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¿Que dos grandes regímenes patrimoniales puede haber en el matrimonio?
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Régimen de comunidad y régimen de separación de bienes.
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¿Como se define el régimen de comunidad?
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El elemento típico es la formación de una masa de bienes que pertenece a los dos esposos y que ha de repartirse entre ellos o entre el sobreviviente y los herederos del muerto, al disolverse. Importa el derecho al goce común de los bienes durante el matrimonio.
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¿Como se define el régimen de separación de bienes?
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No confireen a los esposos expectativas comunes sobre los bienes adquiridos o ganados por cada uno de ellos. Cada bien sigue perteneciendo al cónyuge adquiriente.
Cada cónyuge responde individualmente por las deudas que contrae y los bienes del otro no quedan afectados, en principio, por esa responsabilidad. |
¿Que son las convenciones matrimoniales?
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Son los pactos entre los cónyuges relativos a los bienes, ya sea adoptando un determinado régimen de relaciones patrimoniales que la ley autoriza a convenir, o modificando parcialmente el régimen. Solo son admisibles las convenciones que contengan cláusulas autorizadas por ley.
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¿Cual es la forma de las convenciones matrimoniales?
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Las convenciones matrimoniales deben ser hechas por escritura pública antes de la celebración del matrimonio, y sólo producen efectos a partir de esa celebración en tanto el matrimonio no sea anulado.
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Antes de la celebración del matrimonio los futuros cónyuges pueden hacer convenciones que tengan únicamente los objetos siguientes:
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a) la designación y avalúo de los bienes que cada uno lleva al matrimonio;
b) la enunciación de las deudas; c) las donaciones que se hagan entre ellos; d) la opción que hagan por alguno de los regímenes patrimoniales previstos en este Código. Toda convención entre los futuros cónyuges sobre cualquier otro objeto relativo a su patrimonio es de ningún valor. |
¿Que reglas se aplican en la donación por convención matrimonial?
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Las donaciones hechas en las convenciones matrimoniales se rigen por las disposiciones relativas al contrato de donación. Sólo tienen efecto si el matrimonio se celebra.
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¿Que condición implicita lleva la donación por un 3ro en razón de matrimonio?
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Las donaciones hechas por terceros a uno de los novios, o a ambos, o por uno de los novios al otro, en consideración al matrimonio futuro, llevan implícita la condición de que se celebre matrimonio válido.
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¿Cual es el concepto de "disposiciones comunes a todos los regímenes"?
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Que cualquiera sea el régimen patrimonial que rige respecto de un matrimonio, de comunidad o de separación de bienes, son aplicables normas destinadas a la protección de intereses familiares, inderogables por los cónyuges.
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¿A que deben contribuir ambos cónyuges obligatoriamente?
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A su propio sostenimiento, el del hogar y el de los hijos comunes, en proporción a sus recursos. Se extiende la O a las necesidades de los hijos menores de edad, con capacidad restringida o con discapacidad de uno de los cónyuges que conviven en ellos. El trabajo en el hogar se computa como contribución a las cargas.
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¿Cuando hay responsabilidad solidaria de ambos cónyuges?
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En ppio cada cónyuge responde por sus propias deudas. Existe responsabilidad solidaria respecto de obligaciones contraídas para atender las necesidades ordinarias del hogar o el sostenimiento y educación de los hijos.
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¿Que actos de disposición requieren el asentimiento de ambos cónyuges?
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Ninguno de los cónyuges puede, sin el asentimiento del otro, disponer de los derechos sobre la vivienda familiar, ni de los muebles indispensables de ésta, ni transportarlos fuera de ella. El que no ha dado su asentimiento puede demandar la nulidad del acto o la restitución de los muebles dentro del plazo de caducidad de seis meses de haberlo conocido, pero no más allá de seis meses de la extinción del régimen matrimonial.
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¿Como debe ser dicho asentimiento?
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En todos los casos en que se requiere el asentimiento del cónyuge para el otorgamiento de un acto jurídico, aquél debe versar sobre el acto en sí y sus elementos constitutivos.
