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Clasificación de las empresas
Según el sector económico pueden ser del sector primario, del secundario o del terciario (comerciales y otros servicios). Según su ámbito de actuación pueden ser locales, regionales, nacionales y multinacionales. Según su tamaño o dimensión pueden ser grandes (+250), medianas (+50), pequeñas (+10) y microempresas (-10). Según la titularidad de su capital pueden ser privadas, públicas y mixtas.
Empresas según su forma jurídica
Pueden pertenecer a un empresario individual o a una sociedad, una sociedad personalista, capitalista o de economía social y puede ser una sociedad abierta o cerrada
El empresario individual
Pueden ser mayores o menores de edad, no existe un capital mínimo legal, no existe separación entre los bienes de la empresa y los bienes personales del empresario por lo que responde con todo su patrimonio presente y futuro, la gestión de la empresa y su representación corresponderá su titular, la denominación de la empresa es el nombre del titular, tributa a través del impuesto de las personas físicas y no es obligatorio la inscripción en el registro mercantil. Sus principales ventajas es que tiene plena autonomía de cómo dirigir la empresa, no se requiere una inversión inicial mínima ni una burocracia para constituirla. Su principal inconveniente es que el empresario asume todo el riesgo ya que responde con todos sus bienes frente a las deudas de la empresa.
Las sociedades personalistas
Son empresas en las que lo importante es la reputación y prestigio de los socios. La sociedad colectiva tiene carácter personalista cuyos socios aportan capital y trabajo y responden de forma personal a las deudas sociales, El mínimo de socios es dos y no existe un mínimo de capital social, la condición de socio es intransferible sin el consentimiento de los demás, los socios, participan en el beneficio en función del capital aportado, la gestión corresponde a todos los socios y se decide en común acuerdo. La sociedad comanditaria simple es en la que coexisten los socios colectivos y los comanditarios, que aportan solo capital y no intervienen en la gestión de la sociedad.
Las sociedades de responsabilidad limitada
Puede estar constituida por uno o más socios, el capital mínimo es de 3000 €, la responsabilidad de los socios está limitada a la aportación realizada, sus órganos de gobierno son la junta general (todos los socios) y los administradores (se encargan de la administración de la empresa y de la ejecución de las decisiones de la junta general, también ejercen la representación legal de la sociedad). Su gran ventaja es que los socios no responden con su patrimonio ante las posibles deudas y su principal desventaja está en las restricciones que tienen los socios para transmitir sus participaciones a personas extrañas a la sociedad y para ampliar su capital
La sociedad anónima
Son sociedades capitalistas que se constituyen con aportaciones en dinero, bienes o derechos de los socios, por ello a cada socio le corresponde un número de acciones según su aportación. El capital mínimo de 60.000 € Y al menos estar desembolsado un 25% en el momento de su constitución, se puede constituir con uno o más socios los cuales solo pueden perder el dinero invertido.
Las acciones
Las acciones son títulos que representan una parte del capital social de la empresa y pueden ser nominativas o al portador. Pueden ser títulos o anotaciones en cuenta, confieren los derechos a los socios de participar en el reparto de los beneficios, tener preferencia para adquirir nuevas acciones, votar en la junta general en función del número acciones que tenga y estar informado de las actuaciones de los administradores de la empresa.
