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En este Art. se cita que todas las autoridades, incluidas las Fuerzas Armadas, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos
Art. 1o constitucional
Le otorga al Presidente de la República la facultad y obligación de preservar la seguridad nacional en los términos de la ley respectiva, y disponer de la totalidad de la Fuerza Armada permanente, o sea del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea para la seguridad interior y defensa exterior de la Federación
Art. 89 constitucional, fracción VI
Se entienden, conforme a la ley en la materia, las acciones destinadas de manera inmediata y directa a mantener la integridad, la estabilidad y la permanencia del Estado Mexicano
Seguridad Nacional
La protección de la nación mexicana frente a las amenazas y riesgos que enfrente nuestro país;

La preservación de la soberanía e independencia nacionales y la defensa del territorio;
Seguridad Nacional conlleva a:
El mantenimiento del orden constitucional y el fortalecimiento de las instituciones democráticas de gobierno;

El mantenimiento de la unidad de las partes integrantes de la Federación
Seguridad Nacional conlleva a:
La defensa legítima del Estado Mexicano respecto de otros Estados o sujetos de derecho internacional

La preservación de la democracia, fundada en el desarrollo económico social y político del país y sus habitantes
Seguridad Nacional conlleva a:
Defender la integridad, la independencia y la soberanía de la nación.

Garantizar la seguridad interior.
Misiones Institucionales del Ejército y FAM
Auxiliar a la población civil en casos de necesidades públicas.

Realizar acciones cívicas y obras sociales que tiendan al progreso del país
Misiones Institucionales del Ejército y FAM
En caso de desastre prestar ayuda para el mantenimiento del orden, auxilio de las personas y sus bienes, y la reconstrucción de las zonas afectadas.
Misiones Institucionales del Ejército y FAM
Ha emitido jurisprudencia en la que se sustenta la participación de las Fuerzas Armadas en las labores de seguridad pública cuando las autoridades civiles lo soliciten
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ejército, Armada y Fuerza Aérea. Su participación en auxilio de las autoridades civiles es constitucional (interpretación del artícul0 129 de la Constitución).
Tesis: P./J. 38/2000
Ejército, Fuerza Aérea y Armada. Pueden actuar acatando órdenes del Presidente, con estricto respeto a las garantías individuales, cuando sin llegarse a situaciones que requieran la suspensión de aquéllas, hagan temer, fundadamente, que de no enfrentarse de inmediato sería inminente caer en condiciones graves que obligarían a decretarla.
Tesis: P./J. 37/2000
En todo caso, deben respetar y proteger los derechos humanos de todas las personas.
Ejército y la Fuerza Aérea
Observar las mejores prácticas internacionales en relación con los derechos humanos, absteniéndose de realizar actos violatorios de éstos.
Principios Generales para la Actuación del Personal del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos en Materia de Derechos Humanos
Conducir su actuación con apego al orden jurídico y a los derechos humanos, con absoluta imparcialidad, sin discriminar a las personas
Principios Generales para la Actuación del Personal del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos en Materia de Derechos Humanos
Observar un trato respetuoso hacia las personas, absteniéndose de cualquier acto de arbitrariedad o rebase del límite de las funciones que le han sido expresamente encomendadas, de forma verbal o por escrito.

Apegarse a los principios de legalidad, eficiencia, profesionalismo y honradez
Principios Generales para la Actuación del Personal del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos en Materia de Derechos Humanos
Conocer el orden jurídico mexicano vinculado con los derechos humanos, así como nuestras leyes y reglamentos militares para asegurar su buen desempeño.

Dar respuesta en breve término a todas las peticiones que se formulen, conforme a lo dispuesto en el artícul0 8o CPEUM
Principios Generales para la Actuación del Personal del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos en Materia de Derechos Humanos
Respetar la integridad física de las personas detenidas en tanto se ponen a disposición del Ministerio Público o de la autoridad competente.

Fomentar entre el personal militar que se privilegie la vida en todas sus actividades, desarrollando una cultura de respeto y observancia de los derechos humanos y la legalidad
Principios Generales para la Actuación del Personal del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos en Materia de Derechos Humanos
Desempeñar su misión con apego a los valores del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos: honor, valor, lealtad, disciplina, abnegación, espíritu de cuerpo, patriotismo y honradez, en oposición a cualquier acto de corrupción.

