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Función de la universidad.
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Servicio público de educación superior, mediante:
- estudio, - investigación, - docencia. |
¿Cómo cumple la universidad con sus objetivos? 4
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1. Con la creación, transmisión, desarrollo y crítica de la ciencia, la técnica y la cultura.
2. Preparando profesionales científicos y artísticos. 3. Difundiendo, valorizando y transmitiendo el conocimiento, por lo que mejora la economía la cultura y la calidad de vida. 4. Difundiendo el conocimiento y la cultura a través de la extensión universitaria y la formación continua. |
¿Qué implica la autonomía de la universidad?
"La universidad tiene personalidad jurídica propia" 11 |
1. Elaboración de estatutos y normas de régimen interno.
2. Elección de gobierno y representantes. 3. Soporte de investigación y docencia. 4. Elaboración y aprobación de planes de estudio. 5. Gestión del personal. 6. Admisión, permanencia y verificación del conocimiento de estudiantes. 7. Expedición de títulos. 8. Gestión económica: presupuestos y administración de bienes. 9. Establecimiento y modificación de puestos de trabajo. 10. Relación con otros para promoción y consecución de fines. 11. Otras. |
¿Qué posibilita la autonomía de las universidades? 3
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1. Cumplimiento de las responsabilidades de profesores, alumnos e investigadores.
2. Satisfacción de necesidades sociales. 3. Rendir cuentas de sus medios y recursos a la sociedad. |
¿Quién coordina las universidades?
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La CA en la que se encuentre.
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Naturaleza de la universidad.
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Pública o privada.
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¿Cómo se crea una universidad pública?
(Dos opciones, la segunda con seis pasos) |
A. Asamblea legislativa de la CA crea ley autonómica.
o B. CCGG, a propuesta del Gob, con acuerdo del Consejo de Gobierno de la CA. 1. Informe del Consejo General de Políticas Universitarias. 2. El Gob fija los requisitos y la garantía de calidad. 3. ¿Enseñanza? Oficial/no; presencial/no. 4. Organismo competente de la CA: funcionamiento. 5. Comienzo. 6. Funcionando siempre que los centros cumplan los requisitos y se den las enseñanzas. |
¿Cómo se reconoce una universidad privada?
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Es necesario el informe del CGPU.
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Régimen jurídico de las universidades públicas.
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- LOU.
- Ley de creación. - Estatutos. - 30/92. |
¿Quién aprueba los estatutos de una universidad pública?
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El Consejo de Gobierno de la CA. Si no hay resolución, por defecto el plazo es de tres meses.
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¿Qué pinta la 30/92 en la universidad?
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Porque las resoluciones superiores (Rector, Claustro o Consejos) agotan la vía administrativa, por lo que habría que dirigirse a lo contencioso-administrativo.
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¿Cuál es el régimen jurídico de la universidad privada?
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El mismo que el de la pública, además de sus propias normas.
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¿Cómo se estructura la universidad? (5)
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- Escuelas y facultades.
- Escuelas de doctorado. - Departamentos. - IUI. - Centros adscritos. |
¿Cuáles son las funciones de las facultades y escuelas? (3)
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1. Organizar sus enseñanzas y los procesos académicos, administrativos y de gestión.
2. Impartir enseñanzas. 3. Otras (en estatutos). *Informa al CGPU* |
¿Qué son las escuelas de doctorado?
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Unidades formadas por una o más universidades, y/o centros (públicos y privados) con I+D+I.
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¿Cuál es el objetivo de las escuelas de doctorado?
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La organización del doctorado.
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¿Cuál es la normativa aplicable para la creación de una escuela de doctorado?
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- La propia de la universidad.
- La de la CA. Se debe notificar al Ministerio. Se debe inscribir en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. |
¿Para qué sirven los departamentos? (3)
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1. Unidad de docencia e investigación.
2. Coordinan la enseñanza. 3. Apoyan la actividad del profesorado. |
Régimen jurídico de los departamentos.
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Estatutos recogen su creación, modificación y supresión.
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¿Para qué sirven los IUI? (3)
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- Imparten programas de doctorado y de posgrado.
- Investigación científica y creación artística. - Asesoría técnica. |
¿Quiénes pueden formar los IUI?
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- Una o más universidades.
- Posible, entidades públicas y privadas (por convenio). |
¿Qué son los IUI mixtos?
