- Barajar
ActivarDesactivar
- Alphabetizar
ActivarDesactivar
- Frente Primero
ActivarDesactivar
- Ambos lados
ActivarDesactivar
- Leer
ActivarDesactivar
Leyendo...
Cómo estudiar sus tarjetas
Teclas de Derecha/Izquierda: Navegar entre tarjetas.tecla derechatecla izquierda
Teclas Arriba/Abajo: Colvea la carta entre frente y dorso.tecla abajotecla arriba
Tecla H: Muestra pista (3er lado).tecla h
Tecla N: Lea el texto en voz.tecla n
Boton play
Boton play
25 Cartas en este set
- Frente
- Atrás
CUÁLES SON LOS CLASES DE CONTROLES QUE SE APLICAN A LA ACTIVIDAD DEL ESTADO PROCESAL (ES DIFERENTE QUE EL CONTROL DEL ESTADO COMO PARTE SUSTANTIVA)
|
a, Control Político
b, Control Jurídico y Administrativo |
CÓMO SE EFECTÚA EL CONTROL POLÍTICO
|
Por medio de la Interpelación y la Citación (Arts. 166 y 168 CPR Atribuciones del Congreso)
|
QUÉ ES LA INTERPELACIÓN
|
Figura Jurídico - Política por las cuales el Congreso controla los actos y las políticas administrativas de los Ministros de Estado (Teoría de Frenos y Contrapesos)
|
EN QUÉ ARTICULO DE LA CONSTITUCIÓN ESTÁ REGULADA LA INTERPELACIÓN
|
Art. 166 Interpelación a Ministros. Los Ministros de Estado, tienen obligación de presentarse al Congreso, a fin de contestar las interpelaciones que se les formulen por uno o más diputados. Se exceptúan aquellas que se refieren a asuntos diplomáticos u operaciones militares.
|
CUÁL ES EL PROCESO DE LA INTERPELACIÓN
(ARTS. 139 AL 145 DE LA LEY ORGÁNICA DEL ORGANISMO LEGISLATIVO) |
Puede ser solicitada por uno o más diputados, este derecho no puede limitarse por autoridad alguna así como calificar las preguntas o restringirlas. La solicitud se plantea en un punto de agenda de una sesión o un escrito dirigido a la Secretaría del Congreso, el Presidente del Congreso anuncia la hora y fecha que será a mas tardar 5 sesiones inmediata siguientes, La Secretaría del Congreso notificará al Ministro y las preguntas deben comunicarse con 48 horas de anticipación.
|
CUALES SON LAS OBLIGACIONES DEL MINISTRO CUANDO SE NOTIFICA LA INPRERPELACIÓN
|
Tienen obligación personal de presentarse al Congreso para responder las preguntas la cual no puede delegarse, los Ministros no pueden excusarse de asistir salvo que estuvieran fuera del país o enfermos, el congreso calificará la excusa para ser aceptada y la interpelación se hará inmediata al retorno al país o al recobrar su salud, en caso de inasistencia el Congreso podré solicitar en la misma sesión el voto de falta de confianza, si no se tramita este se promoverá el antejuicio por el delito de desobediencia
|
QUÉ PROCEDIMIENTO SE EFECTÚA DESPUÉS DE LA INTERPELACIÓN
|
Se efectuará el debate y los Diputados podrán solicitar el voto de falta de confianza por 4 o más diputados, se aprobará por lo menos con mayoría absoluta
|
CUÁLES SON LOS EFECTOS DEL VOTO DE FALTA DE CONFIANZA
|
El Ministro deberá presentar inmediatamente su dimisión al Presidente y debe hacerlo saber al Congreso
|
QUÉ PROCEDIMIENTO EFECTÚA PRESIDENTE AL RECIBIR LA DIMISIÓN DEL MINISTRO
|
El Presidente podrá aceptar la dimisión, pero si en Consejo de Ministros que el acto o actos censurados son de conveniencia para la política de Gobierno, el Ministro podrá recurrir al Congreso dentro de 8 días siguientes (Apelación), si no lo hiciere se tendrá por separado de su puesto
|
QUÉ PASA SI SE PRESENTA ANTE EL CONGRESO 8 DÍAS DESPUÉS DE EMITIDO DEL VOTO DE FALTA DE CONFIANZA
|