Brindar auxilio a la protección de las personas que son amenazadas por algún peligro, así como de los bienes que le son encomendados; su actuación debe ser digna, congruente, oportuna y apegada al orden jurídico
Principios Generales para la Actuación del Personal del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos en Materia de Derechos Humanos
El personal militar es considerado una autoridad cuando se encuentra en ejercicio de las funciones de su empleo, cargo o comisión; por lo que debe ajustar su actuación al respeto irrestricto a los derechos humanos de todas las personas
Principios Generales para la Actuación del Personal del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos en Materia de Derechos Humanos
Cuando el personal militar se encuentre franco pero hace uso de su investidura o de recursos humanos y/o materiales de la institución puede considerarse, de acuerdo a las circunstancias de cada caso, que INFRINGE la disciplina militar, INCURRE en delitos del orden federal o común y VIOLA derechos humanos de las personas civiles
Principios Generales para la Actuación del Personal del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos en Materia de Derechos Humanos
No se consideran actos de autoridad ni violaciones a los derechos humanos, aquellos conflictos derivados de las relaciones interpersonales en las que actué en su calidad de particular
Principios Generales para la Actuación del Personal del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos en Materia de Derechos Humanos
El o la Presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, sus Visitadores Generales y el personal de esta institución no podrán ser detenidas por actos que realicen en ejercicio de las funciones propias de su cargo
Principios Generales para la Actuación del Personal del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos en Materia de Derechos Humanos
Se debe dar todas las facilidades y el apoyo específico necesario que requieran las y los funcionarios de la CNDH para el buen desempeño de sus labores de investigación de violaciones de los derechos humanos
Principios Generales para la Actuación del Personal del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos en Materia de Derechos Humanos
Es considerado una autoridad cuando se encuentra en ejercicio de las funciones de su empleo, cargo o comisión; por lo que debe ajustar su actuación al respeto irrestricto a los derechos humanos de todas las personas
El personal militar

(Principios Generales para la Actuación del Personal del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos en Materia de Derechos Humanos)
No podrán ser detenidas por actos que realicen en ejercicio de las funciones propias de su cargo
El o la Presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, sus Visitadores Generales y el personal de esta institución

(Principios Generales para la Actuación del Personal del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos en Materia de Derechos Humanos)
Cada Comandante de organismo debe informar oportunamente a la superioridad por conducto de la Dirección General de Derechos Humanos de la Secretaría de la Defensa Nacional, de cualquier petición de la CNDH y de las organizaciones de la sociedad civil a fin de no incurrir en alguna responsabilidad
Principios Generales para la Actuación del Personal del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos en Materia de Derechos Humanos
A las organizaciones de la sociedad civil protectoras de los derechos humanos se les debe indicar que deben dirigir sus peticiones al escalón superior de mando o bien de manera directa a la Dirección General de Derechos Humanos
Principios Generales para la Actuación del Personal del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos en Materia de Derechos Humanos
En el ejercicio de sus atribuciones, únicamente podrá detener a las personas probables responsables de la comisión de un ilícito en e momento en que se esté cometiendo, o bien, inmediatamente después si existe una persecución ininterrumpida (flagrancia), y deberá ponerlos sin demora a disposición de la autoridad competente
El personal militar

(Principios Generales para la Actuación del Personal del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos en Materia de Derechos Humanos)
Debe informar oportunamente a la superioridad por conducto de la Dirección General de Derechos Humanos de la Secretaría de la Defensa Nacional, de cualquier petición de la CNDH y de las organizaciones de la sociedad civil a fin de no incurrir en alguna responsabilidad
Cada Comandante de organismo

(Principios Generales para la Actuación del Personal del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos en Materia de Derechos Humanos)
Se les debe indicar que deben dirigir sus peticiones al escalón superior de mando o bien de manera directa a la Dirección General de Derechos Humanos
A las organizaciones de la sociedad civil protectoras de los derechos humanos

(Principios Generales para la Actuación del Personal del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos en Materia de Derechos Humanos)
Quienes realizan la detención se identifiquen plenamente.
Derechos constitucionales que tienen las personas detenidas
Que su detención atienda a un mandamiento de la autoridad competente que lo ordene, excepto en caso de flagrancia. En todo caso deberá ser informada del motivo de su detención

De no haber flagrancia, se le muestre la orden de detención o de aprehensión
Derechos constitucionales que tienen las personas detenidas
Ser puesta a disposición de la autoridad competente de manera inmediata.

