- Barajar
ActivarDesactivar
- Alphabetizar
ActivarDesactivar
- Frente Primero
ActivarDesactivar
- Ambos lados
ActivarDesactivar
- Leer
ActivarDesactivar
Leyendo...
Cómo estudiar sus tarjetas
Teclas de Derecha/Izquierda: Navegar entre tarjetas.tecla derechatecla izquierda
Teclas Arriba/Abajo: Colvea la carta entre frente y dorso.tecla abajotecla arriba
Tecla H: Muestra pista (3er lado).tecla h
Tecla N: Lea el texto en voz.tecla n
Boton play
Boton play
3 Cartas en este set
- Frente
- Atrás
coordinación de asesores
|
Elaborar los diagnósticos necesarios para la atención de los asuntos
relativos a la política interna del Estado; II. Proponer al Secretario estrategias y acciones para la atención de asuntos que incidan en la conducción política del Estado; III. Coordinar acciones con los subsecretarios y titulares de las unidades administrativas de la Secretaría, para ejecutar las instrucciones del Secretario en asuntos que incidan en la política interna del Estado; IV. Emitir opinión al Secretario sobre las consecuencias sociales de las acciones de gobierno y políticas propuestas o implementadas por las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo V. Atender las comisiones del Secretario para coadyuvar con los diferentes órdenes de gobierno cuando lo soliciten para el desempeño de sus atribuciones; VI. Mantener de manera permanente la relación y comunicación con organismos civiles del Estado; VII. Intervenir en la facilitación, mediación o negociación entre organizaciones sociales y autoridades de los diferentes órdenes de gobierno, en asuntos que generen o pudieran generar intranquilidad social, cuando así lo determine el Secretario; VIII. Apoyar al Secretario en la atención de audiencia a los ciudadanos; IX. Formular y proponer al Director General de Administración, las necesidades presupuestales del área a su cargo; X. Ejecutar y supervisar el ejercicio del presupuesto asignado para el desarrollo de los asuntos de su competencia; XI. Proponer al Secretario modificaciones a la estructura orgánica del área a su cargo; XII. Presentar anualmente a la Dirección General de Administración, el o los anteproyectos de inversión de la Coordinación a su cargo; XIII. Atender las solicitudes de información que le formule la Unidad de Enlace de la Secretaría en materia de Acceso a la Información Pública; y XIV. Las demás que le confiera el Secretario. |
dirección general d asuntos juridicos
|
I. Dirección de Asesoría y Capacitación Legal;
II. Dirección de lo Contencioso y Procedimientos Administrativos; III. Dirección del Periódico Oficial; y IV. Derogada. |
facultades dirección general de Asuntos Jurídicos
|
I. Asesorar al Secretario y a los subsecretarios y demás unidades
administrativas de la Secretaría, en los asuntos que les competan de carácter jurídico; II. Representar a la Secretaría y a las unidades administrativas en todos los juicios en que sean parte o intervengan con cualquier otro carácter, y podrá delegar dicha representación en los servidores públicos adscritos a ella, así como otorgar poderes; III. Emitir criterios de interpretación respecto de la normatividad cuya aplicación corresponda a la Secretaría, cuando así se lo solicite alguna de sus unidades administrativas y sirva para orientar el correcto ejercicio de sus atribuciones. IV. Intervenir y coadyuvar en el trámite de los recursos administrativos que se interpongan contra los actos y resoluciones que emitan las diversas autoridades de la Secretaría; V. Supervisar el funcionamiento del Periódico Oficial del Gobierno del Estado y autorizar las publicaciones de aquellos actos y documentos que no correspondan al Secretario; VI. Derogada. VII. Tramitar, previo acuerdo con el Secretario, las concesiones, licencias, permisos y autorizaciones, cuya expedición no esté asignada a otra dependencia estatal; VIII. Coordinar el trámite de los procedimientos de expropiación, ocupación temporal y limitación de dominio de bienes de propiedad particular en los términos de la Ley de la materia, que no correspondan a otra unidad administrativa u órgano desconcentrado de la Secretaría; IX. Implementar el registro de autógrafos de los funcionarios públicos estatales, presidentes municipales, secretarios de los ayuntamientos y a quienes está encomendada la fe pública, para legalizar y apostillar la firma de dichos funcionarios a quienes las leyes facultan para hacer constar la legitimidad de documentos públicos; X. Coadyuvar con las autoridades federales en la aplicación de las leyes y reglamentos sobre juegos y sorteos permitidos, así como de las disposiciones relativas a medios masivos de comunicación; XI. Formular y proponer al Director General de Administración, las necesidades presupuestales del área a su cargo; XII. Proponer al Secretar XIII. Supervisar el funcionamiento de la Unidad de Enlace de la Secretaría en materia de Acceso a la Información Pública. De esta Dirección General dependerá el departamento encargado de tramitar el registro, legalización, apostillamiento y certificación de firmas de funcionarios estatales y municipales, así como de fedatarios públicos. Asimismo, esta Dirección General tendrá a su cargo el área de enlace de acceso a la información pública, que se identificará como Unidad de Enlace de Acceso a la Información Pública. |