Ventajas e inconvenientes de la sociedades anónimas
Las principales ventajas son que se pueden verter las acciones fácilmente, es la única sociedad que puede acceder al mercado financiero con la emisión de bonos y obligaciones o cotizar en bolsa Y favorece la separación entre la propiedad y la gestión por lo que facilita contratar directivos profesionales. El principal inconveniente son los conflictos por los objetivos de los accionistas y los directivos ya que se separa la propiedad y la dirección de la empresa
Las sociedades cooperativas
Son sociedades constituidas por personas que tienen intereses o necesidades comunes y se asocian para realizar una actividad empresarial. Se basan en la solidaridad de los socios independientemente de lo que haya aportado cada uno, estos aportan capital y trabajo y su responsabilidad está limitada al capital aportado y, el capital mínimo está fijado en los estatutos y estará dividido en aportaciones de los socios. No tienen ánimo de lucro o y los beneficios suelen reinvertirse. Una parte de los beneficios debe destinarse a la creación de un fondo de reserva para el desarrollo de la cooperativa y otra a un fondo para la formación de socios
Tipos de sociedades cooperativas
Según el grado de asociación pueden ser de primer grado en las que los socios sean personas físicas o jurídicas y el número mínimo de socios varía entre tres y cinco, de segundo grado: están formadas por dos o más cooperativas de primer grado. Según el interés que une a los socios pueden ser de trabajo asociado en las que sus socios son los propios trabajadores, de venta en las que su socio! Lizar sus productos y de consumo en las que los socios pretenden obtener unos productos o servicios en mejores condiciones
Tipos de sociedades cooperativas
Según el grado de asociación pueden ser de primer grado en las que los socios sean personas físicas o jurídicas y el número mínimo de socios varía entre tres y cinco, de segundo grado: están formadas por dos o más cooperativas de primer grado. Según el interés que une a los socios pueden ser de trabajo asociado en las que sus socios son los propios trabajadores, de venta en las que su socio! Lizar sus productos y de consumo en las que los socios pretenden obtener unos productos o servicios en mejores condiciones
Órganos de gobierno y ventajas inconvenientes de las cooperativas
Los Órganos de gobierno son la samblea general donde se reúnen todos los socios, el Consejo rector que gestiona y representa la sociedad, los interventores que vigilan y controlan las cuentas de la cooperativa. La principal ventaja de las cooperativas es que la unión surge para realizar una actividad beneficiosa para los socios y el objetivo prioritario es la defensa del empleo, por lo que es lo último que se pierde. Entre sus inconvenientes destaca que los socios pueden no estar dispuestos a realizar inversiones a largo plazo que superen el tiempo que ellos prevén permanecer en la empresa.
Tipos de sociedades cooperativas
Según el grado de asociación pueden ser de primer grado en las que los socios sean personas físicas o jurídicas y el número mínimo de socios varía entre tres y cinco, de segundo grado: están formadas por dos o más cooperativas de primer grado. Según el interés que une a los socios pueden ser de trabajo asociado en las que sus socios son los propios trabajadores, de venta en las que su socio! Lizar sus productos y de consumo en las que los socios pretenden obtener unos productos o servicios en mejores condiciones
Órganos de gobierno y ventajas inconvenientes de las cooperativas
Los Órganos de gobierno son la samblea general donde se reúnen todos los socios, el Consejo rector que gestiona y representa la sociedad, los interventores que vigilan y controlan las cuentas de la cooperativa. La principal ventaja de las cooperativas es que la unión surge para realizar una actividad beneficiosa para los socios y el objetivo prioritario es la defensa del empleo, por lo que es lo último que se pierde. Entre sus inconvenientes destaca que los socios pueden no estar dispuestos a realizar inversiones a largo plazo que superen el tiempo que ellos prevén permanecer en la empresa.
Las sociedades laborales
Son sociedades anónimas o de responsabilidad limitada en las que la mayoría del capital social es propiedad de los trabajadores, surgen como respuesta a situaciones de crisis o de quiebras de sociedades en las que los trabajadores hacen cargo de la empresa para salvar su empleo. Existen dos tipos de acciones y participaciones que son de clase laboral para los socios trabajadores y de clase general para los no trabajadoras, ningún socio puede poseer una participación superior a 1/3 del capital, el número de horas anuales trabajadas por los empleados que no sean socios no podrá exceder el 15% del total de las horas anuales trabajadas por los trabajadores, es obligatoria la constitución de un fondo especial de reserva con el 10% del beneficio anual y estas sociedades gozan de beneficios fiscales como créditos subvencionados.