
Concepción tridimencional del derecho procesal
DERECHO PROCESAL:
Conjunto de normas de derecho público para la resolución de un litigio.
FUENTES DEL DERECHO PROCESAL:
La ley, la costumbre, la jurisprudencia, el reglamento y la circular.
DIFERENCIA ENTRE D. ADJETIVO Y D. SUBJETIVO:
Derecho adjetivo = Forma
Derecho sustantivo = Fondo
Ley procesal
Normas que se refieren al derecho adjetivo, regulan la actividad jurisdiccional del Estado, de las partes y de los terceros.

Se caracteriza por regular la sucesión de actos jurídicos realizados, con el objeto de resolver los litigios que surjan por las interpretaciones
PRIMERA LEY PROCESAL:
Fuero Juzgo promulgado en el año 654.
CONCEPTOS FUNDAMENTALES
Acción, jurisdicción y proceso
ACCIÓN:
Es el derecho, la potestad, la facultad o actividad, mediante la cual un sujeto de derecho provoca la función jurisdiccional.

1. Como sinónimo de derecho. Ésta es la doctrina tradicional hoy en día obsoleta.
2. Como sinónimo de pretensión y de demanda. La acción en este supuesto se interpreta como la pretensión de que se tiene un derecho válido y en razón del cual se promueve la demanda respectiva.
3. Como sinónimo de facultad de provocar la actividad de la jurisdicción. Muther
PROCESO COMO INSTANCIA PROYECTIVA:
La acción es una instancia proyectiva, se proyecta a otro tercer sujeto al que vincula y trae a la relación procesal. Tiene dos titulares, el actor y demandado.

la petición, la denuncia, la querella, la queja y el reacercamiento son procesos lineales
ACCIÓN COLECTIVA:
Derecho que tiene determinado grupo social, para solicitar a una autoridad competente, principalmente jurisdiccional, que resuelva una controversia, cuando menos se tienen 30 afectados
PRETENSIÓN PROCESAL
Una intención exteriorizada para someter un interés ajeno al interés propio.
DEMANDA:
Escrito que se presenta ante la oficialía de partes común, puede formularse por escrito u oralmente, contiene pretensiones y va dirigida al Tribunal
RECONVENCIÓN:
demanda judicial que ejerce el demandado, en el mismo proceso judicial, al momento de contestar la demanda . El demandado introduce nuevas peticiones al tribunal frente a la otra parte.

Al actor original se le denominara demandado reconvencional, y al demandado original se le denominara actor reconvencional.
ACTITUDES QUE EL DEMANDADO PUEDE ASUMIR
1. Allanamiento: Aceptar las pretensiones del actor.
2. Confesión: Reconocer los hechos afirmados por el actor como ciertos.
3. Reconocimiento: Admitir los preceptos legales.
4. Denuncia: Citar a terceros responsables que no fueron demandados.
5. Negación de los hechos que el actor relata en su demanda.
6. Negación del derecho que invoca el actor.
7. Oponerse al proceso mismo: Oponiendo excepciones procesales.
8. Oponerse al reconocimiento jurídico de los derechos que alega el actor, afirmando la existencia de derechos extintivos, modificativos, impeditivos de la relación (oponer excepciones sustanciales).
9. Reconvención o contrademanda.
DERECHO DE CONTRADICCIÓN DE DEFENSA O DE EXCEPCIÓN:
derecho fundamental de ser oído y vencido antes de ser juzgado, tener medios adecuados para lla defensa e igualdad de partes
EXECPCIONES, cuál es su división
FONDO: Destruye la acción. Ej. Pago, cosa juzgada, prescripción,
FORMA: Se objeta alguna irregularidad. Ej. Incompetencia del juez, litispendencia (existencia de un juicio idéntico en otro juzgado), improcedencia de la vía, conexidad de la causa (existencia de un juicio parecido en otro juzgado), la excusión,
Diferencia entra la defensa y excepción
a defensa y la excepción radica en que la primera niega las pretensiones, mientras que la segunda utiliza elementos para destruir a la acción o señalar errores en el proceso.
PRESUPUESTOS PROCESALES:
Factores o circunstancias necesarios para que pueda producirse y sostenerse un proceso.

