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49 Cartas en este set
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Las Normas
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Toda conducta humana trata de ser regida por diferentes tipos de reglas de comportamiento a las que llamamos comúnmente normas
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Orden normativo
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Las normas reguladoras de la conducta humana no se encuentran aisladas y en desorden sino que constituyen conjuntos orgánicos sistematizados de preceptos vinculados entre sí, denominado ordenamiento normativo. El conjunto sistematizado de normas que regula el obrar o comportamiento del hombre y tienen la misma razón de validez, se llama ordenamiento normativo.
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Concepto de derecho
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Es un conjunto de normas, principios y definiciones creado y tutelado por el poder público para regular la convivencia entre los hombres
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Normas jurídicas
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Son reglas de conducta u organización creadas por un poder legítimo para regular la convivencia pacífica de los seres humanos integrantes de una comunidad, y cuya observancia no está sujeta a la aceptación o no por parte del destinatario, ya que si este no las cumple puede verse compelido a ello aún por medio de la coacción haciendo uso de la fuerza del estado.
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Ejemplo de normas jurídicas
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Es delito robar
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Normas morales
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Son reglas de conducta derivadas de nuestra concepción del bien y del mal y, que por tanto, sólo nuestra conciencia será la que nos exija su cumplimiento
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Normas morales
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Son reglas de conducta derivadas de nuestra concepción del bien y del mal y, que por tanto, sólo nuestra conciencia será la que nos exija su cumplimiento
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Ejemplo de normas morales
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No mentirle a otra persona
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Normas religiosas
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Provienen de los dogmas recibidos durante el estudio o prácticas de creencias divinas, y cuya observancia o desobediencia nos será premiada o reclamada por el creador o ser divino en el que creamos
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Ejemplo de normas religiosas
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Orar
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Normas sociales
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Son cánones de comportamiento que el grupo social al que pertenecemos nos impone como requisito para ser bien recibidos en su seno, y si no son observados traerán como consecuencia el menosprecio o repudio de dicho grupo social
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Ejemplo de normas sociales
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Saludar a los presentes al llegar a un lugar
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Normas unilaterales
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Propiedad que presentan algunas normas y que consiste en la no contemplación de la existencia de un sujeto facultado para exigir el cumplimiento de las obligaciones contenidas en esa norma al destinatario, es decir, estas normas confieren facultades o imponen obligaciones
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Normas bilateralidad
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Las normas que presentan esta características contemplan la existencia de un derecho que es correlativo de una obligación o viceversa, y por lo tanto, la de un sujeto autorizado para exigir el cumplimiento de la obligación
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Normas interioridad
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Las normas con esta característica llevan implícitas la intención del individuo para cumplirlas, es decir, que sin importar el resultado material de la conducta el individuo actúa de acuerdo con su propia concepción de lo que considera bueno o malo
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Normas exterioridad
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Esta característica identifica a las normas que no atienden a la intervención del sujeto, sino que enfocan al resultado material de la conducta
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Normas incoercibilidad
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La observancia de estas normas no es exigida por el estado, es decir, no pueden ser impuestas por la fuerza, y su cumplimiento queda sujeto a la voluntad del individuo
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Normas coercibilidad
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Consiste en que el cumplimiento de las mismas se le exige al individuo aún en contra de su voluntad e incluso mediante la fuerza
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Normas autonomía
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Esta característica la presentan aquellas normas creadas por la conciencia misma del individuo que habrá de obedecerlas con el fin de regular su propia conductas
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Normas heteronomía
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Consiste en que las reglas que enfrenta una persona proviene del medio externo, es decir, son creadas por entidades distintas al destinatario de la norma
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Fuentes del derecho
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La palabra fuente, se deriva del latín font, fons, que significa “lugar donde brota agua de la tierra”. Podemos decir que por fuente del derecho se debe entender “de dónde surge el Derecho”, es decir, todos los procesos, actos, hechos o documentos de dónde puede surgir en un momento dado alguna o algunas normas jurídicas, y que en su conjunto, forman el Derecho
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Fuentes históricas
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Se consideran fuentes históricas todos aquellos documentos antiguos que contienen disposiciones jurídicas que pueden servir como inspiración, modelo o simple guía al legislador en la creación de nuevas formas jurídicas.
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Ejemplos de fuentes históricas
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La constitución mexicana de 1857.
