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24 Cartas en este set
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1864: batalla de Solferino. Primera Convención de Ginebra.
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Henry Dunant convenció a diferentes Estados para que adoptaran estas normas y se agregara al personal de salud, heridos y enfermos, tanto civiles como armados. Todos son atendidos en igual prioridad. Solo cambia por razones médicas.
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1864: Derecho de Ginebra
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que protege a víctimas de conflictos armados (soldados heridos, civiles que no participan o dejaron de participar. Se da con la primera convención
De Ginebra |
1868, 1899 - 1907: Derecho de La Haya
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a- Declaración de San Peterburgo, que prohibe la utilización de cierto proyectiles en guerra; y
b- Convenios de La Haya, donde se reglamentan leyes y costumbres en la guerra terrestre. |
1925 Ramificación Haya:
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Conducción de hostilidades, donde se prohibe el empleo de armas como gases asfixiantes, tóxicos o de medios bateriológicos.
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1929 Ramificación Ginebra:
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Convenio sobre los prisioneros de guerra
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CUATRO CONVENIOS DE GINEBRA
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Aquí se recogen anteriores preceptos reunidos en los convenios ya existentes, y se agregan nuevos:
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1949: Primer Convenio de Ginebra:
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-Protege soldados heridos y enfermos durante guerra terrestre (importante recalcar lo terrestre)
-Protege a personal sanitario y religioso unidades médicas. -Se reconoce formalmente los emblemas proyectores De la Cruz Roja y la Media Luna Roja |
1949: Segundo Convenio de Ginebra:
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-Protege soldados heridos y enfermos y náufragos en guerra marítima
-Protege a personal religioso y médico y hospitalario en contextos de guerra naval -Reconoce los emblemas de Cruz Roja y Media Luna Roja |
1949: Tercer Convenio de Ginebra:
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-Define estatuto de prisionero de guerra
-Se formulan las condiciones de retención (judicial, administrativa y materialmente) |
1949: Cuarto Convenio de Ginebra:
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-Suma medidas de protección para la población civil en general
-Define estatuto de “persona civil protegida” -Formula las normas aplicables durante la ocupación |
1954: Convención de La Haya
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Para la protección de bienes culturales
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Se agregan dos Protocolos adicionales a los Convenios de Ginebra:
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Se agregan dos Protocolos adicionales a los Convenios de Ginebra:
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1977: Protocolo adicional I:
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Se da protección a las víctimas de los conflictos armados internacionales (CAI)
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1977: Protocolo adicional II:
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Protección para víctimas de los conflictos NO internacionales (CANI)
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En la quinta y última etapa, se dieron otra serie de protocolas desde los años 80 hasta el día de hoy sobre la reglamentación de las ARMAS:
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desde los años 80 hasta el día de hoy sobre la reglamentación de las ARMAS:
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1980: Convención sobre prohibiciones
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Al empleo de armas convencionales que puedan ser excesivamente nocivas o de efectos indiscriminatorio
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1993: convención sobre prohibición de
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del desarrollo, producción, almacenamiento y empleo de armas químicas
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1997: lo mismo de la anterior,
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pero con minas antipersonal.
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1998: Estatuto de Roma
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de la Corte Penal Internacional
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2008: Convensión sobre Municiones en Racimo
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2008: Convensión sobre Municiones en Racimo
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2013; Tratado sobre el comercio de armas
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2013; Tratado sobre el comercio de armas
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2000: Protocolo sobre la protección de todas las personas contra la desaparición forzada
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2000: Protocolo sobre la protección de todas las personas contra la desaparición forzada
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poblaciones que gozan de una “protección especial” pues se enfrentan a mayores grados de vulneración,
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1- como las mujeres con temas como violencia sexual, o la protección a mujeres encinas o madres de niños pequeños;
2- a los niños, pues existen normas específicas para protegerlos de las hostilidades 3- a los periodistas, para que realicen sus misiones profesionales, pero sin que participen en las hostilidades 4- y otros como las personas desaparecidas o difuntos |
Internamiento:
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una forma de privación de libertad sin carácter penal o punitivo, y que se usa por razones de seguridad en el conflicto armado.
Prisionero de guerra: combatientes que hayan caído en manos del bando contrario IMPORTANTE: todas las personas detenidas se les cobijará con todas las normas aplicables en materia de personas privadas de su libertad en el marco del conflicto |