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CLASES DE EMPRESA:
1. Según el sector en el que operan: Sector Primario (extraen materias primas), Secundario
(transforman materias primas) o Terciario (Servicios: comerciales y otros). Una empresa puede
operar en más de un sector.
2. Según su tamaño: microempresas (menos de 10 trabajadores), pequeñas (menos de 50),
medianas (entre 50 y 250 trabajadores) y grandes (más de 250 trabajadores)
3. Según su ámbito de actuación: locales, regionales, nacionales y multinacionales
4. Según la titularidad del capital: privadas (objetivo: el máximo beneficio), públicas (con objetivos
sociales) y mixtas (titularidad público y privado con objetivos mixtos).
5. Función básica (industriales y comerciales)
6. Forma jurídica(individual o societaria)
LAS EMPRESAS SEGÚN SU FORMA JURÍDICA
1. ¿EMPRESARIO INDIVIDUAL O SOCIEDAD?
- Empresario individual: una persona aporta el capital, dirige la empresa y asume los riesgos del
negocio.
- Empresa societaria o sociedad: varias personas que, mediante contrato (ESTATUTOS), se obligan
a poner en común capital o trabajo (o ambas cosas) para el desarrollo de una actividad empresarial.
Nace una entidad (persona jurídica) totalmente distinta de las personas que la crean (personas
físicas). Deben constituirse ante notario e inscribirse en el Registro Mercantil, pagan el Impuesto de
Sociedades.
2. ¿SOCIEDAD PERSONALISTA, CAPITALISTA O DE ECONOMÍA SOCIAL?
- Sociedad personalista: lo importante son las características personales y prestigio de los socios,
que aportan capital y trabajo y responden personalmente de las deudas de la sociedad. Dos tipos:
sociedad colectiva y sociedad comanditaria.
- Sociedad capitalista: lo importante es el dinero aportado, que es lo único que arriesga casa socio.
Dos tipos: Sociedad Anónima (S.A.) y Socieda
EL EMPRESARIO INDIVIDUAL
El empresario individual (autónomo o trabajador por cuenta propia) es la persona física que ejerce de
forma habitual y por cuenta propia una actividad empresarial (comercial, industrial o profesional),
respondiendo con todo su patrimonio personal de las deudas que pueda contraer su negocio
(responsabilidad ilimitada). Es la forma habitual en pequeños negocios (que suponen poco riesgo y un
nivel pequeño de inversión). Características principales del empresario individual:
- Debe ser mayor de edad con plena disponibilidad de sus bienes (o un menor con autorización de su
representante legal)
- No se exige capital mínimo
- No hay separación entre los bienes de la empresa y los del empresario, el empresario responde con
todo su patrimonio de las deudas adquiridas en el ejercicio de su negocio (responsabilidad ilimitada)
- El titular desempeña la gestión y la representación de la empresa
- Pagan el Impuesto sobre la Renta (IRPF)
- No es obligatoria la inscripción en el Registro Mercantil (au
VENTAJAS: autonomía para dirigir la empresa y decidir qué hacer con los beneficios.
INCONVENIENTES: se asumen todos los riesgos, dependencia del talento y del trabajo de su fundador y
dificultad para obtener recursos para crecer.
SOCIEDADES PERSONALISTAS
Colectiva
Es una sociedad mercantil de carácter personalista cuyos socios aportan capital y trabajo y responden
de forma personal, ilimitada y solidaria de las deudas sociales. Características:
- Dos socios como mínimo sin capital mínimo necesario.
- La condición de socio es intransferible sin el consentimiento de los demás.
- El beneficio se reparte en función del trabajo y el capital aportado.
- Responsabilidad solidaria, personal e ilimitada de las deudas de la empresa incluso con su
patrimonio personal.
- La gestión la comparten todos los socios salvo que se designen por acuerdo alguno o algunos en
concreto. Las decisiones se toman de común acuerdo.
- Denominación: el de todos los socios (o el de alguno más “y Compañía” o “y Cia.” más Sociedad
Colectiva o S.C.