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¿Cuando se puede "Evitar" el consentimiento del otro cónyuge?
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- Con autorización judicial si éste está ausente, es persona incapaz, está transitoriamente impedido de expresar su voluntad, o si su negativa no está justificada por el interés de la familia
- Por mandato otorgado de un cónyuge al otro, excepto disposición de la vivienda familiar. |
¿Son validos los actos de disposición realizados por un cónyuge sobre bienes muebles no registrables?
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Si, siempre y cuando no sean muebles indispensables del hogar o de los objetos destinados al uso personal del otro cónyuge o al ejercicio de su trabajo o profesión.
En tales casos, el otro cónyuge puede demandar la nulidad dentro del plazo de caducidad de seis meses de haber conocido el acto y no más allá de seis meses de la extinción del régimen matrimonial. |
¿Que pasa si no se especifica que régimen patrimonial tendrá un matrimonio?
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Subsidiariamente se aplicará el régimen de comunidad.
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¿Que bienes se consideran propios? Nombrar
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-Los bienes aportados al matirmonio
-Bienes de uso personal o pertenencias personales -Bienes adquiridos por herencia, legado o donación durante la comunidad -Bienes propios por subrogación real -Consumo - o enajenación- de bienes propios sin reinversión -Adquisiciones onerosas mediante el empleo simultaneo de fondos propios y gananciales. - Mejoras en bienes propios -Bienes adquiridos por causa o título anterior a la celebración del matrimonio -Productos de bienes propios - Indemnizaciones por daños personales. -Jubilaciones y pensiones. -Rentas vitalicias en favor de uno de los cónyuges - Derechos intelectuales. -Seguros |
¿Que bienes se consideran gananciales?
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Son los bienes creados, adquiridos por título oneroso o comenzados a poseer durante la comunidad por uno u otro de los cónyuges, o por ambos en conjunto, siempre que no estén incluidos en la enunciación del art 464. Hay presunción de ganancialidad.
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Nombrar los bienes gananciales del 465.
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-Adquisiciones onerosas
-Adquisiciones fortuitas -Frutos de los bienes propios -Utilidades o dividendos de acciones o de un fondo de comercio -Frutos civiles de la profesión, industria o comercio -Usufructo de los bs de los hijos -Mejoras sobre bienes propios -Bienes adquiridos con posteridad a la disolución de la sociedad cónyugal pero con título anterior |
¿Como se prueba el carácter propio o ganancial de un bien?
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Se presume, excepto prueba en contrario, que son gananciales todos los bienes existentes al momento de la extinción de la comunidad. Respecto de terceros, no es suficiente prueba del carácter propio la confesión de los cónyuges.
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¿Como se hace para que sea oponible a terceros el carácter propio de los bienes registrables adquiridos durante la comunidad por inversión o reinversión de bienes propios?
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Es necesario que en el acto de adquisición se haga constar esa circunstancia, determinándose su origen, con la conformidad del otro cónyuge. En caso de no podérsela obtener, o de negarla éste, el adquirente puede requerir una declaración judicial del carácter propio del bien, de la que se debe tomar nota marginal en el instrumento del cual resulta el título de adquisición. El adquirente también puede pedir esa declaración judicial en caso de haberse omitido la constancia en el acto de adquisición.
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¿Como operan las deudas de los cónyuges en el régimen de comunidad?
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Cada uno de los cónyuges responde frente a sus acreedores con todos sus bienes propios y los gananciales por él adquiridos.
Por los gastos de conservación y reparación de los bienes gananciales responde también el cónyuge que no contrajo la deuda, pero sólo con sus bienes gananciales. |
¿Que pasa si un cónyuge sufre un detrimento patrimonial para solventar deudas de la comunidad o viceversa?
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El cónyuge cuya deuda personal fue solventada con fondos gananciales, debe recompensa a la comunidad; y ésta debe recompensa al cónyuge que solventó con fondos propios deudas de la comunidad.
