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Art 93.
Mediante Ley orgánica se podrá autorizar la celebración de tratados por los que... |
se atribuya a una organización o institución internacional el ejercicio de las competencias derivadas de la constitución. Corresponde a las CORTES GENERALES o al Gobierno , según los casos, la garantía del cumplimiento de estos tratados y de las resoluciones emanadas de los organismos internacionales o supranacionales titulares de la cesión
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Art 94
La prestación del consentimiento del Estado para obligarse por medio de tratados o convenios requerirá la previa autorización de las CORTES GENERALES, en los siguientes casos. |
1 - Tratados de carácter político
2 - Tratados o convenios de carácter militar 3 - Tratados o convenios que afecten a la Integridad territorial del Estado o a los derechos y deberes fundamentales del Tit. I 4 - Tratados o convenios que impliquen obligaciones financieras para la Hacienda Publica 5 - Tratados o convenios que supongan modificación o derogación de alguna ley o exijan medidas legislativas para su ejecución El Congreso y el Senado serán inmediatamente informados de la conclusión de los restantes tratados. |
Art 95.1
La celebración de un tratado internacional que contenga estipulaciones contrarias a la Constitución exigirá la |
revisión constitucional
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Art 95.2
El Gobierno o cualquiera de las cámaras puede requerir al |
TC para que declare si existe o no esa contradicción
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Art 96.1
Los tratados internacionales válidamente celebrados , una vez publicados oficialmente en España, formarán parte del |
ordenamiento interno. Sus disposiciones solo podrán ser derogadas, modificadas o suspendidas en la forma prevista en los propios tratados o de acuerdo con las normas generales del Derecho internacional
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Art 96.2
Para la denuncia de los tratados y convenios internacionales se utilizará |
el mismo procedimiento previsto para su aprobación en el artí**** 94
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