SOCIEDADES PERSONALISTAS
Comanditaria simple
Es una sociedad mercantil de carácter personalista en la que coexisten dos tipos de socios: los socios
colectivos (iguales en sus características a los de la Sociedad Colectiva) y los socios comanditarios
(que aportan sólo capital, no intervienen en la gestión, tienen responsabilidad limitada a lo aportado y
reciben beneficios en función del capital que hayan aportado). Características:
- Dos socios como mínimo (1 colectivo y 1 comanditario)
- No hay capital mínimo.
- Denominación: el nombre de todos los socios o de alguno de ellos añadiendo “y Cia.” Seguido de
“Sociedad en Comandita”.
SOCIEDADES PERSONALISTAS
Comanditaria por acciones
Es una variante de la sociedad comanditaria en la que el capital aportado está dividido y representado
en acciones. El mínimo de socios es tres y de ellos al menos uno será colectivo y responderá, por
tanto, ilimitadamente de las deudas sociales. En lo demás se regula por la normativa de las
sociedades anónimas.
LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (SL O SRL)
Es una sociedad mercantil, de carácter capitalista, cuyo capital está dividido en partes iguales llamadas
participaciones (no pueden llamarse acciones) y en la que los socios tienen la responsabilidad limitada al
capital aportado. Características:
- Uno o más socios (si es un único socio se denomina Sociedad Limitada Unipersonal o S.L.U.)
- Capital mínimo: 3.005 € íntegramente suscrito y desembolsado en el momento de la
constitución. La aportación puede ser en dinero, bienes o derechos.
- Limitaciones a la transmisión de participaciones y ampliaciones de capital que deben ser aprobadas
en Junta General.
- Responsabilidad limitada al capital aportado.
- Denominación: cualquiera (que no haya elegido otra empresa) + S.L. o S.R.L.
Son dos los órganos de funcionamiento de la S.L.:
- Junta General: órgano supremo donde están presentes o representados todos los socios y sus
funciones son controlar la gestión social, aprobar las cuentas anuales, nombrar a los
Administradores, reformar los estatutos, disolver la sociedad...

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- Administradores: Pueden ser socios o no, gestionan y representan a la sociedad dando cuenta de su
gestión a la Junta General.
DERECHOS DE LOS SOCIOS
Participar en los beneficios y el patrimonio en la liquidación de la sociedad (proporcionalmente a lo
aportado), derecho preferente para adquirir nuevas participaciones en caso de ampliación de capital, votar
en la Junta General (proporcionalmente a lo aportado) y estar informados de la gestión de la sociedad
(actuación de los administradores).
VENTAJAS E INCONVENIENTES
Es una empresa pensada para PYMES y empresas familiares. La principal ventaja es tener la
responsabilidad limitada al capital aportado (protegen el patrimonio familiar) y el princ
LA SOCIEDAD ANÓNIMA
Es una sociedad mercantil, de carácter capitalista, cuyo capital está dividido en partes iguales
denominadas ACCIONES y con la responsabilidad limitada al capital aportado. Características:
- Sociedad capitalista que se constituyen con dinero, bienes y derechos de los socios. A cada socio le
corresponde un número de acciones proporcional a su aportación.
- Capital mínimo: 60.101,21 €, íntegramente suscrito y desembolsado al menos el 25% en el acto
de constitución mediante aportación de dinero, bienes y/o derechos (el 75% restante se irá aportando
posteriormente cuando se fije en los Estatutos).
- Uno o más socios (si es uno se denominará S.A. Unipersonal o S.A.U.)
- Responsabilidad limitada al capital aportado.
- Denominación: cualquiera + S.A.