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¿Como es la gestión de los bienes propios?
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Cada uno de los cónyuges tiene la libre administración y disposición de sus bienes propios, excepto lo dispuesto en el art 456. (asentimiento de ámbos cónyuges)
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Si bien la administración y disposición de los bienes gananciales corresponde al cónyuge que lo adquirió, es necesario el asentimiento del otro para enajenar o gravar los siguientes bienes:
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a) Los bienes registrables.
b) Las acciones nominativas no endosables y las no cartulares. c) Las participaciones en sociedades no exceptuadas. d) Los establecimientos comerciales, industriales o agropecuarios. |
¿Como se administran y disponen los bienes adquiridos conjuntamente por los cónyuges?
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La administración y disposición de los bienes adquiridos conjuntamente por los cónyuges corresponde en conjunto a ambos, cualquiera que sea la importancia de la parte correspondiente a cada uno. En caso de disenso entre ellos, el que toma la iniciativa del acto puede requerir que se lo autorice judicialmente en los términos del artí**** 458.
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¿Que pasa si no se puede probar la pertenencia exclusiva de un bien?
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Se reputa que pertenecen a los dos cónyuges por mitades indivisas los bienes respecto de los cuales ninguno de ellos puede justificar la propiedad exclusiva.
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¿Por que causas se extingue la comunidad?
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a) la muerte comprobada o presunta de uno de los cónyuges;
b) la anulación del matrimonio putativo; c) el divorcio; d) la separación judicial de bienes; e) la modificación del régimen matrimonial convenido. |
¿En que casos se puede pedir la separación judicial de bienes?
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a) si la mala administración del otro le acarrea el peligro de perder su eventual derecho sobre los bienes gananciales;
b) si se declara el concurso preventivo o la quiebra del otro cónyuge; c) si los cónyuges están separados de hecho sin voluntad de unirse; d) si por incapacidad o excusa de uno de los cónyuges, se designa curador del otro a un tercero. |
¿Pueden los acreedores del cónyuge promover una acción de separación de bienes por vía de subrogación?
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No. La acción de separación de bienes no puede ser promovida por los acreedores del cónyuge por vía de subrogación.
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¿Como se administran los bienes en la indivisión postomunitaria?
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Si durante la indivisión postcomunitaria los ex cónyuges no acuerdan las reglas de administración y disposición de los bienes indivisos, subsisten las relativas al régimen de comunidad, en cuanto no sean modificadas en esta Sección.
Cada uno de los copartícipes tiene la obligación de informar al otro, con antelación razonable, su intención de otorgar actos que excedan de la administración ordinaria de los bienes indivisos. El segundo puede formular oposición cuando el acto proyectado vulnera sus derechos. |
¿Que medidas protectorias pueden exigir los ex cónyuges en la indivisión postcomunitaria?
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a) la autorización para realizar por sí solo un acto para el que sería necesario el consentimiento del otro, si la negativa es injustificada;
b) su designación o la de un tercero como administrador de la masa del otro; su desempeño se rige por las facultades y obligaciones de la administración de la herencia. |
¿Como se regula el uso de los bienes indivisos?
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Cada copartícipe puede usar y disfrutar de los bienes indivisos conforme a su destino, en la medida compatible con el derecho del otro.
Si no hay acuerdo, el ejercicio de este derecho es regulado por el juez. |
¿Que pasa si hay uso y goce exclusivo de un bien indiviso? ¿Hay derecho de indemnización?
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El uso y goce excluyente sobre toda la cosa en medida mayor o calidad distinta a la convenida, sòlo da derecho a indemnizar al copartícipe a partir de la oposición fehaciente, y en beneficio del oponente.
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¿Que sucede con los frutos y rentas que genera un bien indiviso?
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Los frutos y rentas de los bienes indivisos acrecen a la indivisión. El copropietario que los percibe debe rendición de cuentas, y el que tiene el uso o goce exclusivo de alguno de los bienes indivisos debe una compensación a la masa desde que el otro la solicita.