Zepeda nos dice que, son “elementos o circunstancias que dan origen al proceso, determinan la constitución de la relación procesal o aseguran la validez do eficacia de los actos procesales”.
Supuesto
Previo a algún a algún acto procesal
Requisitos
Formas que se deben satisfacer al instar el juicio (Materia y Vía)
Presupuestos
Condiciones que deberán satisfacerse en el futuro dentro de un porceso
PRESUPUESTOS PROCESALES MÁS IMPORTANTES:
1. Competencia del juez
2. Capacidad procesal: Manifestación de la capacidad de ejercicio de una persona física
3. Representación: Actuación en un juicio siempre en nombre de otro, se debe acreditar que se cuenta con autorización legal o contractual.
4. Legitimación procesal: Facultad o autorización que posee un sujeto de derecho para realizar conductas procesales.
5. Interés jurídico procesal, Instar en un proceso.
a) Interés primario: Derecho público, autónomo y abstracto
b) Secundario: Pretensión fundada o infundada de obtener una sentencia favorable
JURISDICCIÓN
Función del Estado, a través de actos proyectados o encaminados a la solución de un litigio o controversia, mediante la aplicación de derecho
Cómo se puede dividir la jurisdicción?

FALTA
1. Jurisdicción común: es la que imparte el Estado a todos sus gobernados, sin acudir a un criterio específico de especialización.
2. Jurisdicción especializada:
3. Extraordinaria: Desempeñada por tribunales organizados especialmente
JURISDICCIÓN VOLUNTARIA:
Se realiza ante los juzgados y no implica la existencia de un proceso, pues no hay un litigio que resolver sino solamente certificar un acto jurídico.
ÓRGANOS JURISDICCIONALES INDEPENDIENTES DEL PODER JUDICIAL:
Esfera o campo dentro del cual un determinado órgano jurisdiccional puede ejercer sus funciones
COMPETENCIA OBJETIVA
Se refiere al órgano jurisdiccional. Existen 4 criterios:
1. Materia: El área jurídica en la que encaja el asunto.
2. Grado: Nivel judicial en el que encaja el asunto.
3. Territorio: Lugar en el que se puede resolver la controversia.
4. Cuantía del asunto: Valor o monto mínimo para acudir ante tribunales.
AMPARO
FALTA
FALTA
Criterios afinidores de la competencia objetiva
1. Turno: Distribución de los nuevos asuntos
2. Prevención: Cuando un juez conoce primero del asunto determina a su favor la competencia
Formas de resolver cuestiones de competencia objetiva
1. Excepción de incompetencia por declinatoria, se presenta ante el mismo juez que considera incompetente. Contesta la demanda ad cautelam.

2. Incompetencia por inhibitoria el demandado acude directamente ante el juez que considera competente pidiéndole que sostenga su competencia
COMPETENCIA SUBJETIVA:
Alude al titular. Se debe tomar en cuenta los impedimentos, aquellas razones que la ley considera como circunstancias de hecho o de derecho que hacen presumir parcialidad del titular de un órgano jurisdiccional.
Ante la presencia de impedimentos, hay dos opciones...
Excusa: El juez deja voluntariamente el asunto por un impedimento

La recusación: El juez no se percata de un impedimento o dandose cuenta no se excusa, por lo que alguna de las partes puede pedir que se recuse
Distinciones conceptuales de los juzgadores
1. El juzgador es el titular de cualquier órgano jurisdiccional.
2. El juez es el titular de un órgano jurisdiccional unipersonal.
3. El magistrado. titular de un órgano judicial de jerarquía superior, de segundo grado o instancia.
4. El juzgado. Éste es un órgano judicial unipersonal y, generalmente, de primera instancia.
5. El tribunal. Órgano judicial.
6. El ministro. titulares de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
7. La corte. SCJN
8. El jurado. tribunal popular por doce personas seleccionadas por sorteo de las listas de ciudadanos.
Juez a Quo
Se designa al juez o tribunal de primera instancia contra cuyas resoluciones se interpone el recurso de apelación
Juez ad quem
Tribunal de segundo grado, se interpone el recurso de apelación
Clasificación de los juzgadores
1. Jueces doctos o letrados: Titulares de órganos judiciales, estudiosos y profesionales del derecho

2. Legos o profanos: No son profesionales autorizados del derecho (Juzgado popular)

3. Instructores: Reciben las peticiones de las partes, conducen el proceso, preparan y reciben las pruebas y escuchan los alegatos

4. Jurisdicentes: Son quienes resuelven el litigio, dictan la sentencia
Poderes del juzgador
Jueces inquisitoriales autoritarios
Jueces dispositivos que permiten a las partes disponer libremente del proceso, no intervienen ni auxilian.
Jueces publicistas, quienes adoptan el principio aristotélico, trato igual a los iguales y desigual a los desiguales. El juez adopta un papel protector.
Figuras que utilizan los jueces publicistas
Suplencia en la deficiencia de la queja: Equilibra a partes corrigiendo errores de parte débil

