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El art 27 de la CE
garantiza el derecho a la educación y establece el carácter obligatorio y gratuito de la enseñanza básica.
(LODE) Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación,

-disposición adicional segunda
determina que las corporaciones locales COOPERARÁN con las administraciones educativas competentes en el marco de lo establecido por la legislación vigente y, en su caso, en los términos que se acuerden con ellas, en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria.
(LRBRL) Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local

-art. 25
determina como COMPENTENCIA PROPIA del municipio, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, la participación en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria.
La (LOE) Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la (LOMCE) Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre,
establece el carácter obligatorio y gratuito de la enseñanza básica, que comprende las etapas de EP y ESO.
DOCUMENTACIÓN
orden 1240/2013 de 17 de abril
-se establece el procedimiento de admisión de alumnos en centros sostenidos con fundos públicos de 2º ciclo de EI, EP, EE, ESO y Bach.

instrucciones en el proceso de admisión:
RESOLUCIÓN CONJUNTA DE LAS VICECONSEJERÍAS DE POLÍTICA EDUCATIVA Y DE ORGANIZACIÓN EDUCATIVA POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES SOBRE LA PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO DE ADMISIÓN DE ALUMNOS EN CENTROS DOCENTES SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS QUE IMPARTEN SEGUNDO CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL, EDUCACIÓN PRIMARIA, EDUCACIÓN ESPECIAL, EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Y BACHILLERATO DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA EL CURSO 2021/2022

Decreto 29/2013 de 11 de abril,
-libertad de elección de centro escolar en la CAM
ORDEN 1240/2013
DESDE AQUÍ
ORDEN 1240/2013
-objeto
La presente Orden tiene, por tanto, como objetivo fundamental facilitar a las familias la libre elección de
centro escolar, INDEPENDIENTEMENTE de su lugar de domicilio o de trabajo, de conformidad
con lo establecido en el citado decreto de libertad de elección

Según establece
-El Decreto 29/2013, de 11 de abril, del Consejo de Gobierno, de libertad de elección
de centro escolar en la Comunidad de Madrid,
DECRETO por que se determina la habilitación al titular de la Consejería competente en materia de educación para dictar las disposiciones necesarias para su desarrollo y ejecución
El Decreto 29/2013, de 11 de abril, del Consejo de Gobierno, de libertad de elección de centro escolar en la Comunidad de Madrid

en la DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Artí**** 1
Objeto y ámbito de aplicación
regular el procedimiento de admisión de alumnos
en centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten:
- segundo ciclo de Educación Infantil
-Educación Primaria
-Educación Especial
- Educación Secundaria Obligatoria
-Bachillerato en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
Artí**** 2
Participación de las familias
-podrán solicitar plaza escolar en los centros sostenidos con fondos públicos dentro de los plazos establecidos en el portal web.

-podrán consultar la información que sobre los centros educativos.

-podrán solicitar y consultar la información en los centros sobre su proyecto, reglamento, recursos, servicios y carácter propio.
educativos
Artí**** 3
Prioridad en la admisión para alumnos de centros adscritos
Los alumnos procedentes de centros adscritos a efectos de escolarización tendrán prioridad para ser admitidos en el centro solicitado
Centros de EI en espacios de EP estarán adscritos a ese EP si
si en el citado centro existe la posibilidad de vacantes suficientes para escolarizar a todos los alumnos
Con el fin de facilitar el acceso al primer curso de Educación Primaria de los alumnos escolarizados en las Escuelas Infantiles que cuenten con el segundo ciclo completo de la etapa ...
dichos centros podrán estar adscritos a los colegios públicos de Educación Infantil y Primaria según aconseje la distribución y ubicación de los mismos.
Los centros privados sostenidos con fondos públicos que únicamente imparten enseñanzas de Educación Infantil y cuenten con unidades concertadas en el segundo ciclo de dicha etapa...
podrán realizar, en el marco de su autonomía, sus propuestas de adscripción a
colegios públicos o a otros centros privados sostenidos con fondos públicos a efectos de escolarización
Todo centro público de Educación Primaria estará adscrito a efectos de escolarización, a ...
...centros públicos de Educación Secundaria según el procedimiento de ADSCRIPCIÓN MÚLTIPLE.