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¿Que se hace una vez extinguida la comunidad?
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Extinguida la comunidad, se procede a su liquidación. A tal fin, se establece la cuenta de las recompensas que la comunidad debe a cada cónyuge y la que cada uno debe a la comunidad.
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¿Que cargas son a cargo de la comunidad?
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Son a cargo de la comunidad:
a) las obligaciones contraídas durante la comunidad, no previstas en el art siguiente; b) el sostenimiento del hogar, de los hijos comunes y de los que cada uno tenga, y los alimentos que cada uno está obligado a dar; c) las donaciones de bienes gananciales hechas a los hijos comunes, y aun la de bienes propios si están destinados a su establecimiento o colocación; d) los gastos de conservación y reparación de los bienes propios y gananciales. |
¿Que obligaciones son personales a los cónyuges?
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a) las contraídas antes del comienzo de la comunidad;
b) las que gravan las herencias, legados o donaciones recibidos por uno de los cónyuges; c) las contraídas para adquirir o mejorar bienes propios; d) las resultantes de garantías personales o reales dadas por uno de los cónyuges a un tercero, sin que de ellas derive beneficio para el patrimonio ganancial; e) las derivadas de la responsabilidad extracontractual y de sanciones legales. |
¿Que es el derecho a recompensa?
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Que la comunidad debe recompensa al cónyuge si se ha beneficiado en detrimento del patrimonio propio, y el cónyuge a la comunidad si se ha beneficiado en detrimento del haber de la comunidad.
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¿Como se prueba el derecho a recompensa?
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La prueba del derecho a recompensa incumbe a quien la invoca, y puede ser hecha por cualquier medio probatorio.
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¿Cuando se liquida la comunidad?
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Disuelta la comunidad, la partición puede ser solicitada en todo tiempo, excepto disposición legal en contrario.
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¿Como se divide la masa común?
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La masa común se divide por partes iguales entre los cónyuges, sin consideración al monto de los bienes propios ni a la contribución de cada uno a la adquisición de los gananciales. Si se produce por muerte de uno de los cónyuges, los herederos reciben su parte sobre la mitad de gananciales que hubiese correspondido al causante. Si todos los interesados son plenamente capaces, se aplica el convenio libremente acordado.
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¿Que es la atribución preferencial?
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Que uno de los cónyuges puede solicitar la atribución preferencial de los bienes amparados por la propiedad intelectual o artística, de los bienes de uso relacionados con su actividad profesional, del establecimiento comercial, industrial o agropecuario por él adquirido o formado que constituya una unidad económica, y de la vivienda por él ocupada al tiempo de la extinción de la comunidad, aunque excedan de su parte en ésta, con cargo de pagar en dinero la diferencia al otro cónyuge o a sus herederos. Habida cuenta de las circunstancias, el juez puede conceder plazos para el pago si ofrece garantías suficientes.
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¿Quien carga con los gastos del inventario y división de bienes?
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Los gastos a que dé lugar el inventario y división de los bienes de la comunidad están a cargo de los cónyuges, o del supérstite y los herederos del premuerto, a prorrata de su participación en los bienes.
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¿Como es el sistema de separación de bienes?
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En el régimen de separación de bienes, cada uno de los cónyuges conserva la libre administración y disposición de sus bienes personales, excepto lo dispuesto en el artí**** 456.(Actos que requieren asentimiento)
Cada uno de ellos responde por las deudas por él contraídas, excepto lo dispuesto en el artí**** 461 (Responsabilidad solidaria). |
¿Como se demuestra la propiedad exclusiva de un bien en el sistema de separación de bienes?
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Tanto respecto del otro cónyuge como de terceros, cada uno de los cónyuges puede demostrar la propiedad exclusiva de un bien por todos los medios de prueba. Los bienes cuya propiedad exclusiva no se pueda demostrar, se presume que pertenecen a ambos cónyuges por mitades.
Demandada por uno de los cónyuges la división de un condominio entre ellos, el juez puede negarla si afecta el interés familiar. |