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Frente

Cómo estudiar sus tarjetas

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Presunción de Inocencia
Art. 14 CPRG. Toda persona es inocente mientras no se le haya declarado responsable judicialmente, en sentencia debidamente ejecutoriada.
Corresponde al MP demostrar la culpabilidad del procesado.
In dubio pro reo
Un juez para condenar debe de tener la certeza de la autoría y responsabilidad del imputado. La duda favorece al reo.
Debido Proceso
Nadie podrá ser privado de su libertad, sin haber sido citado, oído y vencido en juicio previo y ante juez preestablecido.
Igualdad ante la Ley
Art. 4 CPRG. En Guatemala todos los seres humanos son libres e iguales en dignidad y derechos. Significa que no deben establecerse excepciones para la formación de causas.
Derecho de Defensa
Art. 12 CPRG. La defensa de la persona y sus derechos son inviolables. (Toda persona por el solo hecho de ser señalada de cometer un hecho tipificado como delito, tiene derecho a contar con un abogado colegiado para su defensa.
Juicio Previo
El juez no puede imponer una pena sin que se haya realizado un proceso que culmine con una declaración fundada de culpabilidad.
Principio de Legalidad
El Estado tiene el deber de iniciar la acción penal a través de los órganos predispuestos, de acuerdo con las normas penales sustantivas como contenido de la pretensión represiva, siempre que aparezca como un hecho delictivo.
Única Persecusión o NON BIS IDEM
Asegura el derecho del ciudadano que fué objeto de una persecución penal a no ser perseguido de nuevo por el mismo hecho. Ya sea simultáneamente (litis pendencia) o sucesivamente (cosa juzgada).