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12. QUÉ FUNCIONARIOS SON LOS ENCARGADOS DE LLEVAR EL REGISTRO CIVIL?:
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RTA:
- Dentro del territorio Nacional: Los notarios y las Registradurias Municipales del Estado Civil o en su defecto los Alcaldes Municipales. La Superintendencia de Notariado y Registro excepcionalmente puede delegar esta función en los delegados de la Registaduria municipal o en los inspectores de policía. - En el Exterior: Los funcionarios consulares de la República. |
13. QUÉ PERSONAS TIENEN EL DEBER DE DENUNCIAR LOS NACIMIENTOS Y SOLICITAR EL REGISTRO?:
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RTA: Padre, Madre, ascendientes, parientes mayores mas cercanos, excepcionalmente el director de Hospital donde haya ocurrido, quien haya recogido al bebé abandonado, el ICBF, el mismo individuo mayor de 18 años.
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14. CUÁLES SON LOS ACTOS Y HECHOS SUJETOS A REGISTRO?:
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RTA:
- Nacimientos - Reconocimiento de hijos - Adopciones - Legitimaciones - Alteraciones Patria Potestad - Emancipaciones - Matrimonios - Capitulaciones matrimoniales - Interdicción judicial - Rehabilitaciones - Discernimientos de guarda - Divorcios - Separación cuerpos - Nulidades matrimoniales - Separación bienes - Avecinamiento - Declaración seudónimos - Defunciones - Declaración Ausencia - Declaración Presunción de muerte - Hijos inscritos |