Prueba para mejor proveer o sentenciar: Juez ordena que se le dé una prueba extra a las partes para dar una sentencia, ya que no tiene elementos suficientes para ello.
Empleados judiciales
Son auxiliares subalternos del juez. Tienen funciones de fedatarios, dan fe pública
Cómo se clasifican los secretarios judiciales
1. Secretarios administrativos auxilian al juez para la buena marcha del juzgado.
2. Secretarios proyectistas redactan los proyectos de sentencias
3. Secretarios de acuerdos dictan decretos y autos para el desarrollo de los procesos
4. Secretarios conciliadores son aquellos que, una vez estudiada la litis, proponen a las partes estrategias de solución a su conflicto
5. Actuarios o ejecutores realizan notificaciones, emplazamientos, requerimientos, embargos y diversas diligencias ordenadas por los jueces.
Qué son las partes y cómo se divide
Son sujetos que integran una relación jurídica. Se dividen en:

Partes formales: Sujetos del proceso, sin verse afectada concretamente por la resolución jurisdiccional, cuenten con atribuciones conferidas por la ley, para impulsar la actividad procesal.

2. Partes materiales: Sujetos a los cuales les afecta directamente la resolución jurisdiccional en cuestión.
Cuáles son los sujetos a la litis
Son los implicados en el litigio, el actor y demandado
Cuáles son los sujetos que intervienen en el proceso?
La relación sustancial pero que participan dentro del proceso, pueden ser, el juez, las partes, los testigos, abogados, péritos
Qué es la capacidad?
Aptitud para ser titular de todos los derechos procesales y asumir las cargas y responsabilidades inherentes del proceso.

Capacidad procesal consistente en la aptitud para realizar válidamente actos procesales.
Qué es el litisconsorcio?
Dos o más personas ejercen una misma acción u oponen una misma excepción.

Misma acción, litisconsorcio activo.
Misma excepción, litisconsorcio pasivo.
Pluralidad de partes
La posición de una de las pares o de ambas y se debe al hecho de que existen varios titulares de la relación sustantiva. Un solo abogado representa a varias personas.
Sustitución de partes
Remplazar una parte por otra, que actúa en nombre propio, ejercitando el derecho del sustituido en su propio interés, puede ser consecuencia de un acto entre vivos o por causa de muerte.
Representación
Una persona realiza actos jurídicos por otra. Existen 4 tipos
1. Judicial
2. Voluntaria
3. Legal
4. Oficiosa (Gestión de negocios)
Patrocinio
El abogado se limita a asesorar, aconsejar, orientar y acompañarlo a las diligencias
Procuración
El abogado actúe por la parte, funge como parte formal
Terceros
Persona que no participa en el acto jurídico que derivó en el proceso, no puede ser considerado una parte dentro del proceso contencioso
Tercerías
Se ve perjudicado y formula una pretensión en litigio incompatible con las demás pretensiones
Proceso
Se presenta cuando se ejerce una acción producto de una pretensión que implica una resistencia al sometimiento de dicha pretensión
Acumulación procesal
Se puede dar en acumulación de partes (Litisconsorcio)
Acumulación de acciones (De pretensiones)
Acumulación de autos (Expedientes)

Se basa en el principio de economía procesal
Procesos con tendencia a la oralidad
1. Concentración de las actuaciones: Reagrupamiento de los actos procesales. Se unen las fases de la instrucción en una o dos audiencias para evitarla dispersión y entorpecimiento del proceso.

2. Identidad entre el juez de instrucción y el juez de decisión: La misma persona física debe de presenciar tanto los actos procesales relativos a la instrucción como pronunciar sentencia.