ÓRGANOS DE GOBIERNO
- Junta General de Accionistas: órgano supremo de la sociedad donde los accionistas deliberan y
votan sobre los asuntos más importantes de la empresa: aprobar los Estatutos, elegir los
administradores y exigirles responsabilidades, aprobar las cuentas anuales... Se votan los asuntos por
mayoría del capital presente o representado (voto proporcional al número de acciones poseídas). Hay
distintas formas de Junta General:
• Junta General Ordinaria: Se reúne en los seis primeros meses del año para valorar la gestión de
los administradores, aprobar las Cuentas Anuales y decidir cómo se reparte el beneficio.
• Junta General Extraordinaria: Para asuntos urgentes que requieren aprobación inmediata.
• Junta General Universal: cuando estando presentes todos los accionistas deciden
voluntariamente constituir y celebrar una junta general.
- Consejo de Administración o Administradores: es el órgano de gestión y representación de la
sociedad. Sus miembros son elegidos por la Junt
LAS EMPRESAS DE ECONOMÍA SOCIAL
SOCIEDAD COOPERATIVA
Son sociedades constituidas por personas con intereses o necesidades comunes que se asocian para
realizar una actividad empresarial dirigida a satisfacerlas. Se inspiran en principios de funcionamiento
democrático y no tienen ánimo de lucro. Los cooperativistas aportan capital y trabajo y tienen su
responsabilidad limitada a lo aportado. Características:
- Se basan en la solidaridad entre los socios y en el principio democrático de “una persona, un voto”
(independientemente de lo que haya aportado).
- Los socios aportan capital y trabajo.
- Responsabilidad limitada al capital aportado.
- Libertad de entrada y salida de socios (por eso se llaman también sociedades de capital variable)
- El capital social mínimo se fija en los Estatutos y se divide en aportaciones nominativas.
- No tiene ánimo de lucro: los beneficios se reinvierten en la empresa y, por ley, una parte debe ir a
un Fondo de Reserva (ahorro como garantía para seguir funcionando) y otra parte a un Fondo de
Educación y Promo
Tipos de Cooperativas: Dos clasificaciones:
1. Según el grado de asociación: pueden ser de primer grado (los socios son personas físicas o
jurídicas) o de segundo grado (los socios son otras cooperativas de primer grado).
2. Según el interés que une a los socios pueden ser:
a. De trabajo asociado donde se asocian trabajadores que aportan bienes y trabajo para
producir bienes y servicios (cooperativas agrícolas que transforman las aceitunas de los socios
en aceite),
b. De venta donde los socios se unen para comercializar sus productos obteniendo mejores
condiciones que por separado (como algunas que promocionan y venden productos típicos de
ciertas comarcas y pueblos)
c. De consumo para obtener productos o servicios en condiciones más favorables de las que
obtendrían comprándolos individualmente (como las cooperativas de educación, vivienda o
crédito como las Cajas Rurales...)

ÓRGANOS DE GOBIERNO
- Asamblea General (órgano de gobierno que consiste en la reunión de todos los socios dond
LAS EMPRESAS DE ECONOMÍA SOCIAL
SOCIEDAD LABORAL
Son sociedades anónimas o limitadas donde la mayoría del capital social (al menos el 51%) pertenece a
trabajadores de la empresa con contrato indefinido. Suelen surgir en épocas de crisis para salvar puestos
de trabajo. Características:
- La condición de sociedad laboral la acredita la administración competente y es necesaria para
inscribir a la empresa en el Registro Mercantil.
- Existen dos clases (SAL y SLL) y tiene dos clases de acciones o participaciones según el socio sea
trabajador (clase laboral) o no (clase general, si los hay)
- Ningún socio puede tener más de un tercio del capital (salvo que sea la administración pública que
puede tener hasta el 49%).
- El 10% de sus beneficios debe ir, por ley, a un Fondo Especial de Reserva (como garantía para el
futuro).
- Su funcionamiento y órganos es igual que SA o SL salvo por restricciones a transmisión acciones y
reserva especial del 10% del beneficio.
VENTAJAS: beneficios fiscales y créditos subvencionados para la realización de inversiones.
INCONVENIENTES: Dificultad para crecer (muchos socios pueden no estar interesados en invertir).