Los centros cuyos alumnos hayan de escolarizarse en Educación Secundaria Obligatoria y requieran transporte escolar, serán adscritos de acuerdo con la planificación que realice al efecto cada Dirección de Área Territorial, que tendrá en consideración la oferta educativa y la organización del citado servicio
Los colegios públicos bilingües que hayan implantado el programa bilingüe en sexto curso de Educación Primaria estarán adscritos de manera preferente a ...
un instituto bilingüe en lengua inglesa y, a la vez, tendrán adscripción múltiple al resto de institutos bilingües de la Comunidad de Madrid.

Dichos centros también podrán estar adscritos, según el modelo de adscripción múltiple, a otros Institutos de Educación Secundaria de régimen ordinario
Artí**** 4
Servicios de apoyo a la escolarización
-FINALIDAD
Con el fin de facilitar el desarrollo del proceso de admisión de alumnos en centros sostenidos con fondos públicos, en cada Dirección de Área TerritoriaL
SAE
número y distribución
El número y distribución geográfica de dichos servicios será establecido por cada Dirección de Área Territorial
de acuerdo a sus características.
SAE
-ACNEAE
-ACNEE
-Bachillerato de artes
Para la escolarización de los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo, como es el caso de aquellos que presentan necesidades educativas especiales

se podrá establecer un Servicio de apoyo a la escolarización ESPECÍFICO

en cada una de las Direcciones de Área Territorial, cuya composición será determinada por los Directores de Área Territorial.

Igualmente se podrán establecer Servicios de apoyo a la escolarización específicos para la escolarización en el Bachillerato de Artes
SAE
-funciones
a) INFORMAR a las familias y a los alumnos acerca de los servicios, las enseñanzas que ofrecen y las plazas disponibles en los mismos.

b) GARANTIZAR la escolarización de los alumnos que NO hayan obtenido PLAZA en ninguno de los centros solicitados. A tal efecto, informarán a los padres, a los representantes legales de los alumnos o, en su caso, a los alumnos acerca de los centros
docentes con plazas vacantes, para que opten por alguna de ellas, salvaguardando, en todo caso, el ejercicio efectivo del derecho a la libre elección de centro por parte de las familias.

c) SUPERVISIÓN del proceso de admisión de alumnos, el cumplimiento de las normas
que lo regulan y propuesta a la Administración educativa de las medidas que estimen adecuadas.

d) Cualesquiera OTRAS que les asigne la Administración educativa autonómica.
SAE
-ubicación
Las sedes de los Servicios de apoyo a la escolarización estarán localizadas preferentemente en un centro docente público.
También podrán estar ubicadas en dependencias municipales.
SAE
-composición
PRESIDENTE: Un representante de la Administración educativa autonómica.

VOCALES: Representantes de la Administración Local, de los padres, de los profesores y de los centros públicos y centros privados concertados
SAE
-apoyo y asesoramiento con los que puede contar
apoyo técnico que proporcione a ese efecto la Consejería de Educación, Juventud y Deporte.

asesoramiento técnico que se estime pertinente para la escolarización de los alumnos con necesidades educativas especiales.
PROCESO ORDINARIO DE ADMISIÓN DE ALUMNOS (desde ahora POA para simplificar)

-Criterios de admisión
. Cuando el número de solicitantes para ocupar un puesto escolar en centros sostenidos con fondos públicos sea superior al de vacantes existentes, las solicitudes de admisión se atenderán o resolverán por los centros educativos mediante la aplicación de los criterios de admisión y los criterios de desempate
POA
-Oferta de plazas escolares
La Administración educativa autonómica fijará, dentro de los límites legales permitidos, el número de alumnos por unidad escolar que se utilizará en el proceso de admisión para cada curso escolar,

que incluirá la previsión de reserva de plazas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo o con necesidades de compensación educativa

