- Barajar
ActivarDesactivar
- Alphabetizar
ActivarDesactivar
- Frente Primero
ActivarDesactivar
- Ambos lados
ActivarDesactivar
- Leer
ActivarDesactivar
Leyendo...
Cómo estudiar sus tarjetas
Teclas de Derecha/Izquierda: Navegar entre tarjetas.tecla derechatecla izquierda
Teclas Arriba/Abajo: Colvea la carta entre frente y dorso.tecla abajotecla arriba
Tecla H: Muestra pista (3er lado).tecla h
Tecla N: Lea el texto en voz.tecla n
Boton play
Boton play
8 Cartas en este set
- Frente
- Atrás
- 3er lado (pista)
Presunción de Inocencia
|
Art. 14 CPRG. Toda persona es inocente mientras no se le haya declarado responsable judicialmente, en sentencia debidamente ejecutoriada.
|
Corresponde al MP demostrar la culpabilidad del procesado.
|
In dubio pro reo
|
Un juez para condenar debe de tener la certeza de la autoría y responsabilidad del imputado. La duda favorece al reo.
|
|
Debido Proceso
|
Nadie podrá ser privado de su libertad, sin haber sido citado, oído y vencido en juicio previo y ante juez preestablecido.
|
|
Igualdad ante la Ley
|
Art. 4 CPRG. En Guatemala todos los seres humanos son libres e iguales en dignidad y derechos. Significa que no deben establecerse excepciones para la formación de causas.
|
|
Derecho de Defensa
|
Art. 12 CPRG. La defensa de la persona y sus derechos son inviolables. (Toda persona por el solo hecho de ser señalada de cometer un hecho tipificado como delito, tiene derecho a contar con un abogado colegiado para su defensa.
|
|
Juicio Previo
|
El juez no puede imponer una pena sin que se haya realizado un proceso que culmine con una declaración fundada de culpabilidad.
|
|
Principio de Legalidad
|
El Estado tiene el deber de iniciar la acción penal a través de los órganos predispuestos, de acuerdo con las normas penales sustantivas como contenido de la pretensión represiva, siempre que aparezca como un hecho delictivo.
|
|
Única Persecusión o NON BIS IDEM
|
Asegura el derecho del ciudadano que fué objeto de una persecución penal a no ser perseguido de nuevo por el mismo hecho. Ya sea simultáneamente (litis pendencia) o sucesivamente (cosa juzgada).
|