Ser trasladada de inmediato ante la autoridad competente que mandata su detención o bien ante la autoridad ministerial en casos de flagrancia.
Derechos constitucionales que tienen las personas detenidas
Guardar silencio.

Se respete su integridad física y/o psicológica.

Ser asistida por su defensor, y que en caso de que no cuente con uno, el Estado se lo asignará
Derechos constitucionales que tienen las personas detenidas
Jamás se le puede golpear, dejar sin comer, amenazar, ni obligar en forma alguna a declarar en su contra o en determinado sentido.

Recibir atención médica inmediata, en caso de que se encuentren heridas o enfermas y ser canalizadas a la autoridad competente
Derechos constitucionales que tienen las personas detenidas
Comunicarse con su abogado o abogada, familiar, o persona de confianza, aun antes de que se presente a declarar.

Declarar en presencia de su defensor
Derechos constitucionales que tienen las personas detenidas
Si no habla o no entiende suficientemente el castellano, se le asignará alguien que le traduzca.
Derechos constitucionales que tienen las personas detenidas
Siendo extranjeras, se informará a las autoridades consulares correspondientes.

Que se presuma su inocencia mientras no se declare su responsabilidad, por autoridad competente
Derechos constitucionales que tienen las personas detenidas
En ÉSTE CONGRESO se aprobaron los principios básicos sobre el empleo de la fuerza y armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley
VIII Congreso de las Naciones Unidas sobre la Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en la Habana, Cuba, del 27 agosto al 7 de septiembre de 1990
Debe ajustar su conducta a fin de evitar hacer uso ilegítimo de la fuerza y de las armas de fuego en perjuicio de las personas a las que se pretende detener, someter o asegurar.
El personal militar
Debe ajustar su conducta, entre otros, a los Principios básicos sobre el empleo de la fuerza y armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, así como al Manual del Uso de la Fuerza
El personal militar
Los principios comunes y esenciales que rigen el uso legítimo de la fuerza y de las armas de fuego por los funcionarios o servidores públicos encargados de hacer cumplir la ley, son:
Oportunidad
Proporcionalidad
Racionalidad
Legalidad
Cuando se utiliza en el momento en que se requiere. Ante situaciones que pongan en peligro o riesgo la vida de civiles se debe proteger la integridad física de las personas involucradas y sus bienes
Oportunidad
Cuando se utiliza en la magnitud, intensidad y duración necesarias para lograr el control de la situación, atendiendo al nivel de resistencia o de agresión que se enfrente
Proporcionalidad
Cuando su utilización es producto de una decisión en la que se valora el objetivo que se persigue, las circunstancias de la agresión, las características personales y las capacidades tanto del sujeto a controlar como de usted, y que dada la circunstancia no puede recurrir a otro medio
Racionalidad
Cuando su uso es desarrollado con apego a la normativa vigente y con respeto a los derechos humanos
Legalidad
Para que el uso de la fuerza sea proporcional se debe realizar una evaluación de la situación a fin de adoptar el nivel de fuerza que corresponda a la conducta de la persona y/o la resistencia que opone mediante:
Disuasión
Persuasión
Fuerza no letal
Fuerza letal
Acto de presencia.
Disuasión
Contacto visual e instrucciones verbales, para que el presunto transgresor de la ley desista
Persuasión
Controlar a una persona en los casos de resistencia no agresiva y agresiva.
Fuerza no letal
Utilización de medios letales (armas de fuego, contundentes e improvisadas) para proteger la vida propia o de terceros
Fuerza letal
Establece la causa de exclusión de delito
Legítima defensa

