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¿Cual era el concepto de matrimonio hasta 2010?
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La unión de un hombre y una mujer con el fin de lelvar a cabo un proyecto de vida en común basado en la asistencia recíproca y la procreación y educación de la prole.
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¿Cual es el concepto actual de matrimonio?
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Es una institución civil donde los esposos se comprometen a desarrollar un proyecto de vida en común basado en la cooperación, la convivencia y el deber moral de fidelidad. Deben prestarse asistencia mutua.
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¿Que naturaleza jurídica tiene el matrimonio?
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Se lo ve como una institución, es la caracterización a partir del estado de familia que se crea con la unión matrimonial. Así, con la celebración nace un conjunto de relaciones jurídicas entre los esposos, las familias de ambos a través de los lazos de afinidad y la de los cónyuges con sus hijos, que permiten entender al matrimonio como acto fundacional de la familia.
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¿Cuales son los principios que rigen el matrimonio?
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Ppio de unidad (monogamia)
Ppio de estabilidad o permanencia Ppio de legalidad. |
¿Reconoce el ccyc esposales futuros?
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Este Código no reconoce esponsales de futuro. No hay acción para exigir el cumplimiento de la promesa de matrimonio ni para reclamar los daños y perjuicios causados por la ruptura, sin perjuicio de la aplicación de las reglas del enriquecimiento sin causa, o de la restitución de las donaciones, si así correspondiera.
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¿Cuales son los requisitos de existencia del matirmonio?
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Se requiere:
-El pleno y libre consentimiento -Intervención de oficial público |
¿Cuales son los requisitos de validez del matrimonio?
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Los requisitos de existencia + la falta de impedimentos matrimoniales.
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¿Cuales son los derechos y deberes de los cónyuges?
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Deber de establecer un proyecto de vida en común.
Deber de cooperación. Deber de convivencia. Deber de prestarse asistencia recíproca. Deber moral de fidelidad. Deber de alimentos. (el único coercible) |
¿Que son los impedimentos matrimoniales?
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Son prohibiciones establecidas por la ley que afectan a las personas para contraer matrimonio y que se encuentran predeterminadas por el legislador.
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¿Como se clasifican los impedimentos?
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Dirimentes e impidentes: Los dirimentes habilitan la acción de nulidad, los impedientes acarrean otra sanción o cumple función preventiva.
Absolutos o relativos: Absolutos aquellos que obstan a la celebración del matrimonio con cualquier persona, relativos con determinads personas. Perpetuos o temporales: Dispensables e indispensables. |
Enumerar los impedimentos matrimoniales DIRIMENTES INDISPENSABLES.
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-El parentesco en línea recta en todos los grados y entre hermanos bilaterales y unilaterales, cualquiera sea el orígen del vínculo.
- El parentesco por afinidad. - El ligamen, matrimonio anterior mientras subsista. - El condenado como autor cómplice o instigador del homicidio doloso de unod e los cónyuges está impedido de contraer matrimonio con el supérstite. |
Enumerar los impedimentos matrimoniales dirimentes dispensables.
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La falta de edad nupcial.
La falta permanente o transitoria de salud mental que le impide tener discernimiento para el acto matrimonial. |
¿Que pasa si un menor se quiere casar?
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Si tiene menos de 16, el menor puede contraer matrimonio previo dispensa judicial. Si tiene más de 16 puede con permiso de sus representantes legales o dispensa judicial.
El juez debe mantener una entrevista personal con los futuros contrayentes y los representantes legales. Debe tener en cuenta la edad y el grado de madurez de las personas, y ver si entienden las consecuencias jurídicas del acto matrimonial. |
¿Que pasa si alguien con falta de salud mental desea contraer matrimonio?
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Puede hacerlo previa dispensa judicial, requiere un dictamen previo del equipo interdisciplinario sobre la comprensión de las consecuencias jurídicas del matrimonio y la aptitud para la vida de relación por parte de la persona afectada. Se debe asegurar que cuente con discernimiento.
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¿Cuales son los impedimentos impedientes?
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La falta de aprobación de las cuentas de la tutela
La enfermedad venérea en período de contagio. |
¿Que son los vicios del consentimiento?
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Son vicios que afectan el discernimiento la intención y la libertad.
Son el error, el dolo y la violencia. Son causales de nulidad del acto. |
¿Quienes pueden oponerse a la celebración del matrimonio?
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a) El cónyuge de la persona que quiere contraer otro matrimonio.
b) ascendientes, descendientes y hermanos de alguno de los futuros esposos, cualquiera sea el origen del vínculo c) Ministerio Público, que debe deducir oposición cuando tenga conocimiento de esos impedimentos |
¿Que diligencias previas hay antes de un matrimonio?
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Presentar ante el oficial público encargado del registro civil correspondiente al domicilio de alguno de los cónyuges, una solicitud con los datos personales de los contrayentes y de sus padres, como también una declaración de si han contraído matrimonio anteriormente y las pruebas de su disolución.
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¿Cuales son las modalidades extraordinarias de matrimonio?
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El matrimonio in articulo mortis: Supuesto que uno de los contrayentes se encuentra en peligro de muerte y se quiere casar, en este caso, justificado mediante certificado médico, el OP puede prescindir del cumplimiento de las diligencias previas o incluso puede ser celebrado por un juez o cualquier funcionario judicial.
Matrimonio a distancia: Los contrayentes por razones de gravedad otorgan su consentimiento en forma separada, encontrándose a distancia uno del otro. |
¿Como puede estar viciado el consentimiento matrimonial?
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Por error, dolo o violencia.
Error es falsa idea que se tiene sobre una cosa, concepción equivocada sobre los hechos al momento del acto. Se acepta error en la persona y sobre las cualidades de la persona. Dolo es aserción de lo falso o disimulación de lo verdadero, artificio, astucia o maquinación para la celebración del acto. Debe ser grave, determinante, provocar daño y no ser recíproco. Violencia: física o moral, difícil en un matrimonio. |
¿Como se prueba el matrimonio? ¿La posesión de estado es prueba?
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Se prueba con el acta de su celebración, su testimonio, copia o certificado, o con la libreta de familia expedidos por el Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas.
En caso de ser imposible se puede probar por otros medios. La posesión de estado no es prueba suficiente para establecer el estado de casados, o exigir los efectos civiles del matrimonio. |