-también se podrá reservar plazas para alumnos cuyas altas calificaciones acrediten su excelencia académica.
POA
-autorizará anualmente la oferta de plazas escolares en todos los centros y enseñanzas con fondos públicos...
-La Consejería de Educación, Juventud y Deporte
-a través de sus Direcciones de Área Territorial,
- una vez determinadas por parte de los Directores y titulares de los centros su oferta de plazas,
POA
La Administración educativa garantizará la escolarización de los alumnos matriculados en cursos y centros cuyo funcionamiento o concierto vaya a extinguirse mediante...
mediante el procedimiento de adscripción
entre centros, Los Servicios de apoyo a la escolarización informarán a las familias afectadas y facilitarán la escolarización de los alumnos cuyas familias lo soliciten.
POA
El proceso ordinario de admisión de alumnos es el que se desarrolla (MOMENTO)
previamente al inicio de cada curso escolar
POA
Deben participar en el proceso ordinario de admisión de alumnos:
a) Los alumnos que deseen acceder por primera vez a centros de segundo ciclo de Educación Infantil o de Educación Primaria sostenidos con fondos públicos.

b) Los alumnos que deseen acceder a centros sostenidos con fondos públicos que impartan Educación Secundaria Obligatoria y a cualquiera de las modalidades de Bachillerato.

c) Los alumnos que no tengan plaza asignada por la vía de adscripción en los centros de Educación Primaria o de Educación Secundaria.

d) Los alumnos que deseen solicitar un centro de Educación Primaria o de Educación Secundaria diferente a aquel en el que hubieran obtenido reserva de plaza por la vía de adscripción.

e) Los alumnos que deseen cambiar de centro.
POA
No están obligados a participar en el proceso ordinario de admisión los siguientes
alumnos:
a) Los alumnos que cambien de una etapa educativa a otra dentro de un mismo centro o recinto escolar, estando sostenidas ambas etapas por fondos públicos en el curso para el que se solicita plaza.

b) Los alumnos que cuenten con plaza en un centro adscrito
POA
Las solicitudes de admisión se recogerán en...
en cualquier centro sostenido con fondos
públicos, en las sedes de los Servicios de apoyo a la escolarización o a través de Internet
(www.madrid.org)
POA
Las solicitudes de admisión se entregarán en...
en el centro solicitado en primer lugar EXCEPTO en los casos de los alumnos con dictamen de necesidades educativas especiales, cuyas solicitudes deberán ser entregadas en la sede del Servicio de apoyo a la escolarización que corresponda
Los centros deberán admitir y tramitar (Solicitudes)
TODAS las solicitudes en las que figure su centro como primera opción, AUNQUE no haya previsión de vacantes
solicitudes que se presentarán (número)
Se presentará una única solicitud por cada alumno en el centro en el que se solicita plaza en primera opción.
En el caso de los centros de nueva puesta en funcionamiento, las solicitudes de admisión serán presentadas (lugar)
con carácter general en el propio centro.

En caso de que esto no sea posible, si se trata de un centro privado sostenido con fondos públicos, se establecerá un lugar específico, a propuesta del titular y con conocimiento de la Dirección de Área Territorial correspondiente,

y en el caso de un centro público, en el lugar que fije dicha Dirección de Área Territorial.
El plazo para la presentación de solicitudes de participación en el proceso ordinario de admisión de alumnos tendrá una duración ...
MÍNIMA de diez días naturales, fijándose
anualmente las fechas concretas de comienzo y finalización del mismo.
Las solicitudes de admisión fuera de plazo se presentarán...
una vez INICIADO el curso escolar, en el centro en el que solicite plaza escolar O ANTES de dicha fecha, en el Servicio de apoyo a la escolarización, donde se hará constar la fecha de entrega y el número de entrada
La lista de solicitantes NO ADMITIDOS en un centro sostenido con fondos públicos, ordenada según la puntuación obtenida por cada alumno, seguirá vigente hasta ...
el momento del inicio de curso.

