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Clasificación de los títulos de crédito según el objeto:
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Personales o corporativos: su objeto principal es dar la facultad de atribuir a su tenedor la calidad principal de miembro de una corporación
Obligacionales o de crédito: su objeto es un derecho, atribuyen a su titular acción para exigir el pago de las prestaciones Reales o de tradición o representativos: su objeto principal es demostrar el derecho real contenido en el documento respecto a una mercancía amparada en el |
Tipos de transmisión de los títulos de crédito
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Endoso en blanco o incompleto: sólo aparece en el documento la cantidad y la firma
Endoso en propiedad: transfiere la propiedad del título y todos los derechos inherentes y no obliga solidariamente al endosante. Endoso en procuración o al cobro: No transfiere la propiedad del documento, sólo otorga facultad al endosatario para presentar el documento para su aceptación o para su cobro Endoso al Portador: Legítima para cobrarlo al tenedor solamente exhibiendo dicho título a pesar de que no aparezca su nombre Endoso en garantía: crédito prendario que se entrega en garantía de que se cumplirá la obligación más adelante Endoso pleno: cuando se hace en propiedad Endoso limitado: cuando se otorga en procuración o en garantía Endoso en retorno: una persona endosa en propiedad a favor un banco un título de crédito, pero el banco no hace efectivo este, la institución devuelve al endosante el título, endosándolo nuevamente a su favor para que el primer endosante recobre los derechos sobre el título. |
El vencimiento del cheque
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El cheque vence a la vista, tenga fecha o no
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Las letras de cambio
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Éstas no se pueden cobrar antes de la fecha pactada, si no hay fecha se cobrará a la vista
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Clases de transmisión de los títulos de crédito
Art 29 LGTOC |
Firma del endosante
Nombre del endosatario de no escribirse es al portador Inseparabilidad del endoso al cuerpo del documento |
Títulos nominativos.
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Son aquellos que para tener validez además de estar expedidos a su nombre deben estar registrados en el libro que llevará el emisor
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Títulos de orden
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Estos no necesitan registró alguno sólo que se presenté la persona para reconocerlo como titular.
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Aval
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Conocido también como fiador, se compromete solidariamente con el acreedor para respaldar la obligación del deudor en caso de incumplimiento.
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Requisitos del aval
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Debe llevar leyenda "por aval"
Se pone en una hoja adherida al documento Firma del avalista Nombre del avalista Fecha y lugar Cantidad por la que se presta el aval |
Letra de cambio
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El primer título de crédito que surgió para la documentación de crédito y operaciones comerciales
En Italia = cambiale En Francia = lettre de changue En España = letra de cambio En el art. 79 LGTOC dice que la letra de cambio puede ser girada: 1 A la vista = pago 2 A cierto tiempo vista = aceptación 3 A cierto tiempo fecha = aceptación 4 A día fijo = pago La letra de cambio que no tenga expresión, forma o tiempos a que son girados se entenderá como girada a la vista |
Requisitos de la letra de cambio
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1 la mención de ser letra de cambio
2 lugar, día y año 3 la orden al girador a pagar una suma determinada 4 nombre del girado 5 lugar y época de realización 6 nombre de la persona a la que haya de hacerse el pago 7 firma del girador o persona que suscribe |
Clasificación de los títulos de crédito por la forma de su creación:
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Singulares: aquellos creados uno sólo en cada acto
Seriales: creados en ciertos volúmenes o cantidades |
Clasificación de los títulos de crédito por la sustantividad del documento:
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Principales y accesorios
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Clasificación de los títulos de crédito por su función económica:
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Títulos de especulación: aquellos por los que no se paga interés o renta fija
Títulos de inversión: son aquellos que no significan riesgo alguno y por lo cuales se paga interés y renta fija |
Clasificación de los títulos de crédito por la causa que les dio origen:
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Títulos causales: aquellos que aún después de sí emisión siguen vinculados al acto que motivo su creación
Títulos Abstractos: aquellos que desde el momento de su creación se desvinculan de la causa que les dio origen |
Clasificación de los títulos de crédito por su eficacia procesal:
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Eficacia plena: aquellos que no necesitan hacer referencia a otro documento y no tiene eficacia limitada
Eficacia limitada |
Clasificación de los títulos de crédito por la forma de circulación de los títulos:
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Nominativos: tienen una circulación restringida, se designa a una persona como titular y para transmitirse es necesario el endoso
al portador: son aquellos que se transmiten por la sola entrega del documento mercantil A la orden: son aquellos expedidos a favor de determinada persona y se transmiten por medio del endoso |
Definición de Derecho Mercantil
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*Conjunto de Normas jurídicas relativas a los comerciantes como tales, a los actos de comercio y a las relaciones derivadas de la realización de dichos actos comerciales.
*Conjunto de Normas jurídicas que se aplican a los actos de comercio legalmente calificados como tales, a los comerciantes en pleno ejercicio de su actividad profesional comercial. |
Etapas evolutivas del comercio.
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1.- Permuta
2.- Trueque 3.- Compra-venta no monetaria 4.- Compra-venta monetaria 5.- Compra-venta a crédito |
Títulos de crédito (art. 5 LGTOC)
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Es el documento necesario para ejercitar el derecho literal que en el mismo se condigna
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Características de los títulos de crédito
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1.- Autonomía: es el derecho independiente que el tenedor adquiere respecto del título de crédito puesto en circulación mediante el endoso o mediante cesión de derechos.
2.- Ejecutoriedad: es decir trae aparejada la ejecución y da derecho al acreedor de solicitar al juez en un auto admisorio autorizar el embargo precautorio al deudor. 3.- Literalidad: Debe contener fecha, lugar de suscripción, datos del acreedor, tipo de intereses pactados, plazo, donde tendrá que cobrarse |
Interés Moratorio.
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Es aquel interés sancionatorio que se aplica una vez vencido el plazo para realizar el pago del capital en préstamo, y este no se realizó
*El interés moratorio tiene naturaleza de indemnización ya que por la demora de pago el deudor debe resarcir la mora en la falta de ingreso al fisco para el acreedor y el enriquecimiento injustificado por parte del deudor. |
Interés Ordinario
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Son aquellos que se generan por el simple paso del tiempo, es decir, los intereses que pactamos voluntariamente como costo de oportunidad del del dinero en el tiempo.
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El Protesto.
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Consiste en la comunicación o puesta en conocimiento del deudor u obligado al pago de determinada cantidad cuando dicho deudor se niega a realizar el pago respectivo. (art. 139 y 149 LGTOC)
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Pagaré
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Documento que no contiene el contrato de cambio y que contiene la obligación precedente de u acto jurídico mercantil en el cual existe una promesa incondicional de pagar una suma de dinero a la orden de determinada persona.
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Requisitos de los pagarés.
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1.- Mención de ser pagaré inserta en el texto.
2.- Promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero. 3.- Nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago. 4.- El lugar y la época de pago. 5.- Fecha y lugar en donde se suscribe el documento. 6.- Firma del suscriptor o de la persona que firma a su ruego o en su nombre. 7.- Monto de los intereses convencionales pactados. |
Cheque.
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Es un documento mercantil expedido por quien teniendo fondos económicos disponibles en una institución bancaria, es autorizado por esta para librar cheques a su cargo.
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Requisitos del cheque.
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1.- Mención de ser cheque inserta en el título del coumento.
2.- Lugar y fecha de expedición. 3.-Orden incondicional de pagar una suma de dinero. 4.- Nombre del librado (institución bancaria que expide la chequera). 5.- Lugar de pago. 6.- Firma del librador (dueño de la chequera y cuentahabiente de la institución librada |