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incumplimiento (a partir del art. 1556)
Cuando el deudor no cumple con la prestación debida en términos exactos, íntegros y oportunos, esto es, no cumple o cumple imperfecta o tardíamente.
CEDNCCLPDETE,IYO,ES,NCOCIOT
Incumplimiento
Toda desviación del programa de prestación convenido que conlleve una desarmonía con el interés que las partes se propusieron satisfacer al momento de la celebración del contrato.
TDDPDPCQCUDCEIQLPSPSAMDLCDC
Derechos auxiliares del acreedor
Son aquellos que tienen por objeto evitar la disminución o menoscabo del patrimonio del deudor, obtener que vuelvan a éste los bienes que habían salido o lograr que ingresen bienes nuevos.
SAQTPOELDOMDPDD,OQVAELBQHSOLQIBN
Acción oblicua o subrogatoria
Es la facultad que tiene el acreedor para ejercer determinadas acciones y derechos que tiene el deudor, con la finalidad de incorporar al patrimonio de éste bienes en que hacer efectivos sus créditos.
ELFQTEAPEDAYDQTED,CLFDIAPDEBEQHESC
Acción pauliana o revocatoria
Es aquella que tienen los acreedores para obtener que queden sin efecto los actos fraudulentos celebrados o ejecutados por el deudor en perjuicio de ellos y hasta la concurrencia de dicho perjuicio.
EAQTLAPOQQSELAFCOEPEDEPDEYHLCDDP
Cumplimiento específico o en natura
Es aquella que persigue lograr el cumplimiento por parte del deudor para que cumpla la prestación en los términos que esta fue establecida.
EAQPLECPPDDPQCLPELTQEFE
Título ejecutivo
Es aquel documento en el cual consta la obligación de manera indultada y al cual la ley le atribuye la suficiencia necesaria para requerir a los tribunales la protección jurisdiccional a través del embargo.
EADEECCLODMIYACLLLALSNPRALTLPJATDE
Indemnización de perjuicios
Es la suma de dinero que el acreedor tiene derecho a exigir del deudor cuando este no ha cumplido total o parcialmente con su obligación, o bien, ha cumplido imperfectamente o ha retardado su cumplimiento y equivale al beneficio que habría obtenido el acreedor si el deudor hubiese cumplido en forma íntegra, exacta y oportuna.
ELSDDQEATDAEDDCENHCTOPCSO,OB,HCIOHRSCYEABQHOEASEDHCEFI,EYO
Indemnización compensatoria
Es aquella que procede frente al incumplimiento total o imperfecto.
EAQPFAITOI
Indemnización moratoria
Es aquella que procede frente al incumplimiento tardío.
EAQPFAIT
Culpa
Es la falta de diligencia o cuidado en el cumplimiento de una obligación preexistente o en la ejecución de un hecho cualquiera que no diga relación con el cumplimiento de una obligación preexistente.
ELFDDOCEECDUOPOELEDUHCQNDRCECDUOP
Culpa grave, negligencia grave o culpa lata (legal art. 44)
Es la falta de diligencia o cuidado que aun los hombres negligentes y de poca prudencia suelen emplear en los negocios propios.
ELFDDOCQALHNYDPPSEELNP
Culpa leve, descuido leve o descuido ligero (legal art. 44)
Es la falta de diligencia que los hombres emplean ordinariamente en sus negocios propios.
ELFDDQLHEOESNP
Culpa levísima o descuido levísimo (legal art. 44)
Es la falta de aquella esmerada diligencia que los hombres juiciosos suelen emplear en la administración de sus negocios importantes.
ELFDAEDQLHJSEELADSNI