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En nuestro país existen dos leyes contra la violencia familiar y la violencia contra las mujeres
La ley Nacional 24.417 de protección contra la violencia familiar y la ley 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.
La ley Nacional 24.417 de protección contra la violencia familiar se trata de una ley sancionada el día 7 de diciembre del 1994 y promulgada el día 28 de diciembre del 1994
Que dice que toda persona que sufriese lesiones o maltrato físico o psíquico por parte de alguno de los integrantes del grupo familiar podrá denunciar estos hechos en forma verbal o escrita ante el juez con competencia en asuntos de familia y solicitar medidas cautelares conexas.
La ley nacional 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres se trata de una ley sancionada el día 11 de marzo del 2009 y se promulgo el día 1 de abril del 2009
Que dice Esta ley garantiza todos los derechos reconocidos por la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, la Convención sobre los Derechos de los Niños y la Ley 26.061 de Protección Integral de los derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.
Existen distintos tipos de violencia contemplados en las leyes mencionadas:
Física
Psicológica
Sexual
Económica y patrimonial
Simbólica
Física:
La que se emplea contra el cuerpo de la mujer produciendo dolor, daño o riesgo de producirlo y cualquier otra forma de maltrato agresión que afecte su integridad física.
Psicológica:
La que causa daño emocional y disminución de la autoestima o perjudica y perturba el pleno desarrollo personal o que busca degradar o controlar sus acciones, comportamientos, creencias y decisiones, mediante amenaza, acoso, hostigamiento, restricción, humillación, deshonra, descrédito, manipulación aislamiento. Incluye también la culpabilización, vigilancia constante, exigencia de obediencia sumisión, coerción verbal, persecución, insulto, indiferencia, abandono, celos excesivos, chantaje, ridiculización, explotación y limitación del derecho de circulación o cualquier otro medio que cause perjuicio a su salud psicológica y a la autodeterminación.
Sexual:
Cualquier acción que implique la vulneración en todas sus formas, con o sin acceso genital, del derecho de la mujer de decidir voluntariamente acerca de su vida sexual o reproductiva a través de amenazas, coerción, uso de la fuerza o intimidación, incluyendo la violación dentro del matrimonio o de otras relaciones vinculares o de parentesco, exista o no convivencia, así como la prostitución forzada, explotación, esclavitud, acoso, abuso sexual y trata de mujeres.
Económica y patrimonial:
La que se dirige a ocasionar un menoscabo en los recursos económicos o patrimoniales de la mujer, a través de:
a) La perturbación de la posesión, tenencia o propiedad de sus bienes;
b) La pérdida, sustracción, destrucción, retención o distracción indebida de objetos, instrumentos de trabajo, documentos personales, bienes, valores y derechos patrimoniales;
c) La limitación de los recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades o privación de los medios indispensables para vivir una vida digna;
d) La limitación o control de sus ingresos, así como la percepción de un salario menor por igual tarea, dentro de un mismo lugar de trabajo.
Simbólica:
La que a través de patrones estereotipados, mensajes, valores, íconos o signos transmita y reproduzca dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales, naturalizando la subordinación de la mujer en la sociedad.
Uno de los grandes ejemplos es el caso de Wanda Taddei que fue una mujer asesinada por su esposo el músico Eduardo Vázquez
quien la había quemado el día 11 de febrero de 2010 durante una discusión. Vázquez fue condenado a 18 años de prisión por el delito de "homicidio calificado por el vínculo, atenuado por su comisión en estado de emoción violenta".
La previa del boliche se ha convertido ya en un ritual infaltable entre los jóvenes. Esta nueva cita consiste en reunirse en algún lugar o en la casa de uno de ellos para consumir alcohol.
Esto es lo más común entre chicos de 14 y 17 años. Lo hacen para prepararse y enfrentar la noche que desembocará en el boliche ya "listo" (con mucho alcohol encima) para que sea "más divertida, más larga y llena de sorpresas".
Un estudio realizado sobre las prácticas de consumismo de alcohol en adolecentes de escuelas medias, señala que uno de los rituales habituales y más extendidos es el que se conoce como la previa. La previa en este marco se define como juntarse a tomar alcohol, más allá de que haya una salida posterior.
En esta práctica existen pautas preestablecidas que tienen como fin la cohesión del grupo. Se señalan algunas como las tácticas utilizadas para conseguir la bebida, los juegos con el alcohol, los momentos de descontrol y borrachera y la limpieza de rastros para no dejar huellas de lo ocurrido.