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Impuesto Operaciones Societarias
(ITP y AJD) |
Uno de los 3 hechos imponibles que se gravan a través del ITP y AJD. Grava la constitución, aumento o disminución de capital, fusión, escisión y disolución de sociedades, las aportaciones que efectúen los socios para reponer pérdidas sociales y el traslado a España de la sede de dirección efectiva o del domicilio social de una sociedad.
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Imp. Transmisiones Patrimoniales Onerosas
1.Trans.Patrimoniales por naturaleza (ITP y AJD) |
Actos y negocios jurídicos con contraprestación (onerosos). en:
1. Transm. onerosas de bienes y derechos que formen parte del patrimonio de las personas físicas o jurídicas. 2.La constit. de dchos reales de uso y disfrute. 3.La constitución de derechos personales. 4.La constitución de concesiones advas |
Impuesto sobre Actos Juridicos Documentados
(ITP y AJD) |
Somete a gravamen actos jurídicos, pero documentados en tres tipos de documentos distintos:
Los documentos notariales. Los documentos mercantiles. Los documentos administrativos. |
Imp. Transmisiones Patrimoniales Onerosas
2.Trans.Patrimoniales por equiparacion (ITP y AJD) |
1.Las adjudicaciones en pago: consiste en la entrega de una cosa distinta de la que se debía para saldar una deuda, conforme el acreedor.
2. Los excesos de adjudicación declarados,suelen producirse en caso de disoluc. de patr. comunes. 3.Exped. de dominio, actas de notoriedad y actas complementarias de docs. públicos. 4. Reconocimiento de dominio |
Def. Precio publico
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Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos. “Tendrán la consideración de precios públicos las contraprestaciones pecuniarias que se satisfagan por la prestación de servicios o la realización de actividades efectuadas en régimen de Dcho público cuando, prestándose también por el sector privado, sean de solicitud voluntaria por parte de los administrados".
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Que es el Derecho Positivo
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Es el derecho que está escrito. No solo la ley sino toda norma escrita (decretos, reglamentos, acuerdos,...) Es impuesto colectivam. a favor de normar la convivencia de las personas, sancionado por las instituciones del Estado conforme a lo establecido en un código común q a su vez puede cambiarse por consenso.
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Diferencias entre heredero y legatario
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Heredero es el que sucede a título universal (subrogación de todos los bienes con sus derechos y obligaciones)
Legatario sucede a título particular, solo en bienes o derechos determinados por el testador |
Ab intestato
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Se refiere al proceso judicial sobre la herencia y la adjudicación de los bienes del que muere sin testar o con testamento nulo pasando la herencia por ley a los parientes más próximos.
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Entidad Publica Empresarial (EPE)
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Es un tipo de organismo público perteneciente a la AGE que tiene personalidad jurídica pública diferenciada, patrimonio propio y autonomía de gestión. Hay EPEs de autonomías y locales.
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Consorcio
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Es una asociación económica en la que una serie de empresas buscan desarrollar una actividad conjunta mediante la creación de una nueva sociedad. En dcho advo. es una organización de dcho público entre 1 o + entidades públicas y 1 o + entidades dcho. privado.
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Fundación Sector Público
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Son organizaciones constituidas sin ánimo de lucro que por voluntad de sus creadores tienen afectado su patrimonio a la realización de fines de interés general y en las que la aportación constitutiva procede de entidades públicas.
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Hipoteca Legal Tácita
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Hipoteca que no precisa inscripción en el Registro de la Propiedad. Se constituye por mandato legal.
Tipo a: a favor del Estado, provincia, pueblo por el importe de la última anualidad del tributo y siguiente Tipo b: a favor de la comunidad de propietarios por la anualidad en curso y el año natural anterior. |
Metadato
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Cualquier tipo de información en forma @ asociada a los documentos @ de carácter instrumental e independiente de su contenido destinada al conocimiento inmediato y automatizable de alguna de sus características con la finalidad de garantizar la disponibilidad, el acceso, la conservacion, la interoperabilidad, contexto organismo, la función y el procedimiento advo. al que corresponde.
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