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D administrativo (concepto)
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Es una rama perteneciente al D° publico, que tiene por objeto la creacion, organizacion, funcionamiento y supresion de servicios publicos, la regulacion juridica de la administracion del E° y la relacion de este con los particulares.
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que principios recoge la CPR y son aplicables al D administrativo (5)
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1.- supremacia constitucional
2.- interdiccion de la arbitrariedad 3.- responsabilidad 4.- separacion de poderes 5.- juricidad |
CGR que es
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Es un organo autonomo de rango constitucional que ejerce control de legalidad de los actos de la administracion, fiscaliza los ingresos y egresos de la nacion, entre otros.
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jurisprudencia administrativa
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puede provenir tanto de los trib de justicia, como de los servicios publicos que ostenten facultades jurisdiccionales como la CGR en el juicio de cuentas
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explique el concepto de servicios publicos, cual es su fundamento normativo y señale sus caracteristicas
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● los Servicios publicos: organos administrativos encargados de satisfacer necesidades colectivas, de manera regular y continua.
Estaran sometidos a la dependencia o supervigilancia del presidente de la R. a traves de los respectivos ministerios, cuyas politicas, planes y programa les corresponderá aplicar, sin perjuicio de lo dispuesto en los art 22 inc 3 y 30. ● Su fundamento normativo se encuentra regulado por la ley n 18.575 (LOCBGAE), art 28. ● Sus caracteristicas son: (5) 1. continuidad 2. regularidad 3. uniformidad 4. obligatoriedad 5. permanencia |
autonomia
(concepto) |
Supone la existencia de organos que forman parte de la adm del E°, pero que cuya relacion con el poder central es tenue o inexistente.
Esto le permite actuar con independencia al momento de adoptar sus propias desiciones. ej. banco central. esto debe entenderse en relacion al art 3 CPR |
Centralizacion (concepto)
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Supone una forma de organización publica, en la que una sola administracion publica, la del E° obviamente, asume la responsabilidad de satisfacer todas las necesidades de interes general y, consecuentemente, se atribuye todas las potestades y funciones necesarias para ello. Ej ministerios.
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descentralizacion (concepto)
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* El servicio se presta por una persona juridica publica, creada por el E°, pero distinta de él, con un patrimonio propio y cierta autonomia respecto del poder central.
* Es la atribucion de una competencia (conjunto de fines y medios para satisfacer un fin publico determinado) a una PJ nueva que se crea al efecto, para que pueda actuar libremente, adquiriendo derechos o contrayendo obligaciones, asi como la dotacion y manejo de un patrimonio propio. La descentralizacion puede ser funcional y/o territorial. ej. municipalidades |
administracion publica (concepto)
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Es el conjunto de entes que cuentan con personalidad juridica de D° publico, sea propia o compartida, y que forman parte del poder ejecutivo.
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