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LEY 1/95 ET
Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores
RD 84/96
IGUAL
Orden PJC/51/2024
29 ENERO. por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2024
categoría profesionaL
DEJA DE EXISTIR POR REFORMA 2012. PASAN A SER GRUPOS PROFESIONALES
GRUPO PROFESIONAL
abarca el desempeño de la labor profesional que realiza el trabajador. Se trata del método que se utiliza en la actualidad para realizar la clasificación laboral o profesional. Para ello, se tienen en cuenta diversas variables como son: titulación, contenido del puesto de trabajo que va a realizar la persona trabajadora, especialidades, responsabilidades y otras funciones.
TIPOS DE GRUPOS PROFESIONALES
11. SON:
Los grupos profesionales son 11:

Grupo 1: Ingenieros, licenciados y personal de alta dirección.
Grupo 2: Ingenieros técnicos, Peritos y Ayudantes titulados.
Grupo 3: Jefes Administrativos y de Taller.
Grupo 4: Ayudantes sin titulación.
Grupo 5: Oficiales administrativos.
Grupo 6: Subalternos.
Grupo 7: Auxiliares administrativos.
Grupo 8: Oficiales de primera y segunda.
Grupo 9: Oficiales de tercera y especialistas.
Grupo 10: Peones.
Grupo 11: Trabajadores menores de 18 años.
GRUPO PROFESIONAL
GRUPO DE COTIZACION
PJC
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
CONTRATO DE INTERINIDAD
NO EXISTE. SOLO ART.15.1 ET 2/2015 establece:
por los contratos de duración determinada por circunstancias de la producción o por sustitución de persona trabajadora,