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Composición
12 miembros (magistrados) nombrados entre magistrados y fiscales, profesores de universidad, funcionarios publicos y abogados, todos ellos juristas de reconocida competencia con mas de 15 años de ejercicio profesional.
Nombramiento del Presidente del TC
Por el Rey a propuesta del TC en pleno por un periodo de 3 años.
Incompatibilidades para ser miembro del TC
En general, sólo es posible para los Magistrados del Tribunal Constitucional la docencia o investigación jurídica, así como la producción y creación literaria, artística, científica y técnica y las publicaciones derivadas de aquélla.

1 - Todo mandato representativo
2 - Cargos políticos o administrativos
3 - Desempeño de funciones directivas en partidos políticos o sindicatos o con empleo al servicio de los mismos
4 - Con el ejercicio de la carrera judicial o fiscal
5 - Con cualquier actividad profesional o mercantil
Quien puede interponer recurso de inconstitucionalidad
1 - PRESIDENTE Gobierno
2 - Defensor del pueblo
3 - 50 senadores
4 - 50 diputados
5 - Gobiernos autonómicos y Asambleas legislativas de las CCAA cuando las Leyes, disposiciones normativas o actos con fuerza de ley del Estado puedan afectar a su ámbito de autonomía
6 -
Contra que normas se puede interponer recurso de inconstitucionalidad
Disposiciones con FUERZA DE LEY

1 - Leyes Orgánicas,
2 - Leyes, disposiciones normativas y actos del ESTADO y las CCAA con FUERZA DE LEY
3 - Reglamentos de las CORTES GENERALES, CONGRESO, SENADO Y ASAMBLEAS LEGISLATIVAS
4 - Tratados internacionales
5 - Con carácter previo, Proyectos de estatutos de autonomía y sus propuestas de reforma
Quien puede interponer recurso de amparo
1 - Las personas NATURALES o JURIDICAS directamente afectadas
2 - El defensor del pueblo
3 - El ministerio Fiscal
El TC es competente para conocer...
1 - Recurso de inconstitucionalidad
2 - Cuestión de inconstitucionalidad
4- Recurso previo de inconstitucionalidad
5 - Recurso y cuestiones contra las normas forales fiscales vascas
5 - Recurso de amparo
6 - Conflictos constitucionales de competencia entre el Estado y las CCAA o entre ellas mismas.
7 - Conflicto entre órganos constitucionales del Estado
8 - Conflictos en defensa de la autonomía local
9 - Conflictos en defensa de la autonomía foral
10 - Declaración previa sobre la constitucionalidad de Tratados Internacionales
11 - Impugnaciones del Gobierno contra (art 161.2 CE) contra disposiciones y resoluciones (sin fuerza de ley) de los órganos de las CCAA. La impugnación produce la suspensión y el TC resuelve en 5 meses
12 - Verificación de los nombramientos de los magistrados del TC
En cuanto tiempo debe ratificar o levantar el TC las Impugnaciones del Gobierno contra disposiciones y resoluciones de los órganos de las CCAA.
En 5 meses, La impugnación produce la suspensión de la disposición o norma.
Podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones normativas SIN FUERZA DE LEY adoptadas por CUALQUIER ORGANO de las Comunidades Autónomas...
El GOBIERNO, dentro de los dos meses siguientes a su fecha de publicación o, en defecto de ella, desde que llegaren a su conocimiento.

La impugnación determinará su suspensión. El TC deberá ratificarla o levantarla en un plazo máximo de 5 meses
Titulo y artí***** del TC
Titulo IX
Art 159 - 165
Cuanto tiempo dura el mandato de los miembros del TC
Presidente 3 años y una renovacion por otros 3
Vicepresidente 3 años
Resto 9 años renovables cada 3
Art 164

¿Donde se publican las sentencias del TC ?
Las sentencias del Tribunal Constitucional se publicarán en el boletín oficial del Estado con los votos particulares, si los hubiere. Tienen el valor de cosa juzgada a partir del día siguiente de su publicación y no cabe recurso alguno contra ellas. Las que declaren la inconstitucionalidad de una ley o de una norma con fuerza de ley y todas las que no se limiten a la estimación subjetiva de un derecho, tienen plenos efectos frente a todos.

Salvo que en el fallo se disponga otra cosa, subsistirá la vigencia de la ley en la parte no afectada por la inconstitucionalidad.
Que Ley regula el funcionamiento del TC
Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional.
Recurso previo de inconstitucionalidad
Lo interponen los mismos que interponen RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

Al texto definitivo de los Proyectos o de las Propuestas de reforma de los ESTATUTOS DE AUTONOMÍA, una vez aprobado por las cortes generales.

Causa su SUSPENSION

PRESENTACION en 3 DIAS desde publicación en BOCG

RESOLUCIÓN en 6 MESES.
Cuestión de inconstitucionalidad
Promovida por Jueces y Tribunales cuando consideren que una norma con rango de ley aplicable al proceso del que conocen y de cuya validez dependa la decisión que hayan de adoptar en el mismo pueda ser contraria a la Constitución.

Causa suspension