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IUI formados por una universidad y:
- otros organismos públicos, - el SNS, - entidades sin ánimo de lucro. *Se puede adscribir personal de la universidad* |
¿Cómo se adscribe un IUI?
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Necesita la aprobación de la CA:
- iniciativa propia, - iniciativa de la universidad. Acuerdo del ConGob y el ConSoc. - Info al CGPU. |
¿Cómo se adscribe un centro a la universidad?
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1. El ConSoc informa al ConGob.
2. Nn aprobación de la CA. 3. Tiene que estar en la misma CA o tener aprobación de la otra CA también. 4. Legislación: estatal, autonómica y la del convenio. 5. Informar al CGPU. |
¿Cuáles son los órganos de gobierno y representación de la universidad?
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Colegiados:
- ConSoc. - ConGob. - Claustro. - Junta de facultad o escuela. - ConDepto. Unipersonales: - Rector. - Vicerrector. - SecGen. - Gerente. - Decano. - DirDepto. - DirIUI. |
¿Qué es el ConSoc?
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Órgano de relación entre la universidad y la sociedad.
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Funciones del ConSoc (6).
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1. Supervisión económica y del servicio a la sdad.
2. Promoción de la participación económica de la sociedad en la universidad. 3. Plan anual: aprobación y relación con el entorno. 4. Información y asesoramiento a la CA y a la ANECA. 5. Aprobar presupuestos. 6. Aprobar la planificación del ConGob. |
¿Quiénes componen el ConSoc?
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Preside el rector.
SecGen. Gerente. Personas relevantes no universitarias. Profesor. Alumno. PAS. |
¿Quién elige al ConSoc?
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El ConGob (la CA nombra al presidente).
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¿Qué hace el ConGob?
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Gobierna la universidad, para ello:
1. Establece líneas estratégicas y pragmáticas. 2. Establece directrices y procedimientos para la aplicación de las líneas. 3. Organiza la enseñanza, investigación y los recursos humanos y económicos. 4. Presupuestos. 5. Otras: por ley y estatutos. |
¿Quiénes forman el ConGob?
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Preside el rector.
SecGen. Gerente. 50 máx, incluyendo: - Vicerrector. - Representantes de la comunidad universitaria (claustro). - Representantes de decanos y directores de escuelas. (Puede haber hasta tres personas del ConSoc no universitarias si lo permiten los estatutos). |
¿Qué hace el claustro universitario?
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Es el máximo órgano de la comunidad universitaria.
Elige al rector por iniciativa de 1/3, que debe ser aprobada por 2/3. Si lo consigue, se disuelve el claustro y se cesa al rector. Si no lo consigue, no pueden presentar otra iniciativa en un año. |
¿Quiénes componen el claustro?
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Preside el rector.
SecGen. Gerente. Máx. 300 de la comunidad universitaria. Mayoría, profesores doctores con vinculación permanente con la universidad. |
¿Cómo es la elección de los miembros del claustro?
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Por sufragio universal por y entre los miembros de los diferentes sectores elegibles.
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Junta de facultad o escuela.
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1. Órgano de gobierno de la facultad o escuela.
2. Preside el decano o director. 3. Mayoría, profesorado con vinculación permanente. 4. Elección de miembros en los estatutos. |
Consejo de departamento.
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- Órgano de gobierno del departamento.
- Preside el director del departamento. - Doctores miembros. - PDI no doctor. - Estudiantes. - PAS. |
Rector: definición.
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Máxima autoridad académica que ostenta la representación de la universidad.
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Funciones del rector (4).
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1. Dirección, gobierno y gestión.
2. Desarrolla las líneas de actuación de los órganos colegiados. 3. Ejecuta acuerdos. 4. Cualquier otra que no se otorgue expresamente a otros. |
Rector: elección por el claustro.
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1ª vuelta: +1/2 de votos.
Si menos, 2ª vuelta con los dos candidatos con más votos. Mayoría simple. |
Rector: elección por la comunidad universitaria.
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Igual que si lo elige el claustro, pero ponderado.
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Nombramiento del rector.
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Órgano competente de la CA.
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¿Cómo es la elección del rector?
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Directa, por sufragio universal, libre y secreto entre miembros del cuerpo de catedráticos.
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¿Qué recogen los estatutos sobre la elección del rector? (3)
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- Procedimiento.
- Duración del mandato. - Sustitución en caso de vacante, ausencia o enfermedad. |
Vicerrectores.
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Nombrados por el rector.
Profesores doctores que presten servicio. |
Gerente.