Se ampliara la interpelación y se votará para la ratificación del voto de falta de confianza, su aprobación requiere el voto de las dos terceras partes de los integrantes del Congreso, si se ratifica el Ministro se tendrá por separado de su cargo
|
PUEDEN SER INTERPELADOS LOS VICEMINISTROS
|
Solo si se encuentran como Ministros en funciones
|
QUE ES LA CITACIÓN
|
Todos los Ministros de Estado, funcionarios y empleados públicos están obligados a acudir al Congreso cuando este, sus comisiones y bloques legislativos lo consideren necesario, a efecto de aclarar situaciones relacionadas con negocios o competencia que ejercen estos
Art. 168 CPR, 4, 37 LOOL) |
QUÉ ES EL CONTROL ADMINISTRATIVO
|
Es el que se desarrolla dentro de la esfera de la Administración Pública, y pueden ser de dos clases
a, De oficio o control jerárquico b, A petición de parte c, Control técnico |
QUÉ ES EL CONTROL DE OFICIO O JERÁRQUICO
|
Se denomina también control indirecto y es el que ejerce el superior jerárquico sobre sus subordinados, para esto es necesario que primero exista jerarquía entre los órganos administrativos (misma competencia) y que el control se de previamente al acto de notificación al particular
|
QUÉ ES EL CONTROL TÉCNICO
|
Es un control administrativo no jerárquico, lo realiza órganos especializados de la administración pública sobre órganos administrativos con competencia, ejemplo la Contraloría de Cuentas sobre el manejo de fondos (hacia adentro), la Superintendencia de Bancos sobre las instituciones bancarias privadas (hacia afuera)
|
CÓMO ES EL CONTROL ADMINISTRATIVO A PETICIÓN DE PARTE
|
Es el que ejercen los administrados o particulares sobre los actos administrativos por medio de los recursos o medios de impugnación
|
QUÉ SON LOS RECURSOS ADMINISTRATIVOS O IMPUGNACIÓN
|
Es la facultad que otorga la ley a los particulares para oponerse a las resoluciones o actos administrativos, su naturaleza es la Decisión Administrativa
|
CUÁLES SON LAS REGLAS PARA LA APLICACIÓN DE LOS RECURSOS ADMINISTRATIVOS
|
a, Ámbito general;
b, Excepción; c, Otros casos |
CUÁL ES EL ÁMBITO GENERAL DE LOS RECURSOS ADMINISTRATIVOS
|
Se aplica la Ley de lo Contencioso Administrativo Decreto 119'96, se aplica en toda la Administración Pública centralizada y autónoma, los recursos son el de Revocatoria y el de Reposición
|
CUÁLES SON LAS EXCEPCIONES A LA APLICACIÓN DE LA LEY DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
|
En materia laboral el Código de Trabajo y en materia tributaria el Código Tributario
|
CUÁLES SON LOS OTROS CASOS EN QUE NO SE APLICA LA LEY DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
|
En los casos en que las impugnaciones las debe conocer un tribunal de Trabajo y Previsión Social, ejemplo el IGSS
|
QUÉ ES EL CONTROL JUDICIAL
|
Es el realizado por los órganos jurisdiccionales por medio del PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO y por la ACCIÓN DE AMPARO
|
QUÉ ES EL PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
|
Es un control que tienen los particulares o administrados para oponerse a las decisiones, resoluciones y actos del órgano administrativo después de agotada la vía administrativa, para someter a examen de juridicidad el acto administrativo
|
QUÉ SALAS CONOCEN DEL PROCESO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
|
Salas 1o., 5ta. y 6ta. materia administrativa
Salas 2da., 3era. y 4ta. en materia tributaria |
QUE ES EL AMPARO
|
Es un recurso que tutela los derechos constitucionales de los ciudadanos
|