El código napoleónico. La constitución de Cádiz. Las instituciones de Justiniano |
Fuentes reales
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Son aquellos sucesos o situaciones que se dan en un grupo social y que pueden determinar, en un momento dado, el contenido de las normas jurídicas, ya que el Derecho debe ajustarse a la realidad del pueblo de dónde surge de tal forma que el sistema jurídico sea adecuado a la idiosincrasia, a la realidad social y a la situación económica y cultural de un pueblo, de manera que su existencia resulte útil y realmente aplicable
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Ejemplo de fuentes reales
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Los agricultores hicieron un movimiento para que se respetaran sus derechos, eso creó una reforma agraria
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Fuentes formales
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Son aquellos procedimientos establecidos que sirven para la creación de las normas jurídicas
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Fuentes formales
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Legislación.
Costumbre. Jurisprudencia. Doctrina. Principios generales del derecho. |
Legislación
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Es el proceso por el que se formulan reglas jurídicas por uno o varios órganos del Estado
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Legislación
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Es el proceso por el que se formulan reglas jurídicas por uno o varios órganos del Estado
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Fases del proceso legislativo
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1. Iniciativa
2. Discusión 3. Aprobación 4. Sanción 5. Promulgación 6. Publicación 7. Iniciativa de la vigencia |
Iniciativa
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Es la proposición que, para crear una nueva ley o para reformar una ya existente, hacen los órganos facultados por la constitución para ello.
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Quienes tienen facultades para presentar iniciativa de ley
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Según el artí**** 71 de la constitución son. El presidente de la República, los diputados y senadores del congreso de la unión y las legislaturas de los estados
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Discusión
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Es el acto por el cual los integrantes de la cámara que hayan recibido la iniciativa en primer término, debaten sobre ella exponiendo puntos a favor o en contra y también formulando las observaciones o modificaciones para mejorarla
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Aprobación
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Es el acto mediante el cual los integrantes de la cámara de origen autorizan la ley, después la envían a la cámara revisora para revisar la iniciativa
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Cámara de origen y cámara revisora
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Puede ser la cámara de diputados o senadores
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Sanción
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Es la aprobación de la iniciativa de ley por parte del poder ejecutivo, después de que las cámaras lo hayan aprobado. El presidente de la República puede negar la sanción, a lo que se le denomina derecho de veto, el cual no es absoluto
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Promulgación
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Cuando el proyecto de ley ha sido aceptado por el ejecutivo, es decir, ha sido sancionado, se procede a la promulgación que es la aprobación expresa del ejecutivo manifestada mediante la orden de publicación y de que se cumpla dicha ley
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Publicación
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Es el acto por el cual la ley ya aprobada y sancionada se da a conocer a quienes deben cumplirla; para que surta sus plenos efectos, la ley debe ser publicada en el diario oficial de la Federación
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Iniciación de la vigencia
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Es el momento en el cual una ley empieza a tener fuerza obligatoria para todos, es cuando inicia su ámbito temporal de aplicación. Puede ser sucesivo, sincrónico o simultáneo
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Característica de la ley
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Generalidad.
Permanencia. Obligatoriedad. Abstracción. |
Característica de la ley
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Generalidad.
Permanencia. Obligatoriedad. Abstracción. |
Generalidad
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Se aplica a todas las personas que caigan en el supuesto normativo
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Permanencia
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No se agota por el hecho de que se ejercite el derecho o el cumplimiento de la obligación
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Obligatoriedad
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Su cumplimiento no es potestativo
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Abstracción
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Se expresa en términos abstractos y se aplica a casos concretos
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Costumbre
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la forma de actuar uniforme y sin interrupciones que, por un largo período de tiempo, adoptan los miembros de una comunidad, con la creencia de que dicha forma de actuar responde a una necesidad jurídica, y es obligatoria".
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Formas en que se presentan las costumbres
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Con arreglo a Derecho.
En contra del derecho. Como forma supletoria de la ley. |
Principios generales del derecho
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Los principios generales del Derecho son los enunciados normativos más generales que, sin perjuicio de no haber sido integrados al ordenamiento jurídico en virtud de procedimientos formales, se entienden forman parte de él, porque le sirven de fundamento a otros enunciados normativos particulares o recogen de manera abstracta el contenido de un grupo de ellos.
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Jurisprudencia
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Jurisprudencia es el conjunto de sentencias o resoluciones judiciales emitidas por órganos judiciales y que pueden repercutir en sentencias posteriores.
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