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ley 6/1995, 28 marzo
es ley de Garantías de los derechos de la infancia y la adolescencia de la CAM
ley 6/1995 28 marzo consta de
8 títulos y 113 artí*****
el fomento de los derechos y del bienestar de la infancia y de la adolescencia se recoge en
Título II de ley 6/1995 28 marzo
El capítulo IV del Título II de la ley 6/1995 28 marzo habla sobre
Educación
Es objeto de la ley de garantías de los derechos de la infancia y de la adolescencia, 6/1995, 28 marzo
ASEGURAR las garantías necesarias para ejercicio de los derechos que a los menores reconocen la Constitución, la Convención sobre los derechos del niño y el ordenamiento jurídico en su conjunto
Determinar los derechos de los niños y niñas que se encuentren en el territorio de la CAM, complementarios de los ya reconocidos en la Constitución y demás normas del estado
es uno de los objetos de ley 6/1995, 28 marzo
es también objeto de la presente ley
REgular de forma integral la actuación de las instituciones públicas o privadas de la CAM, en orden de procurar la atención e integración social de los menores en todos los ámbitos de convivencia favoreciendo su desarrollo de forma integral y buscando interés superior del menor
EL ÁMBITO DE APLICACIÓN de ley de Garantías de los derechos de la infancia y de la adolescencia, tiene
a todos los menores en edad infantil ,desde nacimiento hasta 12 años,
y adolescentes desde 12 años hasta 18 o mayoría edad
ES UNO DE LOS PRINCIPIOS de actuación de ley 6/1995, 28 marzo
promover las condiciones necesarias para que la responsabilidad de los padres o tutores, en el efectivo ejercicio de los derechos de sus hijos o tutelados, pueda ser cumplida de forma adecuada
cuando los padres o tutores no puedan ejercer la responsabilidad necesaria para el ejercicio de los derechos de sus hijos o tutelados o lo hagan de forma contraria al interés del menor
serán las AAPP de la CM quienes lo hagan en los términos establecidos en el código civil y en la convención sobre los derechos del niño
Primar el interés superior de los menores sobre cualquier otro interés legítimo concurrente, en los términos establecidos en el código civil y en la Convención sobre los derechos del Niño, es el primero de los principios de actuación de la ley 6/1995 que promueven las AAPP y que se recoge
en Art. 3.a de la ley madrileña
el tercero de los principios de actuación de ley de Garantias de los derechos de la infancia y la adolescencia es
derecho a la no discriminación
en cuanto a prioridad presupuestaria
la Asamblea de Madrid tendrá entre sus prioridades presupuestarias las actividades dedicadas a la formación, promoción, protección y ocio de los menores y procurará que las corporaciones locales asuman tal prioridad
el art.3 en su punto g) dice
principio de actuación admtvo. es promover participación de la iniciativa social en relación con la atención y promoción de la infancia y la Adolescencia procurando su incorporación a los planes y programas de atención impulsando por AAPP
el art. 51.1 establece
la administración autonómica asumirá la tutela por ministerio de la ley de menores en situación de desamparo y la guarda temporal a petición de los padres o tutores, de conformidad con lo dispuesto en el Código Civil
quién ejerce la tutela de un menor en situación de desamparo?
la C Madrid a través de la Comisión de tutela del Menor
atendiendo al ámbito territorial de actuación, los consejos de atención a la infancia y la adolescencia, son
el Consejo de la Comunidad
los Consejos de Área
y los Consejos locales de Atención a la infancia y la adolescencia
adopta la medida de acogimientos familiares de especial necesidad
el Instituto Madrileño del menor y la familia (IMMF)
las actuaciones del Instituto Madrileño del menor y la familia son 5, a saber
* atención a menores con discapacidad
* adopción
* informacion *emergencias infantiles
*premios infancia y adolescencia
el ingreso de un menor en residencia infantil
se producirá siempre que el mantenimiento del menor en su propia familia sea contrario a su interés
la mejor alternativa a la familia biológica, en los supuestos de padres que no pueden atender adecuadamente a sus hijos es, según principios legales de actuación con menores,
el acogimiento familiar
el artí**** en que la ley 6/1995, 28 de marzo, señala la creación de La Institución del menor
es el art. 76
la convención de los derechos de la infancia es una norma jurídica a la que se han acogido 191 países desde su aprobación en
la Asamblea de la ONU
la Convencion sobre los derechos del niño considera niño todo individuo
menor de 18 años ,salvo que la legislación nacional acuerde antes la mayoría de edad
leyes de modificación de protección a la infancia
LO 8/2015,22 julio de modificación del sistema de protección a la infancia y adolescencia modifica LO de Protección Jurídica del meno.

LO 26/2015,28 julio de modificación del sistema de protección...