El centro comunicará a las familias de los solicitantes no admitidos y por orden de puntuación cualquier vacante que se produzca de modo que puedan optar a la misma, si lo desean.
A lo largo del proceso ordinario de admisión, en cada centro sostenido con fondos públicos se dará publicidad a la siguiente información:
a) El proyecto educativo del centro que incluya, en su caso, el carácter propio.

b) El Reglamento de régimen interior y las normas de convivencia.

c) Los programas educativos, así como los recursos y los servicios complementarios del centro.

d) La información sobre los resultados obtenidos en las pruebas de evaluación externas.

e) La normativa reguladora del proceso de admisión de alumnos.

f) El número de plazas vacantes para el siguiente curso escolar, con indicación de aquellas plazas reservadas para los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo, situación de desventaja social o, en su caso, para alumnos que hayan acreditado su excelencia académica.

g) El plazo y el lugar de presentación de las solicitudes.

h) El calendario previsto para desarrollar el proceso ordinario de admisión
CONTINUACIÓN
A lo largo del proceso ordinario de admisión, en cada centro sostenido con fondos públicos se dará publicidad a la siguiente información:
i) La sede del Servicio de apoyo a la escolarización y del Servicio de Inspección de Educación de la Dirección del Área Territorial correspondiente.

j) El plazo de matriculación ordinario para los alumnos admitidos y el plazo extraordinario para los que estén pendientes de obtener los requisitos académicos necesarios.

k) Una nota informativa que recuerde que solo se puede presentar una única instancia
por alumno.

l) Los supuestos aprobados por el centro a los efectos de baremación del criterio complementario que es acordado por cada centro, así como la documentación requerida para su justificación.

m) La escala de valoración de los resultados académicos vigente para el acceso a la
modalidad de Artes del Bachillerato en los centros de Educación Secundaria que lo impartan.
Todas las solicitudes de plaza escolar serán baremadas en el centro solicitado en primer lugar, a excepción de aquellas que estén motivadas por los siguientes supuestos:
— Cambio de domicilio de alumnos ya escolarizados y que hayan sido considerados con necesidades de compensación educativa.

— Alumnos que pudieran presentar necesidades educativas especiales.

— Alumnos que pudieran presentar necesidades de compensación educativa.

— Alumnos extranjeros de segundo y tercer ciclo de Educación Primaria y de Educación Secundaria Obligatoria que pudieran ser escolarizados transitoriamente en un Aula de Enlace por desconocimiento de la lengua española o por presentar graves carencias en conocimientos básicos.
Para valorar las solicitudes de admisión se aplicarán los siguientes criterios de baremación...
Hermanos matriculados en el centro o padres o representantes legales de los alumnos que trabajen en el mismo

Proximidad del domicilio familiar o lugar de trabajo

Renta: Se asignará una puntuación por este apartado a aquellos solicitantes de plaza escolar beneficiarios y perciban la REMI

Discapacidad física, psíquica y/o sensorial legalmente reconocida del alumno solicitante, padres, hermanos o representante legal del alumno

Valoración del expediente académico (referido al último curso finalizado) para la
admisión a las enseñanzas de Bachillerato

Condición de antiguo alumno.

Situación de familia numerosa:

Aplicación del criterio complementario que permite al centro asignar un punto adicional por otra circunstancia
Admisión de alumnos con necesidad específica de apoyo educativo
o necesidades de compensación educativa en centros de Educación Infantil,
de Educación Primaria y de Educación Secundaria, unidades de Educación Especial
en centros de Educación Infantil y Primaria, y centros específicos de Educación Especial
DESDE AQUÍ
PROCESO de admisión ACNEA o necesidades de compensación educativa
1. Los Servicios de apoyo a la escolarización recibirán de los centros educativos, a
medida que vayan siendo analizadas por los equipos directivos o los titulares de los centros,
la copia de las solicitudes correspondientes a alumnos que presentan o pudieran presentar necesidad específica de apoyo educativo asociadas a necesidades educativas especiales. En virtud de la información disponible valorarán la necesidad de proponer la escolarización de los
alumnos en un centro escolar concreto a cargo de la reserva de plazas destinadas a los mismos. En el caso de no estimar dicha necesidad, el Servicio de apoyo a la escolarización comunicará dicha circunstancia al centro receptor antes de la publicación de las listas definitivas, con el fin de que le sea aplicada la puntuación obtenida en el proceso de baremación
En relación con aquellas solicitudes de admisión, remitidas por los centros, que
correspondiesen a alumnos que pudieran presentar necesidades educativas especiales...
el Servicio de apoyo a la escolarización solicitará, con carácter de urgencia, su valoración por
parte del Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica del sector e informe del correspondiente Servicio de Inspección Educativa
En el caso de los alumnos extranjeros escolarizados por primera vez en la Comunidad de Madrid en el segundo y tercer ciclo de Educación Primaria o en Educación Secundaria Obligatoria que pudieran presentar graves carencias en el conocimiento de la lengua española...
el Servicio de apoyo a la escolarización ofrecerá a la familia la posibilidad de la escolarización temporal en una de las aulas de enlace existentes en centros educativos sostenidos con fondos públicos
Para los alumnos de altas capacidades...
La Consejería de Educación, Juventud y Deporte adoptará las medidas necesarias
para identificar y detectar de forma temprana a los alumnos con alta capacidad intelectual
y facilitar su atención en centros sostenidos con fondos públicos
La escolarización en centros específicos de Educación Especial o en centros ordinarios de los alumnos con necesidades educativas especiales requerirá ...
resolución de escolarización del Director del Área Territorial o, por delegación de este, del Presidente del Servicio de apoyo a la escolarización que corresponda, previo dictamen del Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica del sector e informe del correspondiente Servicio de Inspección Educativa.
Reserva de plazas
En TODOS los centros sostenidos con fondos públicos se establecerá una reserva de
plazas destinadas a facilitar la escolarización de alumnos con necesidad específica de apoyo educativo por presentar necesidades educativas especiales o por presentar necesidades
de compensación educativa.
La reserva de plazas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo o necesidades de compensación educativa se lleva a cabo ...
en el PRIMER NIVEL educativo sostenido con fondos públicos que imparta cada centro y está fijada en TRES PLAZAS escolares en cada unidad de
los cursos de acceso al segundo ciclo de la etapa de Educación Infantil y a la etapa de Educación Primaria

y en CUATRO PLAZAS en cada unidad correspondiente al primer curso de Educación
Secundaria Obligatoria

3 - 4
El proceso extraordinario de admisión de alumnos
(PEA)
es el que se desarrolla una vez concluido el proceso ordinario.
Las familias podrán participar en el proceso extraordinario de admisión cuando...
Cuando concurra alguno de los supuestos y situaciones para participar que aparecen recogidos en el artí**** 12, apartados 2 y 3,
del Decreto 29/2013, de 11 de abril, del Consejo de Gobierno, de libertad de elección de
centro escolar en la Comunidad de Madrid
PEA En relación con aquellas solicitudes de admisión correspondientes a alumnos que pudieran presentar necesidades educativas especiales,
el Servicio de apoyo a la escolarización
solicitará con carácter de urgencia su valoración por parte del Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica del sector
Las solicitudes para participar en el proceso extraordinario de admisión estarán disponibles y podrán recogerse y entregarse...
tanto en los centros educativos sostenidos con
fondos públicos, como en los Servicios de apoyo a la escolarización, que informarán a las familias acerca de las vacantes disponibles en la zona.
ver las preguntas frecuentes de las instrucciones en le proceso de admisión curso escolar 20/21
ver documento
SAE DAT MADRID CAPITAL
VER TABLA