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15 Cartas en este set
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LFT Articulo 1°
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La ley federal del trabajo es para toda la república conforme al articulo 123 apartado A de la constitución.
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LFT Articulo 3° Bis
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Hostigamiento
Acoso sexual |
LFT Articulo 5°
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No es legal
I Trabajos para niños menores de catorce años II Una jornada mayor permitida por esta Ley III Una jornada inhumana IV Horas extras de trabajo para menores 16 años V Un salario inferior al mínimo VI Un salario que no sea remunerador VII El pago no podrá ser mayor de una semana (Obreros y trabajadores del campo) VIII El pago no podra ser en una fonda cantina, taberna o tienda. IX Obrligacion directa o indirecta para obtener artí***** de consumo X No podrá el patrón retener el salario por multa XI Salario menor al de otro trabajador considerando edad sexo o nacionalidad XII Trabajo nocturno industrial - trabajo después de 10 pm para menores de 16 años XII Que el trabajador renuncie a sus derechos. |
LFT Articulo 8°
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Trabajador es: aquella que presta sus servicios a otra PF o PM
"Trabajo es: toda actividad humana, intelectual o material, independientemente del grado de preparación técnica." |
LFT Articulo 9°
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Trabajador de confianza depende de las funciones no de la designación que se dé al puesto desempeñadas.
Funciones de confianza: dirección, inspección, vigilancia y fiscalización, cuando tengan carácter general, y las que se relacionen con trabajos personales del patrón. |
LFT Articulo 10°
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Patrón es: PF o PM que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores.
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LFT Articulo 11°
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Representantes del patrón: directores, administradores, gerentes y demás personas que ejerzan funciones de dirección o administración en la empresa.
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LFT Articulo 12°
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Intermediario: interviene en la contratación de otra u otras para que presten servicios a un patrón.
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LFT Articulo 13°
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No son intermediarios, sino patrones, las empresas que contraten trabajos para ejecutarlos con elementos propios.
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LFT Articulo 14°
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Responsabilidades de intermediarios:
I Trabajadores similares tendrán los mismas condiciones y derechos. II No recibirán retribución o comisión con cargo a los salarios de trabajadores. |
LFT Articulo 16°
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Empresa: unidad económica de producción o distribución de bienes o servicios.
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LFT Articulo 20°
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Relación de trabajo: acto que le dé origen de prestación de un trabajo personal subordinado mediante un pago.
Contrato individual de trabajo: una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado. |
LFT Articulo 22°
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Prohibido el trabajo a: menores de catorce años y menores de dieciséis que no hayan terminado su educación obligatoria
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LFT Articulo 24°
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Contrato por escrito.
Condiciones de trabajo: deben hacerse constar por escrito cuando no existan contratos colectivos aplicables. 2 ejemplare por lo menos del contrato los cuales quedará uno en poder de cada parte. |
LFT Articulo 25°
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Requisitos de Contrato.
Contenido de condiciones de trabajo: I Nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil, CURP II Si la relación de trabajo es para obra o tiempo determinado, por temporada, etc. III El servicio que deban presta. IV Lugar donde trabaja V Duración de la jornada VI Forma y monto de salario VII Dia y lugar de pago VIII La indicación si el trabajador será capacitado o adiestrado IX Otras condiciones de trabajo, tales como días de descanso, vacaciones etc. |