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- Gestión de los servicios administrativos y económicos.
- Propuesto por el rector, con el acuerdo del ConSoc, en función de competencia y experiencia. - No docente. |
Decano o director de escuela.
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- Dirige, gestiona y representa al centro.
- Elección en estatutos, entre los profesores con vinculación permanente con la universidad. |
DirDepto.
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- Dirige, gestiona y representa al departamento.
- Elegido por el ConDepto según estatutos, entre los profesores doctores con vinculación permanente. |
D(IUI)
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- Dirige, gestiona y representa al IUI.
- Elección, en estatutos. Si es un centro adscrito, en el convenio. - Doctor. |
Función docente de la universidad.
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- Enseñanza de conocimientos científicos, técnicos y artísticos.
- Para el ejercicio profesional y la transmisión cultural. |
Docencia.
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D&D (profesorado):
- Libertad de cátedra (con límites de la CE, leyes y la organización de la enseñanza). - La universidad evalúa: actividad, dedicación y formación --> eficiencia y desarrollo profesional. |
Títulos universitarios.
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Oficiales, con validez en todo el territorio nacional.
No oficiales. Es necesario inscribirlos en el Registro de Centros, títulos etc (los no oficiales solo a términos informativos). El Gobierno regula el procedimiento y las condiciones. |
¿Cómo se crea un título oficial?
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1. El Gob pone las condiciones, y los expide el rector en nombre del rey.
2. Autorización de la CA. 3. El Consejo Universitario lo verifica. 4. El Gob establece la oficialidad y ordena el registro. 5. El rector publica el plan de estudios en el BOE y el BO de la CA. |
Equivalencia.
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Entre títulos españoles superiores, universitarios o no.
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Homologación.
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De títulos extranjeros superiores.
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Validación académica.
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De la experiencia laboral o profesional.
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Convalidación.
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De estudios universitarios y otros superiores incluidos en la LOE.
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Estructura de los estudios universitarios.
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- Grado.
- Máster. - Doctorado. |
Finalidad del doctorado.
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Especialización de la investigación.
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¿Qué deben recoger los estatutos sobre el doctorado?
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- Organización.
- Realización. - En función de los criterios del gobierno, previo informe del Consejo de Universidades. |
¿Qué debe incluir el doctorado?
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- Formación.
- Elaboración, presentación y aprobación de un trabajo de investigación. |
¿Qué implica la función investigadora de la universidad?
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1. Formación de investigadores (de básica y aplicada).
2. Transferencia del conocimiento. 3. Garantizar la libertad de invº. 4. Estimular la investigación: - Fundamento: docencia. - Herramienta de desarrollo social. - Para mejorar conocimiento y pensamiento crítico. |
Investigación como D&D del profesorado.
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- La univ debe apoyar la invº del PDI permanente.
- Estructura: vale cualquiera, pero normalmente en grupos, departamentos o IUI. También personal. - Compatibilidad entre la docencia y la investigación. Se debe elegir trayectoria. - Movilidad: concesión, mejora de formación, regulada por el Gob, la CA y los estatutos. |
Objetivos de la investigación.
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1. Avance científico y del desarrollo tecnológico.
2. Empresas: innovación y competitividad. 3. Mejorar la calidad de vida de la ciudadanía. 4. Progreso socioeconómico. 5. Desarrollo sostenible. 6. Igualdad. |
¿Qué se asegura con el fomento de la investigación?
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1. Calidad y competitividad de la investigación española.
2. Desarrollo de investigaciones inter y multidisciplinares. 3. Incorporación de científicos y grupos. 4. Formación de científicos y grupos para centros de excelencia. Asegurar movilidad. 5. Incorporar técnicos de apoyo y PAS. 6. Coordinar investigación entre universidades, y crear centros y estructuras mixtos. 7. Vincular la investigación con el sistema productivo de la sociedad para la transferencia, innovación y la creación de empresas. 8. Crear sistemas de organización y gestión. |
¿Cuál es la función de la universidad en la transferencia del conocimiento?
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- Determinar y establecer los medios e instrumentos para el PDI.
- Evaluar y reconocer sus méritos para asegurar su eficiencia. |
¿Cómo se puede fomentar la cooperación con el sector productivo?
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- Con la movilidad del PDI.
- Desarrollando programas y proyectos de investigación. - Creando centros y estructuras mixtas para: redes de conocimiento y plataformas tecnológicas. |