3. Inmediatez física del juez: Comunicación directa entre el juez y el resto de sujetos que intervienen en el proceso.

4. Inapelabilidad de las resoluciones interlocutorias: Mayor brevedad posible en una resolución del litigio
ESCISIÓN PROCESAL:
Separación de procedimientos.
SUSPENSIÓN DEL PROCESO:
Figura que permite parar el proceso
Extinción del proceso
Presunción de que las partes han abandonado o perdido el interés en el juicio, derivada de la falta de impulso procesal
Plazo
Periodo de tiempo a lo largo del cual se puede realizar un acto procesal
Preclusión
Pérdida de un derecho procesal. Si se vence el plazo para ofrecer pruebas sin que las mismas se ofrezcan, habrá precluido su derecho para hacerlo y ya no se otorgará otra oportunidad
Caducidad de la instancia
Perdida de un derecho procesal. Si se vence el plazo para ofrecer pruebas sin que las mismas se ofrezcan, habrá precluído su derecho para hacerlo y ya no se otorgará otra oportunidad
Acto procesal
Tiene por consecuencia inmediata la constitución, conservación, desenvolvimiento, modificación o definición de una relación procesal. Son manifestaciones de voluntad con relevancia procesal.
Chiovenda cómo clasifica los actos jurídicos procesales
a) Procesales de las partes como demanda
b) Procesales del tribunal tales como autos o decretos
Negocio jurídico
Negocios, pero no son actos procesales, produce efectos deseados por las partes, no influyen en la relación jurídica procesal. EJ:

1. Compromisos arbitrales
2. La prórroga de la competencia
Prueba
Obtención del acreditamiento del juzgador acerca de los hechos discutidos y discutibles, esclarecimiento resulte necesario para la resolución del conflicto.

Es la verificación o confirmación de las afirmaciones de hecho expresadas por las partes.
Derecho probatorio
Sistemas de leyes, reglamentos jurisprudencia y normas en general referidas a la actividad probatoria. Generalmente en los procesos ordinarios se prevé una fase denominada “probatoria” (10 días) que se divide en Cinco grandes partes.
Cómo se divide la fase probatoria
1. Ofrecimiento de pruebas
2. Admisión
3. Preparación
4. Deshago de pruebas ante el juzgador
5. Valoración de las pruebas
Cómo se divide la valoración de las pruebas?
Ordálico
Tasado o legal: La ley indica como valorar la prueba, solo aplica documentos públicos
Libre valoración
Sana crítica: Se debe argumentar porque se le da más valor a una prueba que a otra
Resolución judicial
toda decisión o providencia que dicta un juez o tribunal durante el desarrollo de un proceso. que los órganos jurisdiccionales dictan tres tipos de resoluciones:

1 Decretos

2. Autos:

3. Sentencia:
Decretos
Resoluciones del juez por medio de las cuales dicta medidas encaminadas a la simple marcha del proceso
Autos
Resoluciones judiciales que afectan no solamente a la cuestión procesal, sino también a cuestiones de fondo que surgen durante el proceso y que es indispensable resolver antes de llegar a la sentencia.

Que pone fin a la instancia y contiene la aplicación de la ley, perseguida. Las sentencias interlocutorias son las decisiones que resuelven un incidente promovido antes o después de dictada la sentencia definitiva; y la sentencia definitiva es aquella que pone fin al proceso.
Sentencia
Que pone fin a la instancia y contiene la aplicación de la ley, perseguida. Las sentencias interlocutorias son las decisiones que resuelven un incidente promovido antes o después de dictada la sentencia definitiva; y la sentencia definitiva es aquella que pone fin al proceso.
Sentencia
Resolución judicial que pone fin a un proceso.
Es material cuando: Entra al estudio del fondo y resuelve la controversia mediante la aplicación de la ley general al caso e concreto.

Es formal cuando: Pone fin al proceso, no entra al fondo del asunto ni dirime la controversia, sino que, puede por ejemplo, aplazar la solución
Una sentencia debe estar...
Motivada, debe ser congruente y exhaustiva
Partes de la sentencia
a. Preámbulo (contiene los datos)
b. Resultandos (Resumen de lo ocurrido en el transcurso del proceso)
c. Considerandos (Se considera la parte más importante de la sentencia ya que el juez deberá exponer las razones y los argumentos jurídicos que justifican y legitiman su decisión)
d. Puntos Resolutivos (El juez enumera en ellos si fue procedente la acción intentada y en ellos se encuentran las condenas o las absoluciones para las partes contendientes).
Cosa juzgada
Efecto interno de la resolución, imposibilidad de impugnación de una resolución judicial. La sentencia firme no podrá ser jamás impugnada y la cosa juzgada material equivale a la indiscutabilidad o inmutabilidad.
SENTENCIA DEFINITIVA:
La sentencia definitiva es aquella que pone fin al proceso.
MEDIOS DE IMPUGNACIÓN:
Son los instrumentos procesales ofrecidos a las partes para provocar aquel control sobre la decisión del juez.
VÍAS DE IMPUGNACIÓN:
Apelación, revocación, queja y reposición.