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INTRODUCCIÓN
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El director de un centro educativo juega un papel clave en la gestión y administración del mismo. Es responsable de tomar decisiones importantes que afectan a los estudiantes, el personal docente y administrativo, así como a la comunidad educativa en general. La legislación vigente en Guatemala establece las funciones del director de un centro educativo, pero también existen otras fuentes que se refieren a las mismas. En este sentido, se ha realizado una investigación para determinar cuáles son las funciones que deben cumplir los directores de los centros educativos en Guatemala.
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FUNCIONES DEL DIRECTOR DE UN CENTRO EDUCATIVO SEGÚN LA LEGISLACIÓN VIGENTE EN GUATEMALA
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1. Planificar, organizar, dirigir y evaluar el proceso educativo.
2. Establecer y aplicar políticas y normas para el buen funcionamiento del centro educativo. 3. Fomentar la participación activa de los padres de familia en la educación de sus hijos. 4. Coordinar y supervisar el trabajo del personal docente y administrativo |
FUNCIONES DEL DIRECTOR DE UN CENTRO EDUCATIVO SEGÚN LA LEGISLACIÓN VIGENTE EN GUATEMALA
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5. Realizar la gestión administrativa y financiera del centro educativo.
6. Promover la capacitación y formación continua del personal docente y administrativo. 7. Propiciar el desarrollo de actividades culturales, deportivas y recreativas en el centro educativo. 8. Velar por la seguridad y bienestar de los estudiantes. |
OTRAS FUNCIONES DEL DIRECTOR DENTRO DEL CENTRO EDUCATIVO:
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- Establecer y mantener una comunicación efectiva y fluida con los diferentes actores que intervienen en el proceso educativo, incluyendo padres de familia, estudiantes, docentes y autoridades educativas.
- Promover la inclusión educativa y la atención a la diversidad en el centro educativo. - Fomentar la investigación educativa y la innovación pedagógica en el centro educativo |
OTRAS FUNCIONES DEL DIRECTOR DENTRO DEL CENTRO EDUCATIVO:
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- Propiciar la integración de las tecnologías de la información y la comunicación en el proceso educativo.
- Velar por el cumplimiento de los derechos humanos y la protección de los derechos de la infancia en el centro educativo |
CONCLUSIÓN
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El director de un centro educativo en Guatemala tiene múltiples funciones que deben cumplir para garantizar el buen funcionamiento del centro educativo y el éxito académico de los estudiantes. Estas funciones incluyen la planificación, organización, dirección y evaluación del proceso educativo, la gestión administrativa y financiera del centro educativo, la coordinación y supervisión del trabajo del personal docente y administrativo, la promoción de la participación activa de los padres de familia en la educación de sus hijos, entre otras. Además, el director debe tener habilidades de comunicación efectiva, fomentar la inclusión educativa, propiciar la investigación educativa y la innovación pedagógica, integrar las tecnologías de la información y la comunicación en el proceso educativo y velar por el cumplimiento de los derechos humanos y la protección de los derechos de la infancia
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REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
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Congreso de la República de Guatemala. (1997). Ley de educación nacional. Decreto número 12-91. Recuperado de https://www.congreso.gob.gt/wp-content/uploads/2014/01/Ley-de-Educaci%C3%B3
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