Art. 15, fracción IV, del Código Penal Federal
Es entendida como “la repulsa de una agresión actual, inminente y sin derecho, utilizando la racionalidad de los medios en relación al daño que se pretende causar, ya sea de bienes jurídicos propios o de terceras personas
La legítima defensa
Se entiende como la acción de repeler el ataque injustificado que está sucediendo en el momento o que está por suceder
Repulsa
Se deben entender como la vida, la integridad corporal, la propiedad
Bienes jurídicos
Debe entenderse en el sentido de que el medio empleado para repeler la agresión no deba ser excesivo, es decir, que el nivel de fuerza a emplear sea el mínimo necesario para neutralizar el acto o amenaza hostil procurando causar el menor daño posible.
Racionalidad
Cuando reviste caracteres de inminencia o dura todavía, de tal suerte que lo que importa para los efectos del derecho penal es la amenaza creada por aquella persona, y no la actualidad de la lesión que sufre quien se defiende
El ataque es actual
Lo que la caracteriza es que el rechazo de la agresión se realice mientras ésta persista, esto es, en tanto que pone en peligro la integridad corporal o la vida de quien se defiende y aún la de una o un tercero.
A la legítima defensa
La reacción defensiva efectuada después de consumado el acto o intención hostil y el peligro que se pretende la motivaron, no puede considerarse como legítima defensa ni exime de responsabilidad penal a la o el agente activo del delito.
Excepciones a la excluyente de legítima defensa
Los actos ejecutados en contra de quien resulte con alguna ofensa con posterioridad a la consumación de su agresión realizada, no constituyen legítima defensa, sino ACTOS DE REPRESALÍA O VENGANZA cuya ilegalidad impide que la responsabilidad penal se excluya por tal concepto.
Excepciones a la excluyente de legítima defensa
Son los actos ejecutados en contra de quien resulte con alguna ofensa con posterioridad a la consumación de su agresión realizada
Actos de represalia o venganza
Se ha materializado en los planes y programas de estudios de los diferentes planteles militares y cursos de capacitación para desarrollar una cultura y doctrina
El tema de los derechos humanos en el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
Con base en ÉSTOS, se estructura para su estudio la asignatura de derechos humanos respondiendo a los diversos niveles educativos, a los grados jerárquicos y a las funciones que desarrollarán los discentes
PERFILES DE EGRESO
Establece objetivos, estrategias y líneas de acción tendentes a asegurar el respeto de los derechos humanos en la administración pública federal, impulsando su promoción y defensa.
Programa Nacional de Derechos Humanos
Tiene como misión atender los requerimientos e inconformidades que en materia de derechos humanos se interpongan en contra de elementos pertenecientes a la Secretaría de la Defensa Nacional, así como promover y fomentar la cultura de respeto a los derechos humanos
Dirección General de Derechos Humanos

Acciones de SEDENA
Fecha en que pasó su revista de entrada la Dirección General de Derechos Humanos
1 de enero de 2008
Revista de entrada la Dirección General de Derechos Humanos
Sistema educativo militar
Capacitación.
Otras acciones
Acciones de SEDENA
En los planes y programas de estudio con carácter permanente, se incluyó la asignatura de derechos humanos y Derecho Internacional Humanitario.

En el Centro de Estudios del Ejército y Fuerza Aérea (C.E.E.F.A.), se imparte el curso de formación de profesores en derechos humanos
Sistema educativo militar.

Acciones de SEDENA
Se han otorgado becas en instituciones civiles y extranjeras para que el personal militar realice estudios en materia de derechos humanos, asimismo, se programan cursos, diplomados, talleres, seminarios y conferencias en coordinación con la Comisión Nacional de los Derechos Humanos
CAPACITACIÓN

Acciones de SEDENA
Desde esta fecha, la materia de derechos humanos se aplica en los concursos de las promociones especial y general
1998

(otras acciones-Acciones de SEDENA)
1. Manual de Derechos Humanos para el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.
2. Manual de Derecho Internacional Humanitario.
3. Protocolo I Adicional a los Convenios de Ginebra de 1949.
4. Cartilla de Derechos Humanos para el Ejército y Fuerza Aérea.
5. Convenios de Ginebra
Edición de materiales

Otras acciones-Acciones de SEDENA
Se fortaleció una cultura institucional de igualdad de oportunidades, perspectiva de género, respeto a los derechos humanos de las mujeres, a fin de combatir la violencia de género y la discriminación
Otras acciones-Acciones de SEDENA
Atiende las necesidades de información de la ciudadanía, sobre la difusión de la cultura de respeto a los derechos humanos y la estadística de quejas por presuntas violaciones a los derechos humanos
La Secretaría de la Defensa Nacional

Otras acciones-Acciones de SEDENA
Tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos
Todas las autoridades, incluidas las Fuerzas Armadas