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Los derechos se dividen en:
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Derechos Objetivos y Derechos Subjetivos
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Derechos objetivos
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Son las normas jurídicas
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Derechos subjetivos
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Son las prerrogativas que tiene y se le reconocen a las personas
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Clasificación de los derechos subjetivos
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Patrimoniales y extrapatrimoniales.
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¿En qué se basa la división de los derechos subjetivos en Patrimoniales y extrapatrimoniales?
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Se basa en que algunos derechos poseen de manera preponderante una valoración pecuniaria.
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Ejemplo de un derecho patrimonial que tiene valor pecuniario.
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El derecho de Propiedad.
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Dos ejemplos de derechos extrapatrimoniales que aunque uno no es pecuniario es susceptible de serlo.
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El derecho al voto y el derecho al honor
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Los derechos patrimoniales se dividen en:
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Derechos personales llamados obligaciones (persona a persona), Derechos reales (persona a cosa) y derechos intelectuales.
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Derechos personales (Obligaciones)
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Son esencialmente pecuniarios y consisten en el derecho que recae en una persona.
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Derechos reales
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Son los que caen directamente en cosas.
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Derechos intelectuales
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Poseen un objeto inmaterial y son susceptibles de una valoración pecuniaria cuando se concede la explotación de la obra intelectual. Están tutelados por la ley 6500 sobre derechos de autor.
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Relación entre Los derechos reales, personales e intelectuales.
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En ocasiones los derechos personales y los reales se enlazan o entrecruzan como sucede con los derechos intelectuales.
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Obligaciones
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Derecho acreedor de exigir al deudor que cumpla la o las prestaciones debidas.
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