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6 Cartas en este set
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Art. 27 COT
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- El territorio jurisdiccional es una comuna o conjunto de comunas.
- En juzgados de competencia común en que existan dos o más jueces, cada uno actúa y resuelve de forma individual. |
Art. 27 ter COT
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En los juzgados de competencia común con dos jueces hay un presidente, que es el más antiguo y se cambia anualmente.
- Atribución que destaca: Aprobar cada año un procedimiento objetivo y general de distribución de causas entre los jueces del tribunal. |
Art. 252 COT
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Para ser juez de letras se requiere:
1. ser chileno 2. tener el título de abogado. 3. haber cumplido satisfactoriamente el programa de formación para postulantes del escalafón primario. |
Art. 45 COT
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Los jueces de letras tienen competencia para conocer los asuntos en:
- Única instancia: 1. Causas civiles y de comercio cuya cuantía no exceda de 10 UTM. - Primera instancia: 1. Causas civiles y de comercio cuya cuantía exceda de 10 UTM. 2. causas de minas. 3. Actos judiciales no contenciosos. 4. Causas de trabajo y familia. 5. Otras asignadas por ley. |
Art. 47 COT
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Funcionamiento extraordinario: la corte de apelaciones puede ordenar al juez de letras que se abarque a la tramitación de una o más materias determinadas (Cuando tenga secretario).
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Art. 47 A COT
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En el funcionamiento extraordinario El secretario asume las demás funciones que le corresponden al juez titular, en calidad de suplente.
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