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CÓMO SE GOBIERNA Y CUÁL ES EL RÉGIMEN DISCIPLINARIO DEL NOTARIO
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Por medio de la colegiación obligatoria que esta regulada en el Art. 90 de la CPRG que establece: "La colegiación de los profesionales universitarios es obligatoria y tendrá por fines la superación moral, científica, técnica y material de las profesiones universitarias y su control
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CUÁLES SON LOS FINES DE LA COLEGIACIÓN UNIVERSAL
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1. Promover, vigilar y defender el ejercicio de la profesión, propiciar y conservar la disciplina y solidad entre sus miembros
2. Promover el mejoramiento cultural y científico 3. Promover y vigilar el ejercicio ético y eficiente 4. Defender y proteger el ejercicio profesional, combatir el empirismo y usurpación 5. Promover el bienestar de los agremiados por medio de fondos de prestación, seguros y otros medios 6. Auxiliar a la administración pública 7. Resolver consultas y rendir informes 8. Contribuir al fortalecimiento de las universidades para el cumplimiento de sus fines y objetivos 9. Participar en el estudio y solución de la problemática nacional 10. Elegir a los representantes del colegio respectivo ante el Consejo Superior Universitario de la USAC |
COMO PARTICIPA LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EN EL RÉGIMEN DISCIPLINARIO DEL NOTARIO
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En relativo a las sanciones, la CSJ puede intervenir en el régimen disciplinario debido a que el MP o cualquier persona que tenga conocimiento puede denunciar los impedimentos de un notario para ejercer
(Arts. 98 y 99 CN) |
CUALES SON LOS ÓRGANOS QUE PUEDEN INHABILITAR A UN NOTARIO
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1. Los tribunales de justicia
2. La Corte Suprema de Justicia 3. El Colegio de Profesionales |
CUANDO DECRETA INHABILITACIÓN LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA
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Cuando conozcan de los delitos que conlleva la prohibición de ejercer (Art. 4 inc 1 CN) se comunicar al Colegio de Abogados y a la Corte Suprema de Justicia
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CUANDO DECRETA INHABILITACIÓN LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
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Cuando un tribunal comunica a la Corte Suprema de Justicia la necesidad de inhabilitar a un notario, deberá citar a este para que presente las pruebas de descargo. La Corte tiene la facultad de hacer las averiguaciones pertinentes.
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CUANDO DECRETA EL COLEGIO DE PROFESIONALES LA INHABILITACIÓN
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Por falta de ética que atenta contra el prestigio de la profesión, se debe llegar un debido proceso para decretar la inhabilitacion
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QUE ES LA REHABILITACIÓN
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Es poner a la persona en la misma situación moral o legal en la que se encontraba y de la cual había sido desposeida
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COMO PUEDE UN NOTARIO OBTENER SU REHABILITACIÓN
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a) Que hubieran trascurrido dos años mas al tiempo que se hubiera impuesto la sentencia
b) Observar buena conducta durante el tiempo de la sentencia mas los dos años indicados c) Que no hubiera reincidencia d) La emisión de dictamen favorable por parte dela USAC |
QUE RECURSOS PUEDE INTERPONER EL NOTARIO EN CASO DE HABILITACIÓN
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a) Responsabilidad
b) Reposición c) Reconsideración d) Apelación |
CUANDO SE INTERPONE EL RECURSO DE RESPONSABILIDAD
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1- Ante la CSJ por inspección y revisión del protocolo Art. 88 CN, y
2- Ante la CSJ por la resolución de un expediente de rehabilitación |
CUANDO SE INTERPONE EL RECURSO DE REPOSICIÒN
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Por la sanción que dicte el Colegio de Notarios, Art. 98 CN
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CUANDO SE INTERPONE EL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN
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Por la sanción que interponga el Director del Archivo General de Protocolos por el incumplimiento de las obligaciones del Notario, Art. 37, 38 y 100 CN
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CUANDO SE INTERPONE EL RECURSO DE APELACION
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En contra del auto que apruebe una liquidación de honorarios, Art. 107 CN
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